GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 2da. Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
P. de la C. 736
INFORME POSITIVO
18 de noviembre de 2025
AL SENADO DE PUERTO RICO:
La Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, previo al estudio y consideración del P. de la C. 736, recomienda a este Alto Cuerpo su aprobación con enmiendas.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto de la Cámara 736, según radicado, tiene como propósito enmendar los Artículos 3, 7, 8 y 9 de la Ley 42-2023, conocida como “Ley de Capacitación y Planificación para la Seguridad Financiera y el Desarrollo Económico de la Fuerza Laboral en Puerto Rico,” a fin de modificar la composición de los Grupos Especiales de Trabajo para la implementación de la ley; designar al Departamento de Hacienda como la agencia responsable de la creación del programa voluntario de ahorro para el retiro y para otros fines.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
El Proyecto de la Cámara 736 (P. de la C. 736), presentado el 30 de junio de 2025 por petición de AARP Puerto Rico, tiene como objetivo principal enmendar varios artículos de la Ley 42-2023, conocida como la "Ley de Capacitación y Planificación para la Seguridad Financiera y el Desarrollo Económico de la Fuerza Laboral en Puerto Rico".
El proyecto busca modificar la composición de los Grupos Especiales de Trabajo para la implementación de la ley y, designar al Departamento de Hacienda como la agencia responsable de la creación del programa voluntario de ahorro para el retiro del
sector privado.
La Exposición de Motivos destaca que la Ley 42-2023 estableció una política pública esencial para fomentar la planificación y el ahorro para el retiro, con el objetivo de evitar que futuras generaciones enfrenten la jubilación en condiciones de pobreza. Actualmente, más del 60% de los beneficiarios del Seguro Social en Puerto Rico dependen exclusivamente de su pensión como fuente de ingresos. Para garantizar la implementación efectiva de esta legislación, se identificó la necesidad de realizar enmiendas técnicas.
La razón principal para estas modificaciones es la urgencia de asignar a una agencia gubernamental la administración del programa de ahorro. Aunque inicialmente esta responsabilidad fue delegada a un grupo de trabajo liderado por la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras (OCIF), un análisis comparativo reveló que, en otras jurisdicciones, estos programas suelen estar bajo la supervisión del Departamento del Tesoro estatal, equivalente al Departamento de Hacienda en Puerto Rico, debido a sus implicaciones contributivas.
Además, se argumenta que la OCIF, como entidad reguladora del sistema financiero, no debe encargarse del diseño del programa, ya que posteriormente le correspondería fiscalizarlo, lo que podría representar un conflicto de funciones. Por ello, la medida transfiere esta responsabilidad al Departamento de Hacienda, considerándolo el organismo con mayor capacidad técnica y administrativa para liderar el desarrollo e implementación del programa.
La propuesta legislativa propone las siguientes modificaciones a la Ley 42-2023:
Como parte del análisis del Proyecto de la Cámara 736, esta Comisión solicitó memoriales e informes a las siguientes entidades: Departamento de Hacienda, Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF), OCIF, OATRH y la Oficina de Presupuesto y Análisis Legislativo (OPAL). Al momento de redactar este informe, solo se ha recibido el memorial de la AAFAF. No obstante, la Comisión de Hacienda de la Cámara ha compartido memoriales adicionales de la AAFAF, AARP y OPAL.
AMERICAN ASSOCIATON OF RETIRED PERSONS (AARP)
La “American Association of Retired Persons” de Puerto Rico expresó su respaldo a la medida, reconociendo la urgencia de establecer un programa voluntario de ahorro para el retiro en el sector privado. Aunque el P. de la C. 736 asigna al Departamento de Hacienda la responsabilidad principal, AARP recomienda que el diseño del programa recaiga exclusivamente en la Administración de los Sistemas de Retiro (ASR), dada su experiencia reciente en sistemas de contribución definida. Esta sugerencia busca evitar un conflicto de funciones con la OCIF. AARP coincide en que Hacienda debe conservar la autoridad para reglamentar e implementar el programa voluntario de ahorro.
AUTORIDAD DE ASESORÍA FINANCIERA Y AGENCIA FISCAL (AAFAF)
La AAFAF compareció ante las comisiones de Hacienda de la Cámara (agosto de 2025) y del Senado (octubre de 2025), presentando una postura fiscal uniforme. Reconoce el valor de la iniciativa para mejorar la calidad de vida de los trabajadores, pero advierte sobre posibles impactos fiscales indirectos derivados de la reasignación de funciones interagenciales, la reglamentación del programa y el desarrollo de infraestructura administrativa y tecnológica para su implementación. Por tanto, condiciona su deferencia a que los comentarios de las agencias pertinentes cumplan con el Plan Fiscal Certificado y el presupuesto balanceado, conforme a la Ley PROMESA.
OFICINA DE PRESUPUESTO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA (OPAL)
La Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa, evaluó el Proyecto de la Cámara 736 y concluyó que no tiene impacto fiscal (NIF). La medida propone enmiendas técnicas a la Ley 42-2023 para clarificar la composición de los Grupos Especiales de Trabajo y designar al Departamento de Hacienda como la agencia responsable del programa voluntario de ahorro para el retiro del sector privado. OPAL determinó que esta reasignación de funciones no implica nuevos gastos ni afecta los ingresos del erario, ya que los costos asociados ya están contemplados en el marco de la ley vigente. Por tanto, la propuesta no representa una carga adicional para el Fondo General.
Resumen del Informe de la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL) Informe 2026-114 – Septiembre 2025
IMPACTO FISCAL MUNICIPAL
En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA, certifica que el P. de la C. 736, no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales.
CONCLUSIÓN
La Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA, respalda favorablemente las enmiendas contenidas en el Proyecto de la Cámara 736 (P. de la C. 736), las cuales proponen ajustes técnicos a la Ley 42-2023. Esta medida redefine la composición del Grupo Especial de Trabajo y designa al Departamento de Hacienda como la entidad responsable de desarrollar el programa voluntario de ahorro para el retiro del sector privado, en sustitución de la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras (OCIF). Asimismo, reduce de un (1) año a seis (6) meses el plazo para la presentación de recomendaciones, promoviendo así una implementación más ágil y efectiva.
Estas enmiendas fortalecen la política pública al clarificar los roles institucionales y asignar la responsabilidad de diseño e implementación a la agencia con mayor peritaje en asuntos contributivos, evitando posibles conflictos de funciones regulatorias. La medida contribuye a establecer una estructura operativa más coherente y eficiente, clave para fomentar la seguridad financiera de los trabajadores del sector privado.
Finalmente, el Informe 2026-114 de la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL), refiere que, la iniciativa no representa impacto fiscal (NIF) y que, la reasignación de funciones no conlleva nuevas erogaciones presupuestarias, ya que los costos asociados están contemplados dentro del marco de la Ley 42-2023.
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y PROMESA del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, recomienda la aprobación del P. de la C. 736, con enmiendas.
Respetuosamente sometido,
Hon. Migdalia Padilla Alvelo
Presidenta
Comisión Hacienda, Presupuesto y PROMESA
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