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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 1ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

R. C. del S. 76

27 de junio de 2025

Presentada por el señor Reyes Berríos

Coautor el señor Santos Ortiz

Referida a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor

RESOLUCIÓN CONJUNTA

Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) y a la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) a realizar, con carácter de urgencia, todas las obras de rehabilitación, corrección de derrumbes, reparación de imperfecciones y mejoras estructurales necesarias en la Carretera Estatal PR-167, particularmente en los tramos que discurren por los municipios de Naranjito y Comerío; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Carretera Estatal PR-167 es una vía de comunicación vital que conecta los Municipios de Naranjito y Comerío con otros pueblos del interior y el área metropolitana de Puerto Rico. Esta carretera es utilizada diariamente por miles de residentes para acudir a sus trabajos, escuelas, centros de salud y servicios esenciales. Asimismo, es una vía estratégica para el transporte comercial, agrícola y de emergencia.

No obstante, en los últimos años la PR-167 ha sufrido un deterioro significativo que pone en riesgo la seguridad de sus usuarios. En diversos tramos de la vía, especialmente en las zonas montañosas que atraviesan los Municipios de Naranjito y Comerío, se han reportado derrumbes, grietas, erosión de taludes, asfalto en condiciones precarias, falta de iluminación y sistemas de drenaje colapsados. Estos problemas, no solo entorpecen el tránsito y aumentan el riesgo de accidentes, sino que también limitan el desarrollo económico y social de la región.

La seguridad vial es una responsabilidad indelegable del Estado. Corresponde al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) y a la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) velar por la conservación adecuada de las vías estatales. Resulta imperativo que se tomen acciones inmediatas para corregir las condiciones peligrosas en esta carretera, en atención a la seguridad y bienestar de los ciudadanos que la transitan diariamente.

RESUÉLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Sección 1.- Se ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) y a la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) a realizar, con carácter de urgencia, todas las labores necesarias de rehabilitación, reparación de derrumbes, corrección de imperfecciones estructurales y mejoras viales en la Carretera Estatal PR-167, particularmente en los tramos que discurren por los Municipios de Naranjito y Comerío.

Sección 2.- Las agencias antes mencionadas deberán realizar una evaluación técnica y estructural de la PR-167 en un plazo no mayor de treinta (30) días a partir de la aprobación de esta Resolución Conjunta. Dicha evaluación deberá identificar de forma precisa las zonas críticas, su grado de deterioro y las medidas correctivas recomendadas.

Sección 3.- En o antes de sesenta (60) días contados a partir de la aprobación de esta Resolución Conjunta, el DTOP y la ACT deberán presentar ante las Secretarías de la Cámara de Representantes y del Senado de Puerto Rico un informe con el plan de acción, estimados de costo, cronograma de ejecución y fuentes de financiamiento disponibles.

Sección 4.- Esta Resolución Conjunta entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

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