GOBIERNO DE PUERTO RICO 20 ma. Asamblea 1 ra. Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO R. del S. 222 5 de junio de 2025 Presentada por el señor González Costa y la señora Santiago Negrón Referida a la Comisión de Asuntos Internos RESOLUCIÓN Para ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre aquellas acciones realizadas por el Gobierno de Puerto conducentes a divulgar información confidencial de residentes de Puerto Rico que pudieran constituir una violación a los derechos garantizados por las leyes y la Constitución de Puerto Rico; y que estén dirigidas a colaborar con los esfuerzos de arrestos y deportaciones de personas con estatus migratorio irregular por parte de las autoridades migratorias de los Estados Unidos; y para otros fines relacionados. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Desde enero del 2025, como parte de las políticas públicas del Presidente de Estados Unidos, Donald Trump, el Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos, a través de la agencia federal de Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE), ha tenido como prioridad perseguir y deportar a los inmigrantes sin estatus migratorio regularizado, en todas las jurisdicciones de ese país, incluyendo -Puerto Rico. La Agente Especial encargada de ICE en Puerto Rico, ha expresado que el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) ya ha entregado los nombres y direcciones de aproximadamente 6,000 personas que poseen licencias de conducir de manera provisional. El mecanismo para obtener licencias provisionales fue creado a través de la Ley 97-2013, la cual tiene como fin permitir a personas extranjeras sin estatus migratorio oficial y que cumplan con los requisitos de elegibilidad establecidos en dicha Ley solicitar una licencia de conducir provisional. Esta Ley ordena al Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), crear y mantener actualizado un registro especial de las licencias de conducir provisionales. Además, establece que, en ánimos de proteger la confidencialidad de la información en este registro, el Secretario del DTOP deberá establecer los mecanismos administrativos necesarios para que dicho registro no pueda ser utilizado para discriminar contra las personas que posean una licencia de conducir de manera provisional, o se divulge su información. Se desprende de la Ley 97-2013, que la información de las personas extranjeras con estatus migratorio no oficial es información confidencial y que no podrá utilizarse con el fin de perseguir a personas por razón de ser extranjeras. El derecho a la intimidad está protegido por la Constitución de Puerto Rico, Art. II, Sec. 8. De igual forma, nuestra jurisprudencia ha reconocido que el Estado no puede utilizar información brindada con una expectativa legítima de privacidad para perseguir penal o administrativamente a una persona si la ley no lo autoriza. Ante la admisión de ICE de que sin mediar una orden judicial solicitaron información confidencial y ante la cooperación brindada por el DTOP, le corresponde a este cuerpo legislativo investigar el proceso seguido tanto por esa agencia como por cualquier entidad del Gobierno de Puerto Rico que esté proveyendo información confidencial de residentes de Puerto Rico con el fin de colaborar con los esfuerzos de arrestos y deportación. RESUÉLVESE POR EL SENADO DE PUERTO RICO: Sección 1.- Se ordena a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre aquellas acciones realizadas por el Gobierno de Puerto conducentes a divulgar información confidencial de residentes de Puerto Rico que pudieran constituir una violación a los derechos garantizados por las leyes y la Constitución de Puerto Rico, y que estén dirigidas a colaborar con los esfuerzos de arrestos y deportaciones de personas con estatus migratorio irregular por parte de las autoridades migratorias de los Estados Unidos. Sección 2.- Vigencia Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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