GOBIERNO DE PUERTO RICO
20 ma Asamblea 1 ra Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
R. del S. 230
12 de junio de 2025
Presentada por la señora Soto Aguilú
Referida a
RESOLUCIÓN
Para ordenar a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre la viabilidad de implantar sistemas automatizados de inspección vehicular de emisiones —conocidos como Self-Service Vehicle Emissions Inspection Kiosks— para atender las necesidades de inspección periódica de flotas gubernamentales y municipales, con el objetivo de reducir costos operacionales, aumentar la eficiencia y asegurar el cumplimiento ambiental en el sector público; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Gobierno de Puerto Rico y sus municipios operan miles de vehículos oficiales, incluyendo flotas para servicios esenciales como seguridad pública, mantenimiento, transporte, salud, emergencias y administración general. La operación, mantenimiento y cumplimiento reglamentario de estas flotas representa un costo significativo en el presupuesto público, en especial cuando se trata de los procesos recurrentes de inspección mecánica y de emisiones dispuestos por la reglamentación vigente.
En diversas jurisdicciones de los Estados Unidos y otros países, se han comenzado a implantar estaciones automatizadas de inspección de emisiones —comúnmente conocidas como “Self-Service Vehicle Emissions Inspection Kiosks”— como una alternativa tecnológica que permite a las agencias gubernamentales, flotas corporativas e incluso ciudadanos, realizar inspecciones rápidas, económicas y confiables, sin necesidad de intervención humana directa. Estos kioscos utilizan sensores calibrados, inteligencia artificial y redes conectadas a sistemas regulatorios para emitir resultados certificados en cuestión de minutos.
La utilización de estas estaciones automatizadas puede representar para el Gobierno de Puerto Rico una oportunidad de innovación, eficiencia y reducción de costos operacionales. El modelo permite:
Además, estas tecnologías podrían integrarse a plataformas interagenciales, promoviendo una política pública coherente en materia de movilidad sostenible, cumplimiento ambiental y digitalización gubernamental.
No obstante, para considerar su implantación en Puerto Rico, es necesario evaluar su viabilidad técnica, legal, presupuestaria y operativa, así como los ajustes que requerirían los reglamentos del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), la Junta de Calidad Ambiental (adscrita al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales), y otras agencias con injerencia en el manejo de flotas oficiales y la política ambiental.
Esta investigación permitirá determinar si la adopción de esta tecnología es compatible con el marco legal vigente, si se justifica económicamente para el Gobierno de Puerto Rico y sus municipios, y si podría constituir una práctica innovadora que mejore los servicios públicos y optimice el uso de fondos públicos.
RESUÉLVESE POR EL SENADO DE PUERTO RICO:
Sección 1.- Se ordena a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre la viabilidad de implantar sistemas automatizados de inspección vehicular de emisiones —conocidos como Self-Service Vehicle Emissions Inspection Kiosks— para atender las necesidades de inspección periódica de flotas gubernamentales y municipales, con el objetivo de reducir costos operacionales, aumentar la eficiencia y asegurar el cumplimiento ambiental en el sector público.
Sección 2.- La investigación incluirá, pero sin limitarse a:
(a) Un análisis de la cantidad, tipo y distribución de las flotas vehiculares oficiales del Gobierno de Puerto Rico y sus municipios.
(b) El costo actual de los procesos de inspección y certificación de emisiones para dichas flotas.
(c) Una evaluación técnica y operativa de los modelos existentes de “Self-Service Inspection Kiosks” en otras jurisdicciones.
(d) El marco legal y reglamentario que podría requerir enmiendas para permitir su implantación.
(e) Las posibles alianzas público-privadas o mecanismos de adquisición tecnológica que permitirían su implementación.
(f) Las economías de escala, eficiencias logísticas y ahorros proyectados a corto, mediano y largo plazo.
Sección 3.- La Comisión rendirá un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, en un término no mayor de noventa (90) días a partir de la aprobación de esta Resolución.
Sección 4.- Esta Resolución entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
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