GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 2da. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. de la C. 764
12 DE AGOSTO DE 2025
Presentado por la representante Burgos Muñiz
Referido a la Comisión de Reorganización, Eficiencia y Diligencia
LEY
Para derogar la Ley Núm. 266 de 11 de septiembre de 1998, conocida como “Ley de Fluoruración de las Aguas Potables en Puerto Rico”, por esta ser obsoleta e inoficiosa.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Mediante la Ley Núm. 266 de 11 de septiembre de 1998 se estableció en Puerto Rico la fluoruración del agua potable a los fines de autorizar al Departamento de Salud a establecer los parámetros de cantidad y calidad del agua con este mineral. Así como promulgar la reglamentación para implementar dicha Ley. Además, ordenaba a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados adquirir el equipo necesario y los fondos para viabilizar el establecimiento de la fluoruración del agua potable en los sistemas públicos y privados de Puerto Rico.
De otra parte, en la Exposición de Motivos de la referida legislación se reconoce que la finalidad de adoptarla fue principalmente como “ayuda a la prevención de enfermedades bucales en Puerto Rico”. Por tal razón, en el Artículo 2 se establece que es de “alto interés público de este Gobierno asegurar que se controle y disminuya la incidencia de caries dentales”. Por ello, se estableció un programa permanente de prevención de las caries a través de la fluoración de los sistemas públicos y privados de agua potable en Puerto Rico.
Ahora bien, desde hace varios años se ha venido cuestionado el uso del fluoruro en el agua potable. Surge información de que a pesar de que Puerto Rico fue de los primeros territorios de los Estados Unidos en implementar un plan piloto en la década de los 50 para la fluoruración del agua potable, no se le aplica fluoruro al agua desde hace años. Ante eso, de un reportaje periodístico[1] se destaca que el director ejecutivo del área de cumplimiento ambiental y control de calidad de la AAA, Orlando Rodríguez Hernández, catalogó de “información nueva”, el añadir fluoruro al agua. Además, resaltó “[n]osostros no aplicamos fluoruro en el agua, pero decir que es por falta de fondos es incorrecto, ya que podría dar la impresión de que es necesario, pero no lo hacemos por no tener los chavos”. Este planteamiento surge ya que en otros reportajes se aludía a que la falta de fluoruro al agua era por no contar con los fondos para ello.
De igual manera, el funcionario reconoció que el agua potable en Puerto Rico cumple con las regulaciones locales y federales. Esto ante cuestionamientos de las razones por las cuales no se cumple con esta Ley. En esa línea, en el mismo artículo periodístico se desprende que el Departamento de Salud en declaraciones escritas reconoce que “[l]a fluoruración del agua es un tema de debate nacional en Estados Unidos, impulsado por nuevos estudios, decisiones judiciales y cambios de administración gubernamental”. El pasado año, el juez federal de distrito, Edward Chen, dictaminó que existe evidencia científica en torno a los riesgos para la salud del fluoruro al ingerirlo en los niveles prescritos y que se requiere una regulación más estricta bajo la Ley de Control de Sustancias Tóxicas de 2016. Esta Ley ofrece la ruta legal para que la ciudadanía peticione a la Agencia de Protección Ambiental, EPA, por sus siglas en inglés, que considere si una sustancia química industrial presenta riesgos a la salud. Por lo que se ordenó que la Agencia de Protección Ambiental, regule aún más el fluoruro porque sus niveles elevados podrían suponer un riesgo irrazonable para el desarrollo intelectual de los niños[2].
Por su parte, en marzo del año en curso Utah se convirtió en el primer estado en validar la prohibición del fluoruro del agua comunitaria. También, Florida avaló una medida a tales fines. A esto se le suma que en Pensilvania se han presentado diversos proyectos para que se prohíba añadir fluoruro en el agua de todo el estado. Así como diversos municipios de estados se han movido a propulsar la eliminación de este mineral de sus aguas[3].
Por tanto, si se ha reconocido que no se ha cumplido con lo ordenado por disposición de esta Ley y que han surgido nuevos estudios, decisiones judiciales y cambios en la administración gubernamental federal para eliminar el uso del fluoruro en el agua potable, no hay razón para que la Ley Núm. 266 de 11 de septiembre de 1998, permanezca vigente.
DECRÉTASE POR LA A SAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1.- Se deroga la Ley Núm. 266 de 11 de septiembre de 1998, por esta ser obsoleta e inoficiosa.
Artículo 2.-Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
Sin floruro el agua en Puerto Rico por falta de fondos [El Nuevo Día, 09/12/2024]. Recuperado de https://www.elvocero.com/gobierno/sin-fluoruro-el-agua-en-puerto-rico-por-falta-de-fondos/article_40132bee-b613-11ef-bdb7-cf187df9c31f.html ↑
Food & Water Watch, Inc. v. United States Environmental Protection Agency, 17, cv-02162-EMC. Recuperado de chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://cand.uscourts.gov/wp-content/uploads/2024/09/17-cv-2162-Food-_-Water-Watch-Inc.-et-al.-v.-EPA-et-al-Opinion.pdf ↑
¿Seguirá Pensilvania a otros estados y prohibirá el flúor? Recuperado de https://fluoridealert.org/es/news/will-pennsylvania-follow-other-states-in-banning-fluoride/ ↑
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