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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20 ma Asamblea 1 ra Sesión

Legislativa Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

R. del S. 230

12 de junio de 2025

Presentada por la señora Soto Aguilú

Referida a

RESOLUCIÓN

Para ordenar a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre la viabilidad de implantar sistemas automatizados de inspección vehicular de emisiones —conocidos como Self-Service Vehicle Emissions Inspection Kiosks— para atender las necesidades de inspección periódica de flotas gubernamentales y municipales, con el objetivo de reducir costos operacionales, aumentar la eficiencia y asegurar el cumplimiento ambiental en el sector público; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Gobierno de Puerto Rico y sus municipios operan miles de vehículos oficiales, incluyendo flotas para servicios esenciales como seguridad pública, mantenimiento, transporte, salud, emergencias y administración general. La operación, mantenimiento y cumplimiento reglamentario de estas flotas representa un costo significativo en el presupuesto público, en especial cuando se trata de los procesos recurrentes de inspección mecánica y de emisiones dispuestos por la reglamentación vigente.

En diversas jurisdicciones de los Estados Unidos y otros países, se han comenzado a implantar estaciones automatizadas de inspección de emisiones —comúnmente conocidas como “Self-Service Vehicle Emissions Inspection Kiosks”— como una alternativa tecnológica que permite a las agencias gubernamentales, flotas corporativas e incluso ciudadanos, realizar inspecciones rápidas, económicas y confiables, sin necesidad de intervención humana directa. Estos kioscos utilizan sensores calibrados, inteligencia artificial y redes conectadas a sistemas regulatorios para emitir resultados certificados en cuestión de minutos.

La utilización de estas estaciones automatizadas puede representar para el Gobierno de Puerto Rico una oportunidad de innovación, eficiencia y reducción de costos operacionales. El modelo permite:

Además, estas tecnologías podrían integrarse a plataformas interagenciales, promoviendo una política pública coherente en materia de movilidad sostenible, cumplimiento ambiental y digitalización gubernamental.

No obstante, para considerar su implantación en Puerto Rico, es necesario evaluar su viabilidad técnica, legal, presupuestaria y operativa, así como los ajustes que requerirían los reglamentos del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), la Junta de Calidad Ambiental (adscrita al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales), y otras agencias con injerencia en el manejo de flotas oficiales y la política ambiental.

Esta investigación permitirá determinar si la adopción de esta tecnología es compatible con el marco legal vigente, si se justifica económicamente para el Gobierno de Puerto Rico y sus municipios, y si podría constituir una práctica innovadora que mejore los servicios públicos y optimice el uso de fondos públicos.

RESUÉLVESE POR EL SENADO DE PUERTO RICO:

Sección 1.- Se ordena a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre la viabilidad de implantar sistemas automatizados de inspección vehicular de emisiones —conocidos como Self-Service Vehicle Emissions Inspection Kiosks— para atender las necesidades de inspección periódica de flotas gubernamentales y municipales, con el objetivo de reducir costos operacionales, aumentar la eficiencia y asegurar el cumplimiento ambiental en el sector público.

Sección 2.- La investigación incluirá, pero sin limitarse a:

(a) Un análisis de la cantidad, tipo y distribución de las flotas vehiculares oficiales del Gobierno de Puerto Rico y sus municipios.

(b) El costo actual de los procesos de inspección y certificación de emisiones para dichas flotas.

(c) Una evaluación técnica y operativa de los modelos existentes de “Self-Service Inspection Kiosks” en otras jurisdicciones.

(d) El marco legal y reglamentario que podría requerir enmiendas para permitir su implantación.

(e) Las posibles alianzas público-privadas o mecanismos de adquisición tecnológica que permitirían su implementación.

(f) Las economías de escala, eficiencias logísticas y ahorros proyectados a corto, mediano y largo plazo.

Sección 3.- La Comisión rendirá un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, en un término no mayor de noventa (90) días a partir de la aprobación de esta Resolución.

Sección 4.- Esta Resolución entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

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