GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 2da. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. de la C. 466
2 DE OCTUBRE DE 2025
Presentada por la representante Martínez Soto
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
RESOLUCIÓN
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva, sobre el estatus de la reconstrucción, conservación histórica, financiamiento y cronograma de obras del puente de hierro conocido como Puente de las Calabazas en la Carretera PR-14, kilómetro 38.8, sector Calabazas del Municipio de Coamo; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Puente de las Calabazas -también conocido como puente sobre el Río Cuyón- es una estructura de celosía metálica (lattice girder) construida en 1882 como parte de la histórica Carretera Central. La ingeniería del puente se atribuye a Raimundo (Ricardo) Camprubí, y la superestructura metálica fue fabricada por la firma belga Eugene Rollin & Co.; la obra fue inscrita en el Registro Nacional de Lugares Históricos de los Estados Unidos el 17 de febrero de 2009 (ref. 09000042), reconociéndose su valor patrimonial y técnico dentro del sistema vial histórico del país. Está ubicado en la PR-14, km 38.8, en el sector Calabazas de Coamo, dentro del corredor de la antigua Carretera Central (PR-1/PR-14/PR-735), y constituye uno de los ejemplos más notables de puentes de celosía de hierro del siglo XIX aún documentados en Puerto Rico.
Tras los eventos atmosféricos y el deterioro acumulado, en agosto de 2021 la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) y el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) anunciaron la instalación de un puente modular de acero temporero para atender la conexión sobre el Río Cuyón, lo que conllevó el cierre total del tramo mientras se ejecutaban los trabajos. Posteriormente, el Municipio Autónomo de Coamo informó la reapertura al tránsito del tramo de la PR-14 en el sector Calabazas, lo que devolvería conectividad a residentes y comercios de la zona; sin embargo, persisten interrogantes públicas sobre el alcance final de la obra permanente, la preservación de elementos históricos, la fuente y el estado de los fondos, y el cronograma definitivo de la reconstrucción integral.
Dado el valor histórico del activo, la coordinación interagencial con la Oficina Estatal de Conservación Histórica (SHPO, por sus siglas en inglés) y el Instituto de Cultura Puertorriqueña (ICP) resulta indispensable y urgente, para asegurar que cualquier intervención cumpla con los estándares de preservación aplicables y con las mejores prácticas para bienes inscritos en el Registro Nacional, a la par con la necesidad apremiante de seguridad vial y resiliencia ante eventos extremos.
En virtud de lo anterior, esta Asamblea Legislativa entiende necesario ordenar una investigación legislativa que provea transparencia, rinda cuentas al país y facilite soluciones concretas, incluyendo alternativas de conservación, diseño final, etapas de construcción, manejo del tránsito, y el detalle de asignaciones y desembolsos estatales y/o federales, incluyendo los relacionados con FEMA y la Oficina Central de Recuperación (COR3).
RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1. - Investigación y alcance. Se ordena a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes a realizar una investigación amplia y detallada sobre el estatus de la reconstrucción del Puente de las Calabazas en la PR-14, km 38.8, sector Calabazas de Coamo, incluyendo, sin limitarse:
el diseño final de la solución permanente, su alineamiento con estándares de preservación histórica y medidas de seguridad vial;
el estado de permisos, consultas y coordinaciones con la Oficina Estatal de Conservación Histórica (SHPO), el Instituto de Cultura Puertorriqueña (ICP) y, de aplicar, el Servicio de Parques Nacionales de los Estados Unidos;
el presupuesto, fuentes de financiamiento y cronograma (incluyendo obligaciones y desembolsos de FEMA/COR3, fondos estatales y municipales);
el plan de manejo de tránsito, accesos peatonales, mitigación ambiental e hidráulica, y resiliencia ante crecidas del Río Cuyón; y
la documentación y preservación de componentes originales del puente histórico, así como alternativas de interpretación patrimonial (in situ o mediante relocalización museográfica, si fuere necesario).
Sección 2. -Para llevar a cabo los fines de esta Resolución Conjunta, la Comisión podrá solicitar documentos, contratos, órdenes de cambio, cronogramas, estudios e informes de cumplimiento a la Autoridad de Carreteras y Transportación, al Departamento de Transportación y Obras Públicas, a la Oficina Central de Recuperación, Reconstrucción y Resiliencia, a la Oficina Estatal de Conservación Histórica, al Instituto de Cultura Puertorriqueña, al Municipio Autónomo de Coamo, y a cualquier otra entidad pública o privada pertinente.
Sección 3.- La Comisión deberá comunicar a la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico el resultado de su investigación, mediante la radicación de un informe en los cuales detalle sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, sobre la materia objeto de esta resolución, dentro de la duodécima Asamblea Legislativa.
Sección 4.-Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.