GOBIERNO DE PUERTO RICO
20 ma. Asamblea 2 da. Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 560
INFORME POSITIVO
16 de septiembre de 2025
AL SENADO DE PUERTO RICO:
La Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración del P. del S. 560, recomienda a este Alto Cuerpo su aprobación, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto del Senado 560 propone “añadir un nuevo inciso (ss) al Artículo 7 del Plan de Reorganización 2-2011, según enmendado, conocido como Plan de Reorganización del Departamento de Corrección y Rehabilitación de Puerto Rico, a los fines de ordenar la creación e implementación de un Sistema Digital de Control de Población que centralice la información sobre la población correccional, facilite la administración eficiente del sistema correccional y garantice la integración de tecnologías digitales para la gestión segura y efectiva de los datos de los confinados; y para otros fines relacionados.”
INTRODUCCIÓN
Surge de la Exposición de Motivos de la medida que, “[e]l Departamento de Corrección y Rehabilitación de Puerto Rico (DCR) enfrenta desafíos significativos en la administración de su población correccional, los cuales se ven agravados por la falta de un sistema digital integrado que permita gestionar de manera eficiente la información de los confinados. Actualmente, la administración de la población correccional depende de múltiples sistemas no integrados, procesos manuales y registros dispersos, lo que dificulta el acceso a información precisa y en tiempo real. Esta situación no solo afecta la capacidad de respuesta ante incidentes y emergencias, sino que también limita la planificación efectiva de programas de rehabilitación y reinserción social.
La falta de una plataforma digital unificada impide el manejo eficiente de datos esenciales como la clasificación de custodia, traslados entre instituciones, historial delictivo, participación en programas de rehabilitación y reincidencia. Esta fragmentación de la información puede resultar en errores administrativos que ponen en riesgo la seguridad de las instituciones correccionales y la efectividad del proceso de rehabilitación. Además, la carencia de un sistema centralizado dificulta la recopilación de estadísticas confiables, lo que impide la toma de decisiones basada en datos reales y actualizados.
A nivel internacional, diversas jurisdicciones han implementado sistemas digitales para mejorar la gestión de sus sistemas correccionales. Por ejemplo, en los Estados Unidos, varios estados han adoptado plataformas digitales que permiten monitorear la ubicación y el estado de cada confinado en tiempo real, facilitando la administración de sus procesos judiciales y correccionales. En Europa, países como España han desarrollado sistemas de gestión penitenciaria que integran información de reclusos, automatizan procesos administrativos y permiten una mejor supervisión de los programas de rehabilitación. Estos sistemas han demostrado ser herramientas clave para reducir la reincidencia, mejorar la seguridad y optimizar el uso de los recursos del Estado.
La implementación de un Sistema Digital de Control de Población en el DCR permitirá consolidar toda la información sobre los confinados en una plataforma única, accesible en tiempo real y bajo estrictas medidas de seguridad. Este sistema no solo mejorará la eficiencia en la administración correccional, sino que también garantizará la confidencialidad de los datos, cumpliendo con las normativas estatales y federales de protección de información personal. La digitalización de la gestión correccional permitirá automatizar procesos administrativos, reducir la carga burocrática, minimizar errores humanos y mejorar la coordinación entre las distintas instituciones del sistema penal.
Además, el acceso a datos en tiempo real permitirá al DCR evaluar de manera más efectiva la evolución de los programas de rehabilitación, el impacto de las estrategias de reinserción y las tendencias en la población correccional. La recopilación de estadísticas precisas será fundamental para la formulación de políticas públicas informadas, que permitan atender de manera proactiva los desafíos del sistema correccional y reducir las tasas de reincidencia.
Para garantizar la correcta implementación de este sistema digital, el DCR deberá coordinar con el Puerto Rico Innovation and Technology Services (PRITS), la agencia encargada de la transformación digital en el Gobierno de Puerto Rico. PRITS brindará apoyo técnico en el desarrollo de la plataforma, asegurando que cumpla con los estándares de interoperabilidad, ciberseguridad y eficiencia tecnológica. Asimismo, PRITS facilitará la integración del Sistema Digital de Control de Población con otras plataformas gubernamentales, garantizando la compatibilidad y el acceso seguro a la información por parte de las agencias pertinentes.
Con esta medida, Puerto Rico se alinea con las mejores prácticas internacionales en gestión penitenciaria, promoviendo una administración más moderna, segura y eficiente del sistema correccional. La implementación de un Sistema Digital de Control de Población no solo beneficiará la labor del DCR, sino que también fortalecerá la seguridad pública, optimizará los recursos del Estado y garantizará un enfoque más efectivo en la rehabilitación y reinserción de la población correccional.”
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano, atendiendo su responsabilidad y deber ministerial en el estudio y evaluación del P. del S. 560, solicitó comentarios al Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR), a la “Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS)”, y la evaluación del costo fiscal de la medida a la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL). Todas enviaron la información solicitada.
A continuación, presentaremos de forma sintetizada las expresiones de las agencias que presentaron sus comentarios, señalando particularmente las recomendaciones de estas.
Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR)
El Departamento de Corrección y Rehabilitación, mediante escrito suscrito por su Secretario, el Hon. Francisco Antonio Quiñones Rivera, expresó su apoyo a la medida legislativa al catalogarla como una pieza de vanguardia que atiende la necesidad de consolidar la información relacionada con las Personas Privadas de Libertad en un sistema digital unificado. La agencia resaltó que el otorgar una nueva facultad al Secretario para viabilizar este tipo de proyectos permitirá dar continuidad a esfuerzos ya iniciados, particularmente en torno a la implantación de un expediente digital.
En ese sentido, informó que desde el año 2024 se trabaja en un proyecto de expediente electrónico bajo un contrato de servicios profesionales de tecnología, identificado con el número 2024-000-077, con vigencia hasta junio de 2030 y una cuantía de $2,070,000.00. Dicho proyecto se encuentra en fase de desarrollo y se trabaja de manera escalonada, con el fin de agilizar los procesos de búsqueda de información en tiempo real, lo que redundará en beneficios tanto para la población correccional como para los empleados de la agencia.
El DCR subrayó la importancia de la colaboración con el Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS), ya que el peritaje de dicha entidad resulta esencial para garantizar el cumplimiento con los estándares de ciberseguridad, así como la protección de la información confidencial de la agencia. Destacaron que PRITS debe brindar apoyo continuo en materia de asesoría técnica, supervisión y aprobación de proyectos tecnológicos.
De igual modo, recomendaron que el sistema digital único pueda integrarse con las bases de datos de otras agencias gubernamentales, como Salud, Vivienda y Familia, con el propósito de cancelar beneficios gubernamentales a toda persona ingresada al sistema correccional. También señalaron que la integración interagencial permitirá una evaluación más certera al considerar privilegios o beneficios para la población correccional.
Finalmente, el DCR manifestó su aval a la aprobación del P. del S. 560, por entender que es cónsono con la política pública gubernamental de modernizar los servicios del Estado y garantizar mayor eficiencia administrativa.
Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS)
El Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS) acogió favorablemente la intención legislativa del P. del S. 560, resaltando que la iniciativa fortalece el uso estratégico de las tecnologías de información y comunicación (TIC) en la gestión gubernamental, particularmente en un área tan sensible como lo es el manejo de la población correccional. Según expusieron, la implementación de una plataforma tecnológica centralizada redundará en mayor eficiencia y transparencia administrativa, al tiempo que contribuirá a reforzar las políticas de rehabilitación y reinserción social.
PRITS recordó que su autoridad para revisar, aprobar y fiscalizar proyectos tecnológicos está claramente establecida en el Artículo 6, inciso (ff) de la Ley 75-2019, según enmendada, conocida como “Ley del Puerto Rico Innovation and Technology Service”. Este marco legal le confiere la responsabilidad de garantizar que toda iniciativa tecnológica gubernamental cumpla con criterios normativos uniformes, que responda a una visión estratégica unificada y que esté alineada con estándares de interoperabilidad, seguridad cibernética y eficiencia funcional.
Asimismo, señalaron que la aprobación de la Ley 40-2024, conocida como “Ley de Ciberseguridad del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, refuerza su rol como autoridad principal en materia de seguridad cibernética gubernamental. En este contexto, advirtieron que cualquier sistema que se implemente deberá cumplir con una arquitectura de seguridad tipo zero trust, de forma que se proteja la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información correccional.
No obstante, PRITS puntualizó que los aspectos de seguridad operacional de la población correccional son de la pericia del DCR y que, por tanto, el diseño y éxito del sistema dependerán de la estrecha colaboración entre ambas entidades. Además, recomendaron que se consulte a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) para garantizar la asignación adecuada de los recursos financieros, técnicos y humanos que requiere un proyecto de esta envergadura.
Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL)
La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL) presentó su análisis de costo fiscal en cumplimiento con la solicitud de la Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano. En su informe, la OPAL estimó que el costo mínimo de crear e implementar un Sistema de Control de Población Correccional centralizado ascendería a $2.3 millones. No obstante, advirtió que resulta imposible precisar el costo total de implantación y mantenimiento, debido a la falta de información técnica detallada sobre el alcance y los requisitos específicos de la iniciativa.
En consecuencia, la OPAL señaló que, aunque existe un estimado inicial, la magnitud del proyecto y su implementación a largo plazo podrían implicar gastos adicionales sustanciales que deben ser considerados en la planificación presupuestaria.
IMPACTO FISCAL MUNICIPAL
En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico” la Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano del Senado de Puerto Rico, certifica que el P. del S. 560 no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales.
CONCLUSIÓN
Las ponencias recibidas en torno al P. del S. 560 reflejan un consenso favorable hacia la medida, destacando su pertinencia y oportunidad dentro de los esfuerzos de modernización gubernamental. El Departamento de Corrección y Rehabilitación, como agencia directamente impactada, ha validado la necesidad de establecer un sistema digital unificado para la población correccional, resaltando además que la medida viene a formalizar y fortalecer proyectos ya en curso, como el expediente electrónico. A su vez, reconocen que la integración interagencial y la colaboración con PRITS resultan indispensables para maximizar el alcance de la iniciativa.
Por su parte, PRITS ha expresado su total disposición a apoyar el proyecto, subrayando que el mismo se encuentra dentro de su marco legal y de sus competencias técnicas. La entidad destaca la importancia de asegurar el cumplimiento con estándares de interoperabilidad y ciberseguridad, particularmente bajo la arquitectura zero trust, para salvaguardar la información correccional. Asimismo, PRITS enfatiza la necesidad de coordinar esfuerzos con la OGP para garantizar los recursos necesarios, evitando el riesgo de un uso ineficiente de fondos públicos.
Finalmente, la OPAL aporta la perspectiva fiscal, reconociendo que aunque el costo mínimo estimado asciende a $2.3 millones, es indispensable contar con mayor detalle técnico para calcular de manera certera el costo total de la implementación y el mantenimiento del sistema.
Atendiendo esta preocupación sobre una asignación adecuada de recursos financieros por parte de OGP, la información provista por el DCR indica que desde el año 2024, la agencia se encuentra trabajando con un expediente digital. Además, informó que para este expediente digital se firmó un contrato de servicios profesionales de tecnología: 2024-000-077 con vigencia hasta el treinta de junio de 2030 por una cuantía de $2,070,000.00, y que dicho proyecto se trabajará en fases según se describe en la cláusula primera del contrato.
En suma, las ponencias coinciden en que el P. del S. 560 es una iniciativa de avanzada que permitirá a Puerto Rico modernizar y digitalizar los procesos de manejo de la población correccional, alineándolos con la política pública de innovación y transformación digital del gobierno. No obstante, el éxito de la medida dependerá de la adecuada asignación de recursos financieros, humanos y técnicos, así como de la estrecha coordinación entre DCR, PRITS, OGP y otras agencias pertinentes. De atenderse estos elementos, la medida no solo contribuirá a la eficiencia administrativa y la transparencia gubernamental, sino que también podría convertirse en un modelo de integración tecnológica para otras áreas del aparato gubernamental.
A tales efectos, el Secretario del Departamento de Corrección y Rehabilitación, el Director Ejecutivo de la Oficina de Gerencia y Presupuesto y el Director Ejecutivo de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal tendrán el deber ministerial de identificar, separar y garantizar anualmente los fondos necesarios para la consecución de lo aquí dispuesto.
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Seguridad Púbica y Asuntos del Veterano del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, tiene a bien presentar ante este Alto Cuerpo el Informe Positivo sobre el P. del S. 560, recomendando su aprobación con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.
Respetuosamente sometido,
Gregorio Matías Rosario
Presidente
Comisión de Seguridad Pública y Asuntos del Veterano
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