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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20 ma.	Asamblea	2 da.	Sesión
	Legislativa		Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO
R. del S. 310 
		22 de septiembre de 2025
Presentada por la señora Álvarez Conde
Referida a la Comisión de Asuntos Internos

RESOLUCIÓN

Para ordenar a la Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales a realizar una investigación sobre tuberías y desperdicios de aguas negras en el mar y otros cuerpos de agua, con especial atención en los posibles daños ambientales; retos administrativos, consecuencias e identificación de soluciones a corto y largo plazo; y para fines relacionados. 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
        La contaminación de cuerpos de agua con aguas negras no es un asunto abstracto: es una amenaza directa a la salud pública, a los ecosistemas costeros y a la economía turística de Puerto Rico. El marco legal y regulatorio ya reconoce la obligación de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA/PRASA) de operar y mantener su sistema de alcantarillado y plantas de tratamiento conforme a normas federales y estatales, incluyendo un "consent decree" con la EPA y el Departamento de Justicia que exige mejoras sustanciales al sistema sanitario y de tratamiento de aguas residuales. La vigencia y recientes modificaciones de ese acuerdo refuerzan que el incumplimiento no es aceptable y que la supervisión debe ser estricta, transparente y basada en datos. 
       Los hechos en el terreno muestran la urgencia. En el área metropolitana, el Estuario de la Bahía de San Juan documentó un desborde de aguas residuales por fallo en bombas sanitarias el 21 de marzo de 2023, afectando calles del Condado y la Reserva Natural Estuarina de la Laguna del Condado; en días subsiguientes, los monitoreos reportaron excedencias de enterococos en sectores de la laguna. Estos episodios obligaron a exhortar a la ciudadanía a mantenerse fuera de la zona hasta tener resultados seguros, evidenciando riesgos reiterados para bañistas y fauna. Es indispensable esclarecer causas, tiempos de respuesta, medidas correctivas y si existieron fallas operacionales o de mantenimiento bajo responsabilidad de la AAA. 
       En la costa noroeste, Isabela ofrece otro caso emblemático. Organizaciones comunitarias y ambientales detectaron en 2025 una tubería descargando aguas sanitarias no tratadas en la quebrada Los Cedros, justo en el límite con Aguadilla, provocando mortandad de mangles recién sembrados y elevando el riesgo sanitario para comunidades y usuarios de playas cercanas. Este hallazgo fue reportado y está bajo investigación de la EPA, mientras que boletines y muestreos del programa Blue Water Task Force de Surfrider han señalado episodios con resultados bacteriológicos preocupantes en playas de Isabela, incluyendo la primera vez que Middles reportó niveles altos desde que se monitorea. La pregunta no es si hay un problema, sino por qué persiste y qué hará la AAA para detenerlo en su origen. 
        Además, el propio monitoreo ciudadano y técnico ha ampliado su cobertura en Isabela: en 2024 se añadió el punto de descarga de la planta de tratamiento de aguas residuales del municipio, cuyo efluente desemboca en el Atlántico cerca de playas populares como Villa Pesquera y la Pocita de la Princesa. La presencia de un emisario de aguas tratadas en proximidad a balnearios exige protocolos robustos de operación, alarmas, contingencias y publicación de datos en lenguaje claro y oportuno, especialmente tras eventos de lluvia o fallas mecánicas. Un programa de vigilancia independiente revela tanto la utilidad del escrutinio público como la necesidad de que la AAA publique, en tiempo real, datos de calidad y cumplimiento. 
        Por todo lo anterior, se justifica una investigación legislativa y/o administrativa con al menos estos objetivos: (1) auditar la operación y mantenimiento de estaciones de bombeo y colectores en zonas críticas (Condado-Laguna del Condado e Isabela-Los Cedros); (2) requerir a la AAA cronogramas de corrección, inversiones y redundancias para eliminar descargas y desbordes; (3) estandarizar reportes públicos semanales de calidad de agua (enterococos, E. coli) y de incidentes (fecha, causa, duración, volumen estimado), integrados con los portales de salud ambiental y de las agencias federales pertinentes; y (4) evaluar el cumplimiento de la AAA con el "consent decree" y sus modificaciones, con métricas verificables de reducción de desbordes, cierre de conexiones ilegales y resiliencia climática de la infraestructura. La evidencia en Condado y en Isabela, sumada a obligaciones ya reconocidas por la EPA, amerita que la AAA rinda cuentas con datos, plazos y resultados, ante las comunidades que dependen de aguas limpias para vivir, trabajar y recrearse. 
RESUÉLVESE POR EL SENADO DE PUERTO RICO:
Sección 1.- Se ordena a la Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales a realizar una investigación sobre tuberías y desperdicios de aguas negras en el mar y otros cuerpos de agua, con especial atención en los posibles daños ambientales; retos administrativos, consecuencias e identificación de soluciones a corto y largo plazo.
Sección 2.- La Comisión podrá celebrar vistas públicas; citar funcionarios y testigos; requerir información, documentos y objetos; y realizar inspecciones oculares, a los fines de cumplir con el mandato de esta Resolución de conformidad con el Artículo 31 del Código Político de Puerto Rico de 1902.
Sección 3.- La Comisión deberá rendir informes continuos al Senado de Puerto Rico con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones. Deberán presentar un primer informe dentro de sesenta (60) días después de la aprobación de esta Resolución; y un informe final antes de la conclusión de la Vigésima Asamblea Legislativa.
Sección 4.- Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

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