rcc0103-Inf.doc Descargar original ↓ Ver en SUTRA ↗
GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma Asamblea	 2da Sesión 
       Legislativa                                                                                                          Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

R. C. de la C. 103

INFORME POSITIVO

15 de octubre de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO

La Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, recomienda la aprobación de la R. C. de la C. 103, con las enmiendas incluidas en el entirillado electrónico que acompaña a este informe.

ALCANCE DE LA MEDIDA

La R. C. de la C. 103 tiene como propósito "…ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), en coordinación con el Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS), que realicen la programación necesaria para que se puedan eliminar a través de la aplicación de CESCO Digital, los gravámenes de venta condicional de los títulos de vehículos de motor; y para otros fines relacionados".

De entrada, es menester señalar la importancia que reviste la resolución conjunta de autos. Estimamos que la Exposición de Motivos de la medida, explica por sí misma lo imperativo de aprobarse, al señalarnos que

[e]l Gobierno de Puerto Rico ha transformado muchos de los servicios que se le brindan a la ciudadanía, haciéndolos más accesibles a través de plataformas digitales. Uno de los ejemplos de transformación tecnológica lo es la plataforma de CESCO Digital +implementada por el Departamento de Transportación y Obras Públicas; mediante la cual se puede acceder a multas y registro de vehículos de una manera fácil y conveniente. Asimismo, se ha logrado incorporar la licencia e identificación móvil digital, el marbete digital, y más reciente se completó la integración de Apple Wallet, para los usuarios de dicho sistema operativo.

Otra de las grandes transformaciones alcanzadas mediante el aplicativo de CESCO Digital lo son los marbetes digitales, eliminando así la necesidad de estar removiendo e instalando anualmente sellos de marbetes, y brindando tecnología al alcance de nuestras agencias de seguridad pública y todas aquellas que de forma directa e indirecta inciden sobre la seguridad vial en nuestra Isla.

Por otro lado, existen áreas de oportunidad, mediante las cuales el Gobierno de Puerto Rico puede tomar ventaja de la tecnología existente y continuar agilizando trámites que de ordinario requieren que los ciudadanos visiten Centros de Servicios al Conductor (CESCO) para realizar diversos trámites administrativos. Ejemplo de ello lo son los títulos de vehículos de motor que reciben sus dueños una vez saldan el préstamo de financiamiento. En los comentados casos, los títulos que reciben los ciudadanos contienen todavía la referencia de gravamen por venta condicional. A su recibo, los ciudadanos se ven en la obligación de realizar trámites en los CESCO, y comprar un sello o comprobante para obtener un título de vehículo de motor libre de gravámenes.  Ante tales circunstancias, son muchos los que permanecen sin obtener el referido título sin gravamen.

Esta Asamblea Legislativa entiende que es necesario y prioritario, ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), en coordinación con el Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS), que realicen la programación necesaria para que se puedan eliminar a través de la aplicación de CESCO Digital, los gravámenes de venta condicional de los títulos de vehículos de motor.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

Para el cabal análisis de esta medida, la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico, contó con los comentarios del Departamento de Transportación y Obras Públicas y los del Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS). No hubo oposición a la Resolución Conjunta objeto de este informe. 

En su ponencia, dijeron desde el Departamento de Transportación y Obras Públicas que "[l]uego de examinar el contenido de la resolución, el DTOP expresa su respaldo a la iniciativa por ser consistente con los esfuerzos de transformación digital y simplificación de trámites que promovemos. (…)". No obstante, hicieron hincapié en la necesidad de que se le asignen fondos para la implantación del contenido de la R. C. de la C. 103.

De otra parte, mencionó PRITS que es menester suyo respaldar "…lo dispuesto en la Sección 1 de la medida. Conforme a lo establecido en el Artículo 6 de la Ley Núm. 75-2019, según enmendada, conocida como "Ley de la Puerto Rico Innovation and Technology Service", como la entidad de la Rama Ejecutiva encargada de implantar y coordinar la política pública del gobierno en materia de innovación y tecnología, reconocemos la importancia de viabilizar mediante CESCO Digital la cancelación automatizada de gravámenes de venta condicional. Esta iniciativa esta alineada con nuestros objetivos institucionales, entre ellos la transformación digital del Gobierno de Puerto Rico, conforme al inciso (t) del referido artículo, así como con el fomento de una cultura de eficiencia y de facilitar los procesos en beneficio de la ciudadanía".

Finalmente, señalaron estar "…comprometidos con la modernización digital de la gestión gubernamental por lo que, teniendo el respaldo de un plazo razonable podremos cumplir con todos, los requisitos técnicos, administrativos y legales".

IMPACTO FISCAL MUNICIPAL  

Del análisis realizado por esta Comisión, a tenor con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", no surge que la medida tenga un impacto fiscal sobre las finanzas municipales. 

CONCLUSIÓN

Analizada la Resolución Conjunta en sus méritos, entendemos que la misma requiere ser aprobada con prontitud. Ciertamente, esta legislación representa un paso significativo hacia la modernización y digitalización de los servicios gubernamentales, facilitando trámites esenciales a través de plataformas tecnológicas accesibles como CESCO Digital.

Eliminar de forma digital los gravámenes de venta condicional en los títulos de vehículos de motor, no solo beneficiará directamente al ciudadano, sino que también mejorará la eficiencia operativa del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), reduciendo la necesidad de gestiones presenciales en los Centros de Servicios al Conductor (CESCO). 

Para terminar, es preciso indicar que la Sección 1 del Artículo III de la Constitución de Puerto Rico, delega a la Rama Legislativa la potestad de aprobar leyes. Por su parte, la Sección 17 del referido Artículo III, delinea el proceso legislativo a observarse para que una legislación presentada se convierta en ley. Asimismo, la Sección 19 del mismo Artículo, establece los requisitos constitucionales relativos a la aprobación de proyectos de ley, por los Cuerpos Legislativos y el Gobernador de Puerto Rico. 

Expuesto ello, y a base de los preceptos constitucionales antes descritos, es imperativo reconocer que la aprobación de la R. C. de la C. 3 es un ejercicio válido de la facultad de esta Asamblea Legislativa, según es aquí fundamentado.

Siendo tarea de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico crear y aprobar política pública, la cual surge como respuesta a los cambios sociales que motivan la actualización del estado de derecho que rige el destino de todos los que aquí residimos, podemos concluir que el propósito que origina la presentación de la medida ante nuestra consideración, es una acción cobijada dentro del amplio poder que tiene esta Rama, la cual fuera conferida por nuestros constituyentes. 

Por todo lo anterior, la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico recomienda la aprobación de la Resolución Conjunta de la Cámara Núm. 103, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña a este informe.

Respetuosamente sometido,



__________________________________
Hon. Héctor Joaquín Sánchez Álvarez
Presidente
Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos 
y Asuntos del Consumidor

Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.