GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 1ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. C. de la C. 154
13 DE JUNIO DE 2025
Presentada por la representante Medina Calderón
Referida a la Comisión de Recreación y Deportes
RESOLUCIÓN CONJUNTA
Para ordenar al Departamento de Recreación y Deportes de Puerto Rico (DRD), a realizar un estudio de viabilidad y costos para establecer dentro de los municipios que comprenden el Distrito Representativo Núm. 37, un parque dirigido a los niños, jóvenes y adultos con diversidad funcional; y para otros finas relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley 8-2004, según enmendada, conocida como la "Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes", establece en el Artículo 8 la responsabilidad del DRD para diseñar programas de recreación y deportes adaptados para la población con diversidad funcional y los criterios que guiarán la prestación de servicios.
Además, de disponer en el inciso (g) del Artículo 19, que cada municipio deberá con un parque sin barreras para el disfrute de las personas con diversidad funcional y estableció un periodo de 5 años para realizar un plan con el propósito de crear la infraestructura necesaria y dar cumplimiento a la construcción de estos parques.
Sin embargo, lamentablemente, esta disposición de Ley no se ha podido desarrollar a cabalidad y en los municipios de Loíza, Río Grande y Canóvanas surge la necesidad de desarrollar un parque para esta población.
Teniendo en mente lo anterior, resulta indispensable requerirle del Departamento de Recreación y Deportes del Gobierno de Puerto Rico, que lleve a cabo todas aquellos estudios, análisis y proyecciones que permitan reenfocar nuestros esfuerzos y recursos para darle nuevas alternativas de recreación a la población con diversidad funcional.
Esta Asamblea Legislativa, teniendo como norte promover alternativas que permitan desarrollarnos como sociedad y brindar todas la alternativas necesarias para enfrenar los retos que nos presentan para cumplir con nuestra responsabilidad de proveer el mismo acceso a todas las personas, eliminando barreras arquitectónica y abrir paso para identificar las alternativas viables de acuerdo con los recursos existentes y disponibles para beneficio de todos los puertorriqueños y en especial a la población con diversidad funcional en los municipios de Loíza, Canóvanas y Río Grande.
RESUÉLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Sección 1.-Se ordena al Departamento de Recreación y Deportes de Puerto Rico, realizar un estudio de viabilidad y costos para establecer dentro de los municipios que comprenden el Distrito Representativo Núm. 37, un parque dirigido a los niños, jóvenes y adultos con diversidad funcional.
Sección 2.-Para cumplir con los propósitos de esta Resolución Conjunta, el Secretario del Departamento de Recreación y Deportes queda facultado para suscribir aquellos acuerdos que sean necesarios, ya sea con instrumentalidades públicas o privadas, tanto a nivel local y federal.
De igual forma, se le faculta a identificar aquellos fondos estatales, así como aquellos programas federales que autoricen fondos dirigidos a llevar a cabo los fines que persiguen las disposiciones de esta Resolución Conjunta.
Sección 3.-El Departamento de Recreación y Deportes preparará un plan de trabajo en un periodo no mayor de ciento ochenta (180) días consecutivos a partir de la aprobación de esta Resolución Conjunta y lo presentará en la secretaria de ambos Cuerpos Legislativos.
Dicho plan de trabajo abarcará un periodo de 1 año en donde se coordinarán trabajos de acuerdo con las estrategias delineadas en el mismo para estudiar la viabilidad y financiamiento de la construcción de estas facilidades.
Sección 4.-El Departamento de Recreación y Deportes deberá contemplar en su plan de trabajo todas las alternativas que permitan que las agencias del gobierno y entidades sin fines de lucro puedan participar en este estudio de viabilidad.
Sección 5.-El Departamento de Recreación y Deportes presentará ante la Asamblea Legislativa, un informe con el resultado de las gestiones hechas y con un plan de trabajo que incluya las estrategias para crear las facilidades para personas con diversidad funcional en el Distrito Representativo Núm. 37.
Sección 6.-Esta Resolución Conjunta comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.