GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 3ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO
R. de la C. 276
INFORME FINAL
24 de febrero de 2026
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
La Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, en cumplimiento de su responsabilidad de atender todo asunto dirigido a responder efectivamente a las necesidades de la población y promover el bienestar social en Puerto Rico somete el presente Informe Final con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
La Resolución de la Cámara 276 tiene el propósito de:
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre la implementación, cumplimiento y efectividad de las políticas públicas y legislación vigente para combatir el abandono de adultos mayores por parte de su familia, tutor o persona responsable; y para otros fines relacionados.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Resolución de la Cámara Núm. 276 ordena a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre la implementación, cumplimiento y efectividad de las políticas públicas y legislación vigente dirigidas a combatir el abandono de adultos mayores, particularmente por parte de su familia, tutor o persona responsable.
La medida parte de una realidad demográfica incuestionable: el acelerado envejecimiento de la población puertorriqueña. Conforme a datos del U.S. Census Bureau, para el año 2023 las personas de 65 años o más representaban aproximadamente el 25% de la población total de Puerto Rico, una proporción significativamente mayor que la registrada en los Estados Unidos continentales. Este escenario impone mayores responsabilidades al Estado en la formulación, ejecución y fiscalización de políticas públicas dirigidas a proteger esta población vulnerable.
El análisis de la medida refleja una preocupación particular por el fenómeno del abandono de adultos mayores, el cual, aunque tipificado como delito en el Código Penal de Puerto Rico, continúa manifestándose de manera alarmante, especialmente en el contexto de instituciones médico-hospitalarias. La Exposición de Motivos recoge datos que evidencian un aumento sostenido de estos casos durante los últimos años, lo que levanta serios cuestionamientos sobre la efectividad real de los mecanismos existentes de prevención, intervención y seguimiento.
Asimismo, la Resolución indica que, si bien la Ley 121-2019, Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a favor de los Adultos Mayores, fue enmendada para imponer responsabilidades específicas a familiares, tutores y personas responsables —incluyendo el deber de buscar al adulto mayor una vez recibe alta médica—, resulta indispensable evaluar si dichas disposiciones se están cumpliendo adecuadamente y si las agencias concernidas cuentan con los protocolos necesarios para atender estas situaciones de manera oportuna y efectiva.
En síntesis, el análisis de la medida permite concluir que la R. de la C. 276 constituye un instrumento legislativo necesario y pertinente para evaluar la respuesta institucional del Estado ante el abandono de adultos mayores, así como para sentar las bases de posibles recomendaciones legislativas o administrativas futuras dirigidas a fortalecer la protección de esta población y garantizar el respeto pleno de sus derechos.
METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION
Como parte de las gestiones realizadas, la Comisión solicitó memoriales escritos e información estadística a las agencias y entidades con injerencia directa en el tema objeto de investigación, con el fin de contar con datos actualizados, insumos técnicos y perspectivas institucionales que permitieran un análisis más completo y fundamentado.
Asimismo, la Comisión celebró una vista pública, en la cual comparecieron funcionarios y representantes de agencias gubernamentales y organizaciones de reconocido peritaje en la atención y defensa de los derechos de los adultos mayores. Durante dicha vista pública comparecieron las siguientes personas:
Las comparecencias permitieron a la Comisión conocer de primera mano los retos operacionales, administrativos y legales que enfrentan las agencias y organizaciones en la atención de casos de abandono de adultos mayores, así como identificar áreas de oportunidad para fortalecer la coordinación interagencial, la prevención y la respuesta institucional.
La información recopilada mediante memoriales, estadísticas y testimonios fue evaluada de forma integral por la Comisión, sirviendo de base para la formulación de los hallazgos, conclusiones y recomendaciones contenidas en este Informe Final.
RESUMEN DE LAS PONENCIAS E INFORMACION RECIBIDA
En cumplimiento con la Resolución de la Cámara Núm. 276, esta Comisión recibió memoriales escritos, información estadística y comparecencias en vista pública de agencias y entidades relacionadas con la protección y atención de los adultos mayores. Las ponencias permitieron identificar los principales retos y áreas de oportunidad en la implementación y efectividad de la política pública vigente para prevenir y atender el abandono de esta población. A continuación, se resumen los planteamientos más relevantes presentados por los comparecientes.
Departamento De La Familia
El Departamento de la Familia reconoció que el abandono de adultos mayores por parte de familiares, tutores o personas responsables continúa siendo una problemática recurrente, particularmente en escenarios médico-hospitalarios, a pesar de la existencia de legislación penal y administrativa dirigida a atender esta conducta.
La agencia informó que, a través de la Administración Auxiliar de Adultos Mayores y Adultos con Impedimentos (ADFAN), recibe y atiende referidos relacionados con abandono, negligencia y maltrato, activando protocolos de intervención social y coordinación interagencial. No obstante, de la información suministrada se desprende que la atención de estos casos depende en gran medida del referido oportuno y de la colaboración de terceros, lo que plantea retos en la detección temprana y en la intervención inmediata.
Asimismo, el Departamento expuso que, aunque el abandono se encuentra tipificado como delito, su atención desde la perspectiva administrativa requiere mayor integración entre las agencias responsables, protocolos claros de seguimiento y mecanismos efectivos que garanticen la responsabilidad de los familiares o personas obligadas, particularmente una vez el adulto mayor recibe alta médica.
En ese contexto, la información presentada por la agencia pone de manifiesto la necesidad de evaluar la efectividad real de la implantación de la política pública vigente, así como de fortalecer los procesos de prevención, fiscalización y coordinación interagencial, elementos que justifican plenamente la investigación ordenada mediante la Resolución de la Cámara Núm. 276.
La AARP Puerto Rico compareció ante la Comisión y sostuvo que el abandono de adultos mayores constituye una problemática real, creciente y multifactorial, cuya atención ha sido históricamente insuficiente como resultado de deficiencias estructurales y sistémicas en la planificación del envejecimiento en Puerto Rico.
La organización señaló que el fenómeno del abandono no puede analizarse únicamente como una conducta individual atribuible a familiares o personas responsables, sino como el resultado de fallas prolongadas en la implantación efectiva de políticas públicas, la ausencia de un sistema integrado de servicios y la falta de coordinación interagencial. AARP advirtió que esta fragmentación limita la capacidad del Estado para identificar, prevenir e intervenir oportunamente en situaciones de abandono.
Asimismo, AARP destacó que no existen estadísticas confiables, uniformes y actualizadas que permitan dimensionar adecuadamente la magnitud del problema, lo que dificulta la fiscalización y evaluación de la efectividad de las leyes vigentes. En ese contexto, identificó como factores críticos el aumento de casos reportados, las incongruencias en los datos recopilados por distintas entidades, las deficiencias en la respuesta institucional y el impacto social y económico que el abandono genera sobre los sistemas de salud y servicios sociales.
La organización también planteó que, en muchos casos, el llamado “abandono” es el resultado de un proceso gradual de aislamiento social y falta de apoyos, que se hace visible únicamente cuando el adulto mayor ingresa solo a una institución hospitalaria, evidenciando la ausencia de mecanismos preventivos a nivel comunitario y familiar.
Finalmente, AARP exhortó a esta Comisión a emplazar a las agencias responsables para que rindan cuentas sobre las acciones concretas adoptadas para atender el abandono de adultos mayores y a utilizar la investigación ordenada por la R. de la C. 276 como un instrumento para identificar vacíos, fortalecer la coordinación interagencial y promover una respuesta más efectiva y preventiva, dirigida a salvaguardar la dignidad y los derechos de esta población.
Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada (OPPEA)
La Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada (OPPEA) compareció ante la Comisión y expuso que el abandono de personas adultas mayores constituye una modalidad de maltrato, conforme a la legislación vigente, cuando el familiar, tutor o persona responsable omite acciones o incumple con su deber de cuidado, poniendo en riesgo la vida, salud o integridad física o emocional del adulto mayor.
OPPEA destacó que la Ley 121-2019, según enmendada, amplió el concepto de abandono para incluir el incumplimiento de colaboración con las agencias gubernamentales en beneficio del adulto mayor, particularmente en escenarios médico-hospitalarios. Señaló que dicha Ley impone deberes específicos a los hospitales para identificar a la persona responsable al momento del ingreso y activar los protocolos correspondientes cuando el adulto mayor es abandonado tras recibir el alta médica.
La Oficina explicó que, en los casos en que se identifica una persona responsable que se rehúsa a asumir el cuidado, el Departamento de la Familia puede acudir al tribunal para exigir el cumplimiento de dicha responsabilidad, mientras que el Departamento de Justicia evalúa la posible comisión del delito de abandono dentro del término dispuesto por ley. De no identificarse persona responsable, el Estado asume la custodia y protección del adulto mayor.
En cuanto a datos relevantes, OPPEA informó que durante el año fiscal 2024-2025 recibió doce (12) querellas por abandono, cuatro (4) de estas ocurridas en hospitales. Para el periodo comprendido entre octubre y diciembre del año fiscal 2025-2026, se recibieron seis (6) querellas adicionales, una (1) de ellas en una institución hospitalaria, lo que evidencia la persistencia de esta problemática.
Finalmente, OPPEA subrayó que la existencia de un marco legal robusto no garantiza por sí sola una respuesta efectiva, si no va acompañada de una implantación consistente, coordinación interagencial efectiva y fiscalización continua, lo que refuerza la necesidad y pertinencia de la investigación ordenada mediante la Resolución de la Cámara Núm. 276.
Policía de Puerto Rico (PPR)
La Policía de Puerto Rico (PPR) compareció ante la Comisión y reiteró que el abandono de personas adultas mayores se encuentra tipificado como delito en el Código Penal de Puerto Rico, específicamente en el Artículo 126, reconociendo su responsabilidad institucional de prevenir, investigar y procesar conductas criminales que atenten contra la seguridad y dignidad de esta población vulnerable.
No obstante, la PPR señaló que enfrenta limitaciones operacionales en la recopilación y categorización de datos estadísticos relacionados con casos de abandono de adultos mayores, particularmente aquellos ocurridos en instituciones médico-hospitalarias. Indicó que su sistema actual de querellas no cuenta con una codificación específica que permita identificar y cuantificar con precisión estos referidos conforme a los parámetros del sistema nacional de reportes de incidentes, lo que dificulta el análisis estadístico y el seguimiento interagencial.
La agencia informó que, como medida para fortalecer la atención de estos casos, culminó recientemente el readiestramiento de su personal conforme a la Orden General 600-645, la cual establece procedimientos uniformes para la investigación de incidentes que involucran adultos mayores y busca garantizar un trato diligente, sensible y conforme a derecho. Asimismo, destacó la existencia de la figura del Coordinador de Adultos Mayores y enlaces especializados, con el fin de mejorar la coordinación con agencias como el Departamento de la Familia y la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada.
Finalmente, la Policía de Puerto Rico reconoció que el aumento de la población adulta mayor plantea retos adicionales en términos de protección y respuesta institucional, y expresó su disposición de colaborar con la investigación legislativa ordenada por la R. de la C. 276 para identificar áreas de oportunidad, fortalecer los sistemas de datos y mejorar la efectividad de la respuesta del Estado ante los casos de abandono de adultos mayores.
El análisis de los datos estadísticos correspondientes al periodo de octubre de 2024 a septiembre de 2025 evidencia un volumen significativo de situaciones que afectan la seguridad, bienestar y dignidad de las personas adultas mayores, particularmente aquellas vinculadas a negligencia, desatención y fallas en el cuidado, conductas que guardan una relación directa con el fenómeno del abandono que investiga la R. de la C. 276.
La información estadística examinada por esta Comisión fue provista por la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada (OPPEA) y por el Programa Estatal del Procurador de Cuidado de Larga Duración (Ombudsman de Cuidado de Larga Duración), entidades responsables de recibir, investigar y documentar querellas relacionadas con maltrato, negligencia, violaciones de derechos y delitos contra personas adultas mayores, tanto en la comunidad como en instituciones de cuidado prolongado.
Durante el periodo examinado se registraron 7,476 querellas relacionadas con maltrato y delitos contra adultos mayores. De estas, 4,400 correspondieron a querellas por maltrato, siendo las modalidades predominantes la negligencia (1,718 casos), la negligencia propia (1,001) y el abuso emocional (776). Estas categorías reflejan, en gran medida, patrones de omisión de cuidado, aislamiento y deterioro en las redes de apoyo familiar o social, elementos que suelen anteceder o acompañar situaciones de abandono.
En cuanto a las querellas por delito, se documentaron 3,076 casos, dentro de los cuales se identificaron 12 querellas por abandono, incluyendo 4 casos de abandono en hospitales. Aunque el número de querellas clasificadas específicamente como abandono es menor en comparación con otras modalidades delictivas, su presencia confirma que el abandono de adultos mayores es una conducta real y documentada, particularmente en escenarios médico-hospitalarios.
Este cuadro estadístico sugiere, además, que el abandono no siempre se refleja de forma directa en las categorías utilizadas, sino que con frecuencia se manifiesta bajo otras clasificaciones como negligencia o maltrato emocional, lo que apunta a posibles limitaciones en los mecanismos de identificación y categorización de los referidos.
De forma complementaria, las estadísticas del Programa Estatal del Procurador de Cuidado de Larga Duración (Ombudsman CLD) reflejan que, en el mismo periodo, se recibieron 1,828 querellas relacionadas con adultos mayores residentes en instituciones de cuidado prolongado. Las categorías principales de querellas fueron calidad de vida (773 casos), cuidado del residente (476) y derechos de los residentes (434).
Dentro de estas categorías se destacan querellas relacionadas con negligencia crasa, deficiencias en la administración de medicamentos, fallas en el acceso a servicios de salud, restricciones indebidas y falta de atención adecuada, situaciones que, aunque no siempre se clasifican formalmente como abandono, evidencian condiciones de desprotección y desatención institucional que afectan directamente la calidad de vida del adulto mayor.
En conjunto, los datos analizados demuestran que:
Este análisis estadístico confirma la pertinencia y necesidad de la investigación ordenada por la Resolución de la Cámara Núm. 276, particularmente en lo relativo a la evaluación de la efectividad de las políticas públicas, los protocolos interagenciales y los mecanismos de protección dirigidos a prevenir y atender el abandono de adultos mayores en Puerto Rico.
HALLAZGOS, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
Del análisis integral de la evidencia documental, las ponencias recibidas, las comparecencias en vista pública y la información estadística evaluada, esta Comisión constató que el abandono de adultos mayores en Puerto Rico es una problemática real y vigente, que se manifiesta tanto de forma directa —incluyendo casos ocurridos en instituciones médico-hospitalarias— como de manera indirecta a través de patrones persistentes de negligencia, desatención y aislamiento. Si bien los casos clasificados específicamente como abandono representan una proporción menor dentro del universo de querellas, la Comisión observó que esta conducta suele quedar subsumida bajo otras categorías de maltrato, particularmente la negligencia y el abuso emocional, lo que dificulta su identificación temprana y adecuada clasificación.
La evidencia estadística revela además limitaciones significativas en los sistemas de recopilación y categorización de datos entre las distintas agencias concernidas. La ausencia de definiciones operacionales uniformes y de mecanismos interoperables de información impide dimensionar con precisión la magnitud del problema y limita la capacidad del Estado para dar seguimiento efectivo a los casos. Esta fragmentación se refleja también en la respuesta institucional, que, aunque sustentada en un marco legal robusto, no siempre se traduce en una implantación consistente ni en una coordinación interagencial efectiva, particularmente en los procesos de transición y seguimiento luego del alta hospitalaria.
Asimismo, la Comisión identificó que las situaciones de desprotección y desatención no se circunscriben exclusivamente al ámbito familiar, sino que también se evidencian en entornos institucionales de cuidado prolongado, donde las querellas relacionadas con calidad de vida, cuidado del residente y respeto a derechos fundamentales apuntan a fallas estructurales que afectan directamente la dignidad y el bienestar del adulto mayor. Estas condiciones, aun cuando no siempre se rotulan formalmente como abandono, constituyen manifestaciones de un mismo fenómeno de desatención sistemática.
A la luz de estos hallazgos, la Comisión concluye que la mera existencia de legislación penal y administrativa no resulta suficiente para atender eficazmente el abandono de adultos mayores si no va acompañada de implantación rigurosa, coordinación interagencial efectiva y fiscalización continua. La problemática exige un enfoque preventivo, basado en la detección temprana, la clasificación correcta de los referidos y la activación oportuna de los mecanismos de protección y responsabilidad legal.
Por consiguiente, esta Comisión recomienda fortalecer la política pública mediante la uniformación de definiciones y categorías relacionadas con el abandono, el robustecimiento de los sistemas de datos y estadísticas interagenciales, y la adopción de protocolos claros, auditables y exigibles en escenarios médico-hospitalarios, particularmente en el manejo post-alta. Asimismo, se recomienda reforzar la capacitación continua del personal de primera línea, formalizar canales efectivos de coordinación entre las agencias responsables y requerir informes periódicos de cumplimiento y resultados, como parte de un proceso de rendición de cuentas. Finalmente, la Comisión enfatiza la importancia de impulsar estrategias de prevención comunitaria y apoyo a cuidadores, con el fin de evitar que situaciones de negligencia escalen hasta convertirse en abandono.
CONCLUSIONES FINALES
Esta Comisión concluye que el abandono de adultos mayores en Puerto Rico constituye una problemática real, compleja y persistente, que subsiste a pesar de la existencia de un marco legal dirigido a su prevención y atención. La investigación realizada permitió confirmar que el abandono no siempre se manifiesta de forma directa o inmediata, sino que con frecuencia ocurre de manera progresiva y encubierta, a través de patrones de negligencia, desatención, aislamiento y fallas en el cuidado, tanto en el entorno familiar como en escenarios institucionales.
Esta Comisión determina que uno de los principales retos para atender eficazmente esta problemática es la implantación inconsistente de la política pública vigente, unida a la fragmentación de la respuesta interagencial y a las limitaciones en los sistemas de recopilación y clasificación de datos. Estas deficiencias dificultan la detección temprana de los casos, el seguimiento efectivo de las situaciones identificadas y la exigencia de responsabilidades a los familiares, tutores o personas legalmente obligadas. Particular preocupación generan los casos que se hacen evidentes en instituciones médico-hospitalarias, donde el abandono suele manifestarse con mayor claridad al momento del alta médica.
Esta Comisión reconoce que las agencias concernidas han desarrollado mecanismos y esfuerzos dirigidos a atender situaciones de abandono; sin embargo, concluye que dichos esfuerzos requieren ser fortalecidos, coordinados y fiscalizados de manera continua para garantizar una protección efectiva, uniforme y oportuna a la población adulta mayor. La investigación permitió documentar la realidad existente, identificar vacíos en la ejecución de la política pública y establecer una base sólida para la formulación de recomendaciones orientadas a mejorar la prevención, la coordinación interagencial y la respuesta institucional del Estado.
Finalmente, esta Comisión reafirma que la protección de los adultos mayores debe constituir una prioridad permanente de política pública y que atender el abandono no es únicamente una obligación legal, sino un compromiso ético y social que requiere la acción concertada del Estado, las familias y la comunidad, con el fin de garantizar una vejez digna, segura y protegida.
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración, tiene a bien someter el Informe Final de la R. de la C. 276 con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
RESPETUOSAMENTE SOMETIDO,
Hon. Ricardo R. Ocasio Ramos
Presidente
Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social
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