GOBIERNO DE PUERTO RICO
20 ma Asamblea 1 ra Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
R. del S. 211
27 de mayo de 2025
Presentada por la señora Soto Aguilú
Referida a
RESOLUCIÓN
Para ordenar a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la viabilidad de construir un tramo de acera de aproximadamente dos (2) kilómetros entre el casco urbano de Sabana Grande y el Santuario de la Virgen del Rosario en el barrio Rincón, con el propósito de garantizar el acceso seguro a miles de peregrinos, incluyendo personas mayores, niños y personas con impedimentos; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El municipio de Sabana Grande alberga uno de los lugares de mayor arraigo religioso y cultural del suroeste de Puerto Rico: el Santuario de la Virgen del Rosario, también conocido como la Virgen del Pozo, ubicado en el barrio Rincón. Desde hace más de setenta años, este lugar ha sido destino de peregrinación para decenas de miles de personas a lo largo del año, particularmente durante las festividades religiosas del mes de mayo.
Más allá del contenido devocional, el Santuario se ha convertido en un espacio de identidad colectiva y encuentro intergeneracional, visitado por personas mayores, familias completas, ciclistas, deportistas, niños y peregrinos de múltiples municipios. Muchos realizan trayectos de varios kilómetros caminando desde el casco urbano del pueblo, como parte de su práctica espiritual o cultural. En la parte superior del santuario, además, se ubica un parque recreativo para niños, lo que convierte la zona en un espacio de interacción comunitaria y turismo religioso.
No obstante, existe una carencia crítica de infraestructura peatonal. A pesar de que una parte del trayecto cuenta con aceras, un tramo de aproximadamente dos kilómetros carece por completo de estas, obligando a los peregrinos a caminar por el borde de la carretera. Esta deficiencia representa un riesgo real y documentado para la seguridad vial, incluyendo la muerte de al menos una persona de edad avanzada. Durante las visitas al lugar, se observan niños en coches, personas con bastones o sillas de ruedas, y caminantes desprotegidos.
En múltiples jurisdicciones del mundo, las rutas de peregrinación o tránsito peatonal masivo cuentan con protección e infraestructura adecuada. Este no puede ser un caso distinto. La construcción de aceras seguras y accesibles no es solo una necesidad física, sino una afirmación del derecho a la movilidad digna, a la libertad religiosa, y a la protección de la vida humana.
Esta resolución busca investigar el estado de planificación, estudios de viabilidad y financiamiento de esta obra esencial, e identificar los pasos necesarios para su inclusión en el presupuesto público o en proyectos de infraestructura del DTOP o de la Autoridad de Carreteras y Transportación.
RESUELVESE POR EL SENADO DE PUERTO RICO:
Sección 1.- Se ordena a la Comisión de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la viabilidad de construir un tramo de acera de aproximadamente dos (2) kilómetros entre el casco urbano de Sabana Grande y el Santuario de la Virgen del Rosario en el barrio Rincón, con el propósito de garantizar el acceso seguro a miles de peregrinos, incluyendo personas mayores, niños y personas con impedimentos.
Sección 2.- La investigación incluirá, pero no se limitará a:
La evaluación del volumen de peregrinos y flujo peatonal registrado anualmente hacia el Santuario;
la revisión de accidentes, fatalidades o incidentes relacionados con la falta de infraestructura peatonal;
la recopilación de estudios técnicos y mapas viales del DTOP y la ACT;
la identificación de terrenos, servidumbres y necesidades presupuestarias;
y la comparecencia de funcionarios municipales y estatales para detallar pasos tomados o pendientes en torno al proyecto.
Sección 3.- La Comisión rendirá un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, en un término no mayor de noventa (90) días a partir de la aprobación de esta Resolución.
Sección 4.- Esta Resolución entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.