GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 2da. Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
R. C. del S. 74
INFORME NEGATIVO
13 de noviembre de 2025
AL SENADO DE PUERTO RICO:
La Comisión de Innovación, Reforma y Nombramientos, previo estudio y consideración de la Resolución Conjunta del Senado 74, no recomienda a este Alto Cuerpo su aprobación.
ALCANCE DE LA MEDIDA
Para ordenar al Instituto de Ciencias Forenses de Puerto Rico que realice un estudio sobre la viabilidad de habilitar una sala especializada de necropsias animales para la atención de casos donde animales, particularmente mascotas, constituyan evidencia relevante en crímenes violentos, actos de acecho o controversias vecinales; disponer que se rinda un informe detallado al Senado; y para otros fines relacionados.[1]
INTRODUCCIÓN
La Resolución Conjunta del Senado 74, parte del reconocimiento de que los animales domésticos pueden ser víctimas o elementos probatorios en investigaciones criminales, especialmente en contextos de violencia doméstica o vecinal. En ese sentido, propone que el Instituto de Ciencias Forenses evalúe la posibilidad de establecer una sala de necropsias animales con valor forense, que permita fortalecer la recopilación y el análisis de evidencia en este tipo de casos.[2]
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Comisión de Innovación, Reforma y Nombramientos del Senado de Puerto Rico, en cumplimiento de su responsabilidad y deber ministerial en el estudio y evaluación de la Resolución Conjunta del Senado 74, realizó un análisis detallado de la medida. Para la redacción de este informe la Comisión solicitó memoriales explicativos a las siguientes agencias y entidades, con el propósito de contar con sus comentarios y observaciones respecto a la medida bajo evaluación: Instituto de Ciencias Forenses, Departamento de Justicia, Oficina de Gerencia y Presupuesto, Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa, Colegio de Médicos Veterinarios de Puerto Rico, Negociado de la Policía de Puerto Rico, Departamento de Salud. Sin embargo, a la fecha de redacción de este informe, la Comisión contó con los comentarios escritos de las siguientes entidades: Colegio de Médicos Veterinarios de Puerto Rico y la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa.
Contando con dichos memoriales explicativos, esta Comisión los incorpora como parte de este informe, cuyo resumen se presenta a continuación:
Colegio de Médicos Veterinarios de Puerto Rico
En su Memorial Explicativo, el Colegio de Médicos Veterinarios de Puerto Rico (CMVPR) reconoció la importancia científica y jurídica de contar con una estructura formal que garantice la preservación y el análisis adecuado de evidencia en los casos donde los animales, particularmente las mascotas, sean víctimas o parte de investigaciones criminales. Señaló que una necropsia forense correctamente realizada puede ofrecer información crítica sobre la causa y el tiempo de la muerte, el tipo de arma utilizada, el patrón de lesiones y otros hallazgos que fortalezcan las investigaciones del Ministerio Público y los procesos judiciales. [3]
No obstante, el CMVPR advirtió que actualmente en Puerto Rico no existen médicos veterinarios especializados en patología forense. En ese contexto expresó que:
[s]in embargo, es necesario destacar que en Puerto Rico no contamos actualmente con médicos veterinarios especialistas en patología con una subespecialidad en patología forense. Esta subespecialidad se ofrece únicamente en dos universidades en los Estados Unidos: University of Florida y Cornell University, y requiere una formación postgraduada. Por consiguiente, cualquier plan para la creación de esta sala debe incluir una estrategia de reclutamiento, capacitación y retención de profesionales con dichas credenciales, así como una compensación adecuada y competitiva conforme al nivel de especialización y responsabilidad del cargo.[4]
En conclusión, el Colegio apoyó la medida legislativa, siempre que se identifiquen los fondos necesarios para garantizar el establecimiento, operación y sostenibilidad a largo plazo de la sala de necropsias, y que se creen plazas debidamente remuneradas para médicos veterinarios patólogos forenses y personal técnico especializado. Finalmente, reafirmó su compromiso con toda iniciativa que fortalezca la investigación de crímenes que involucren animales y ofreció su colaboración al ICF y a otras agencias en la elaboración de protocolos, estándares técnicos y procesos interagenciales que aseguren el cumplimiento de los más altos criterios científicos y éticos.
Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa
En su Memorial Explicativo, la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL) planteó que la aprobación de la R. C. del S. 74 no tendría impacto fiscal sobre el Fondo General, ya que el estudio encomendado forma parte de las funciones ordinarias del ICF. Por tanto, no representaría un gasto marginal adicional para el erario. No obstante, el informe aclara que, de requerirse la contratación de servicios externos para la ejecución del estudio, podría evaluarse la posibilidad de asignaciones adicionales o reprogramaciones presupuestarias.[5]
En conclusión, la OPAL determinó que la R. C. del S. 74 no genera impacto fiscal directo y que el Instituto de Ciencias Forenses puede cumplir con el mandato de la medida utilizando sus recursos y capacidades actuales, en el marco de sus funciones institucionales.[6]
HALLAZGOS Y RECOMENDACIONES
Luego de examinar el texto de la R. C. del S. 74 y los memoriales recibidos, esta Comisión reconoce la validez del propósito de la medida, al procurar fortalecer las capacidades del sistema de justicia y atender con mayor rigor los casos de violencia que involucran animales. No obstante, se identifican limitaciones significativas de carácter técnico, fiscal y administrativo que impiden avalar su aprobación en este momento.
La creación de una sala de necropsias animales requeriría personal altamente especializado, infraestructura adecuada, equipos de laboratorio y un presupuesto adicional para su mantenimiento y operación. Dado que la medida delega estas funciones en el Instituto de Ciencias Forenses, resulta indispensable contar con su evaluación técnica y fiscal para determinar la viabilidad del proyecto.
A esos fines, esta Comisión realizó solicitudes formales de memorial explicativo al Instituto de Ciencias Forenses el 23 de julio, 3 de septiembre, 17 de septiembre y 27 de octubre de 2025, sin recibir respuesta. La falta de insumo por parte de la agencia directamente responsable de ejecutar la medida impide conocer su capacidad operativa y presupuestaria, así como su posición institucional sobre la propuesta.
En vista de que la resolución incide de manera directa sobre las funciones, recursos y obligaciones del Instituto de Ciencias Forenses, y ante la ausencia de su opinión oficial, esta Comisión entiende que no resulta prudente recomendar la aprobación de la medida.
Cualquier determinación sobre su viabilidad debe surgir de un análisis técnico, fiscal y programático emitido por el propio Instituto, que asegure la sostenibilidad y efectividad del proyecto a largo plazo. Además, según expresó el propio Colegio de Médicos Veterinarios en Puerto Rico, actualmente no contamos con los profesionales capacitados para operar la sala especializada propuesta en la presente medida.
IMPACTO FISCAL MUNICIPAL
En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley Núm. 107-2020, según enmendada, conocida como, “Código Municipal de Puerto Rico”, la Comisión de Innovación, Reforma y Nombramientos del Senado de Puerto Rico, certifica que la R. C. del S. 74, no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales.
CONCLUSIÓN
La Comisión de Innovación, Reforma y Nombramientos del Senado de Puerto Rico reconoce el valor de la iniciativa al proponer un mecanismo que podría fortalecer la investigación de delitos en los que los animales sean víctimas o elementos de evidencia. No obstante, los planteamientos expresados por el Colegio de Médicos Veterinarios de Puerto Rico revelan limitaciones sustantivas que deben atenderse antes de avanzar con la medida: la ausencia de patólogos veterinarios forenses en la Isla, la falta de un plan estructurado de adiestramiento y reclutamiento, y la necesidad de asignar fondos recurrentes para garantizar la sostenibilidad de la propuesta. A ello se suma que el Instituto de Ciencias Forenses no emitió su posición oficial, lo que impide conocer la factibilidad técnica y fiscal del proyecto.
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Innovación, Reforma y Nombramientos del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, no recomienda a este Honorable Cuerpo la aprobación de la R.C. del S. 74.
RESPETUOSAMENTE SOMETIDO,
Thomas Rivera Schatz
Presidente
Comisión de Innovación,
Reforma y Nombramientos
del Senado de Puerto Rico
Véase, Título de la R. C. del S. 74. ↑
Véase, Exposición de Motivos de la R. C. del S. 74. ↑
Véase, Memorial Explicativo del Colegio de Médicos Veterinarios de Puerto Rico sobre la R. C. del S. 74. ↑
Id. ↑
Véase, Memorial Explicativo de la OPAL sobre la R. C. del S. 74. ↑
Véase, Memorial Explicativo de la OPAL sobre la R. C. del S. 74. ↑
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