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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20 ma Asamblea 3 ra Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. del S. 665

INFORME POSITIVO

26 DE FEBRERO DE 2026

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, tras un exhaustivo análisis y evaluación, recomienda respetuosamente a este Honorable Cuerpo Legislativo la aprobación del Proyecto del Senado 665 (en adelante, P. del S. 665), mediante el presente Informe Positivo, incorporando las enmiendas sugeridas al contenido, que se detallan en el entirillado electrónico que se acompaña.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El P. del S. 665, presentado por la senadora Soto Aguilú, con la coautoría de los senadores Reyes Berríos, Santos Ortíz, Rosa Ramos, Pérez Soto, Colón La Santa, González López, Álvarez Conde, Román Rodríguez, Toledo López y Soto Tolentino, tiene como propósito derogar la Ley Núm. 158-1999 y establecer la “Ley para el Acceso Educativo y Cultural en Instituciones Penitenciarias”.

La medida persigue ordenar al Departamento de Educación de Puerto Rico y al Sistema de la Universidad de Puerto Rico que identifiquen, cataloguen y donen anualmente libros impresos excedentes o descontinuados, en buenas condiciones, para uso exclusivo en las bibliotecas de las instituciones penitenciarias administradas por el Departamento de Corrección y Rehabilitación. Asimismo, dispone la coordinación interagencial correspondiente, ordena la presentación de un informe anual al Senado de Puerto Rico y atiende otros fines relacionados.

INTRODUCCIÓN

La Exposición de Motivos de la pieza legislativa subraya que el acceso a la educación, la lectura y la cultura constituye un elemento esencial para la rehabilitación y reinserción social de las personas privadas de libertad, al contribuir a reducir la reincidencia y promover su bienestar. Puerto Rico cuenta con bibliotecas escolares y universitarias, incluyendo las de la Universidad de Puerto Rico (en adelante, UPR), que disponen de libros en desuso, pero aún valiosos.

Se propone establecer un mecanismo estructurado de donación de estos libros a las bibliotecas correccionales, con el fin de fomentar la educación, garantizar la equidad cultural y optimizar el aprovechamiento de los recursos públicos. Asimismo, la presentación de un informe anual al Senado permitirá supervisar la implementación de la medida y asegurar la mejora continua de la iniciativa.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

El P. del S. 665 fue radicado el 13 de junio de 2025 y referido a la Comisión de Educación el 23 de octubre de 2025. Para la evaluación y análisis de la referida medida, se solicitaron Memoriales Explicativos al Departamento de Corrección y Rehabilitación de Puerto Rico, a la Universidad de Puerto Rico y al Departamento de Educación de Puerto Rico.

En cumplimiento con nuestra responsabilidad legislativa, y con el propósito de obtener el insumo necesario, dichos memoriales fueron evaluados y analizados para la redacción del presente informe bajo nuestra consideración. A continuación, se expone un resumen detallado de los comentarios proporcionados por las entidades gubernamentales antes mencionadas:

DEPARTAMENTO DE CORRECION Y REHABILITACION DE PUERTO RICO

El Departamento de Corrección y Rehabilitación de Puerto Rico (en adelante, DCRPR), representado por su Secretario, Lcdo. Francisco Antonio Quiñones Rivera, emitió comentarios y recomendaciones en torno al P. del S. 665. La agencia destacó la importancia de que los recursos donados incluyan literatura educativa, recreativa, motivacional, cultural e histórica, con el fin de atender las diversas necesidades de la población correccional.

Asimismo, el DCRPR recomendó la creación de un comité evaluador inter-agencial que certifique la pertinencia y el buen estado de los textos, y que tanto el Departamento de Educación de Puerto Rico (DEPR) como la Universidad de Puerto Rico (UPR) elaboren un inventario organizado por categorías. También sugirió limitar la cantidad de donaciones anuales conforme a la capacidad de las bibliotecas, así como considerar la donación de mobiliario que permita un almacenamiento adecuado de los libros.

De igual manera, la agencia propuso la implementación de un manual de procedimientos que se ajuste a la normativa vigente y la realización de inspecciones previas de los libros destinados a donación, con el propósito de garantizar su calidad y utilidad. Con estas recomendaciones, el DCRPR concluyó que la medida es positiva y necesaria para fortalecer la educación, la lectura y el desarrollo integral de la población bajo su custodia, comprometiéndose a colaborar en su implementación efectiva.

UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO

La Universidad de Puerto Rico (en adelante, UPR), representada por su Presidenta, Dra. Zayira Jordán Conde, emitió comentarios en relación con el P. del S. 665. La institución expresó su respaldo a la medida, destacando que esta iniciativa promueve la rehabilitación y reinserción social de las personas privadas de libertad mediante el acceso a recursos educativos y culturales.

La UPR subrayó que la redistribución de libros excedentes o descontinuados hacia las bibliotecas de las instituciones penales evita el desperdicio de materiales, fortalece los espacios de aprendizaje dentro de las cárceles y contribuye a la construcción de una sociedad más justa e inclusiva. Asimismo, afirmó que la propuesta se encuentra en plena armonía con su misión y visión institucional de fomentar la equidad, la justicia social y el acceso al conocimiento.

No obstante, la Universidad recomendó que, previo a la aprobación del proyecto, se consideren asignaciones de fondos recurrentes que permitan a las agencias gubernamentales cumplir de manera adecuada con las responsabilidades que este impone.

DEPARTAMENTO DE EDUCACION DE PUERTO RICO

El Departamento de Educación de Puerto Rico (en adelante, DEPR), representado por su Secretario, Lcdo. Eliezer Ramos Parés, emitió comentarios y recomendaciones acerca del P. del S. 665. La agencia manifestó su respaldo al propósito de la iniciativa, aunque advirtió que su éxito dependerá de una coordinación interagencial ágil y de una logística adecuada para la selección, transporte, almacenamiento y distribución de los libros, siempre atendiendo las necesidades reales de la población confinada.

El DEPR recomendó que la implementación de la medida se ajuste a los recursos disponibles, limitando su participación al inventario y a la disponibilidad de materiales en desuso, con el fin de evitar gastos recurrentes adicionales. Asimismo, sugirió establecer un proceso anual coordinado con la Universidad de Puerto Rico (UPR) y el Departamento de Corrección y Rehabilitación de Puerto Rico (DCRPR), que permita garantizar la efectividad y sostenibilidad del proyecto.

Bajo estas condiciones, el DEPR expresó su apoyo a la aprobación de la medida y reiteró su disposición a colaborar en su ejecución, reconociendo el valor que esta representa para la educación y la rehabilitación de la población correccional.

DETERMINACIÓN DE IMPACTO ECONÓMICO

Conforme al análisis y a los hallazgos relacionados con la medida, la Comisión de Educación concluye que su aprobación no generará un impacto fiscal significativo en los presupuestos de las agencias, departamentos, organismos, instrumentalidades o corporaciones públicas, por lo que no requiere certificación de la Oficina de Gerencia y Presupuesto.

CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN

La Comisión de Educación ha realizado un análisis detallado de todas las comunicaciones recibidas, en el cual las agencias consultadas expresaron sus respectivas posturas en torno a la medida. El P. del S. 665 constituye una iniciativa valiosa que promueve la educación, la lectura y la cultura como herramientas fundamentales para la rehabilitación y reinserción social de la población correccional.

Tanto el Departamento de Educación de Puerto Rico (DEPR), el Departamento de Corrección y Rehabilitación de Puerto Rico (DCRPR) y la Universidad de Puerto Rico (UPR) coinciden en que la medida puede generar un impacto positivo al aprovechar de manera eficiente los libros en desuso y fomentar el desarrollo de destrezas críticas y pensamiento reflexivo entre las personas privadas de libertad. No obstante, las entidades subrayan que su efectividad dependerá de una adecuada coordinación interagencial, de una logística eficiente para la selección, transporte y almacenamiento de los libros, así como del cumplimiento con los recursos disponibles.

Entre las recomendaciones más relevantes se destacan la creación de un comité evaluador, la elaboración de inventarios organizados, la limitación de las donaciones conforme a la capacidad de las bibliotecas, la verificación del buen estado de los libros, la provisión de mobiliario cuando sea necesario y la implementación de procedimientos ajustados a la normativa vigente. Con estas condiciones, se asegura que la medida cumpla con sus objetivos sin comprometer otras funciones esenciales del sistema educativo ni la operatividad de las bibliotecas correccionales, garantizando un impacto positivo y sostenible en la población beneficiaria.

POR LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes recomienda la aprobación del P. del S. 665, incorporando las enmiendas sugeridas al contenido, las cuales se detallan en el entirillado electrónico que se acompaña.

Respetuosamente sometido,

Hon. Tatiana Pérez Ramírez

Presidenta

Comisión de Educación

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