GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 3ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO
R. de la C. 404
INFORME FINAL
13 de febrero de 2026
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
La Comisión de la Región Metro de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, en cumplimiento de su responsabilidad de atender los asuntos que inciden directamente en el desarrollo, la seguridad y la calidad de vida de los municipios bajo su jurisdicción, somete el presente Informe Final, el cual recoge los hallazgos, conclusiones y recomendaciones producto de la investigación realizada.
La Resolución de la Cámara 404 tiene el propósito de:
Para ordenar a la Comisión de la Región Metro de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la merma de personal de LUMA Energy, LLC en los municipios que componen la Región Metro y el impacto directo que esta reducción ha tenido en la tardanza del restablecimiento del servicio eléctrico, afectando el bienestar y la seguridad de los ciudadanos.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Resolución de la Cámara 404 ordena a la Comisión de la Región Metro de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva en torno a la alegada merma de personal técnico y de campo de LUMA Energy, LLC en los municipios que componen la Región Metro, así como el impacto directo que dicha reducción pudiera estar teniendo en los tiempos de respuesta y restablecimiento del servicio eléctrico.
La Exposición de Motivos establece que, durante los pasados meses, se ha observado con creciente preocupación una reducción en el personal asignado a la Región Metro, lo cual se alega coincide con un aumento significativo en el tiempo de restablecimiento del servicio eléctrico tras interrupciones programadas e imprevistas. La medida identifica como particularmente afectados los municipios de San Juan, Guaynabo, Cataño, Bayamón, Carolina, Trujillo Alto y Aguas Buenas, que constituyen la zona de mayor densidad poblacional y actividad económica del País.
En ese contexto, la Resolución plantea la necesidad de determinar si la reducción de personal responde a una estrategia administrativa de la empresa y si tal acción pudiera constituir un incumplimiento de las obligaciones contractuales relacionadas con la operación eficiente y confiable del sistema eléctrico.
En síntesis, la Resolución persigue ejercer el deber fiscalizador inherente a la Asamblea Legislativa en relación con la prestación de un servicio público esencial, con el propósito de determinar si la estructura operacional y la cantidad de recursos humanos de LUMA Energy garantizan la continuidad, confiabilidad y eficiencia del servicio, conforme a los estándares contractuales y regulatorios aplicables.
METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION
En cumplimiento con lo ordenado por la Resolución de la Cámara 404, la Comisión de la Región Metro llevó a cabo una investigación estructurada mediante la celebración de vistas públicas, el requerimiento de información documental y la evaluación de memoriales explicativos presentados por las entidades citadas.
Como parte del proceso investigativo, se citó formalmente a LUMA Energy, LLC para comparecer a vista pública. Durante su comparecencia, la entidad presentó su posición oficial respecto a los planteamientos contenidos en la Resolución y respondió a las interrogantes formuladas por los miembros de la Comisión. Posteriormente, la Comisión requirió documentación adicional relacionada con la dotación de personal, estadísticas operacionales, estructura organizacional y otros datos pertinentes al objeto de la investigación. Dicha información fue recibida e incorporada al expediente legislativo para su análisis.
Asimismo, se citó al Negociado de Energía de Puerto Rico, compareciendo ante la Comisión el Zar de Energía, Ing. Josué A. Colón. Durante la vista pública, el funcionario expuso el marco regulatorio aplicable, los estándares de desempeño del operador del sistema eléctrico y los mecanismos de supervisión vigentes. Además, el Negociado proveyó múltiples documentos tanto en formato impreso como electrónico, los cuales fueron incorporados al expediente investigativo y evaluados por la Comisión.
De igual forma, se cursaron citaciones a los municipios de San Juan, Aguas Buenas y Guaynabo, en su carácter de componentes de la Región Metro directamente impactados por el servicio eléctrico. Aunque dichos municipios se excusaron de comparecer presencialmente a la vista pública, remitieron memoriales explicativos en los que consignaron sus observaciones, preocupaciones y datos relacionados con el funcionamiento del servicio eléctrico en sus respectivas jurisdicciones. Estos memoriales fueron examinados como parte integral del análisis de la Comisión.
La metodología adoptada permitió recopilar información institucional, datos operacionales y planteamientos oficiales de las entidades regulatorias, operacionales y municipales concernidas, asegurando que el análisis y las determinaciones de la Comisión se fundamentaran en evidencia documental y en el contraste de las distintas posiciones presentadas.
RESUMEN DE LAS COMPARECENCIAS Y EVIDENCIA DOCUMENTAL
LUMA Energy, LLC
En atención a la citación cursada por esta Comisión, compareció en representación de LUMA Energy, LLC el Lcdo. Michael Juarbe Laffitte, Vicepresidente de Asuntos de Gobierno y Política Pública, junto al Sr. Alejandro I. González Laboy, Vicepresidente de Operaciones de Distribución, y el Sr. Andy Andréu Benabe, Director de Líneas del Este.
Previo a la vista pública, LUMA sometió un Memorial Explicativo en el cual sostuvo que la premisa central de la Resolución —esto es, la alegada merma de personal técnico y de campo en la Región Metro con impacto en el restablecimiento del servicio eléctrico— es incorrecta.
LUMA argumentó que mantiene una fuerza laboral de campo robusta y flexible compuesta por aproximadamente 1,053 trabajadores distribuidos en distintos equipos operacionales, incluyendo brigadas de Averías y Operaciones (Conocido en ingles como Transmission & Distribution Operation and Maintenance Agreement, en adelante el T&O), Mantenimiento y Construcción, Soterrado, Transmisión, Subestaciones y Voltaje & Medición.
En cuanto a la Región Metro, la empresa indicó que su organización operacional no responde a municipios individuales, sino a distritos, específicamente Barranquitas, Bayamón, Canóvanas, San Juan y Toa Baja. Presentó tablas comparativas por año fiscal (AF 2023 al AF 2026) reflejando que el número total de brigadas asignadas a dichos distritos se ha mantenido esencialmente constante, con variaciones mínimas entre años fiscales.
Asimismo, reconoció que en octubre de 2025 se produjo una reducción de 168 posiciones dentro de la organización, pero sostuvo que dichas reducciones se concentraron principalmente en funciones administrativas, analíticas y de apoyo, y no impactaron directamente brigadas de campo responsables del mantenimiento, respuesta a emergencias o ejecución operacional del sistema eléctrico.
La empresa desglosó las áreas impactadas por dichas reducciones, incluyendo Finanzas, Ingeniería y Programas de Capital, Servicio al Cliente, Operaciones T&D (en funciones de apoyo), entre otras. No obstante, reiteró que las funciones críticas relacionadas con operaciones de campo, manejo de interrupciones y seguridad del sistema permanecieron con niveles de personal consistentes.
LUMA presentó información relacionada con las métricas regulatorias de confiabilidad del sistema eléctrico —conocidas por sus siglas SAIFI, SAIDI y CAIDI— explicando que dichas métricas se reportan trimestralmente al Negociado de Energía de Puerto Rico conforme a estándares internacionales.
Según la empresa, al comparar los primeros seis meses de los años fiscales 2023 al 2026 en la Región Metro, las brigadas se han mantenido prácticamente constantes mientras que las métricas de desempeño han mostrado mejoría en términos de frecuencia y duración de interrupciones. LUMA sostuvo que no existen datos que respalden la alegación de que haya habido reducción de brigadas en la Región Metro que haya comprometido la estabilidad de la red.
En su memorial, LUMA también vinculó los retos operacionales a limitaciones presupuestarias y a la falta de depósitos adecuados en la Cuenta de Reserva para Eventos de Interrupciones conforme al T&D OMA, señalando que ello ha afectado la liquidez disponible para programas operacionales esenciales. Sostuvo que una porción limitada de la tarifa eléctrica se destina a la operación y mantenimiento del sistema de transmisión y distribución, indicando que la mayoría corresponde a costos de combustible y compra de energía.
Posterior a la vista pública celebrada el 30 de enero de 2026, la Comisión requirió información adicional, la cual fue sometida formalmente mediante comunicación fechada 9 de febrero de 2026. En dicha respuesta, LUMA proveyó información detallada sobre:
A. El Programa de Alumbrado Público Comunitario en los municipios de la Región Metro, incluyendo progreso por fases y proyectos desactivados por la AEE ante FEMA
LUMA describió el alcance del programa financiado con fondos federales de FEMA, indicando el inventario total de luminarias evaluadas en cada municipio de la Región Metro, el número de luminarias que requieren reparación y el avance alcanzado en la Fase 1 del programa (reemplazo de componentes y postes secundarios). Asimismo, informó que múltiples proyectos correspondientes a las Fases 2 y 3 fueron reclasificados e inactivados en el portal de FEMA por determinaciones de la AEE, lo cual —según sostuvo— ha impactado el ritmo de ejecución de trabajos en varios municipios.
B. Progreso en el programa de despeje de vegetación en circuitos de distribución y transmisión en la Región Metro
La empresa presentó tablas detalladas con el total de millas correspondientes a líneas de distribución y transmisión en los municipios comprendidos en la Región Metro, especificando millas evaluadas, millas que requieren mantenimiento o despeje, millas ya despejadas y millas pendientes sujetas a disponibilidad de fondos federales. Además, informó sobre el primer ciclo de mantenimiento (junio 2023–junio 2025) y el calendario proyectado para el segundo ciclo de mantenimiento que se extenderá hasta diciembre de 2027.
C. Estadísticas relacionadas con turnos nocturnos, estado de reserva (“stand-by”) y estado de guardia (“on call”)
En cuanto a la disponibilidad de personal fuera del horario regular, LUMA explicó la distinción operacional entre empleados en estado de “stand-by” (personal formalmente programado y remunerado para disponibilidad inmediata) y empleados en estado “on call” (personal operativo que provee apoyo secundario y debe responder a convocatorias en un porcentaje mínimo establecido). La información fue provista a nivel de distrito —no por municipio— e incluyó datos correspondientes a los años fiscales 2024, 2025 y el primer semestre del año fiscal 2026.
La información sometida fue incorporada al expediente investigativo y constituye parte integral del análisis efectuado por esta Comisión.
ZAR DE ENERGÍA Y LA AUTORIDAD PARA LAS ALIANZAS PÚBLICO-PRIVADAS (AAPP)
Compareció ante esta Comisión el Ing. Josué A. Colón Ortiz, en su carácter de Director Ejecutivo de la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas (AAPP) y Zar de Energía, mediante ponencia escrita fechada el 28 de enero de 2026.
En su exposición, el deponente contextualizó la Resolución de la Cámara 404 dentro del marco contractual y regulatorio que rige la operación del sistema de transmisión y distribución de energía eléctrica en Puerto Rico, particularmente bajo el Acuerdo de Operación y Mantenimiento del Sistema de Transmisión y Distribución (“T&D OMA”).
El compareciente explicó que la AAPP fue creada mediante la Ley Núm. 29-2009, según enmendada, y que, conforme a dicha legislación y al reglamento aplicable, le corresponde velar por el fiel cumplimiento de los contratos de alianza suscritos por el Gobierno de Puerto Rico. De igual forma, hizo referencia a la creación de la Oficina del Zar de Energía mediante Boletín Administrativo OE-2025-005, con el propósito de fortalecer la coordinación interagencial y supervisar los esfuerzos de estabilización y modernización del sistema eléctrico del País.
En cuanto al manejo de fondos federales y su relación con la operación del sistema, la documentación suministrada por el Zar de Energía incluyó comunicaciones oficiales que evidencian controversias relacionadas con la reconciliación y utilización de adelantos bajo el programa Working Capital Advance (WCA). En carta fechada el 14 de enero de 2026, el COR3 notificó deficiencias en la reconciliación de fondos adelantados, señalando que LUMA no había cumplido con los planes de desembolso previamente informados y requiriendo la devolución de $107.7 millones correspondientes a adelantos no reconciliados. Asimismo, se indicó la imposición de restricciones adicionales hasta tanto se cumpliera con los requisitos de reconciliación establecidos por la normativa federal aplicable.
De igual manera, mediante comunicación de la AAPP fechada el 18 de abril de 2024, se discutieron señalamientos relacionados con la utilización del Operating Account y la imputación de gastos vinculados a proyectos federales, planteándose preocupaciones sobre reconciliaciones incompletas, transferencias entre cuentas y el uso de fondos operacionales para cubrir costos capitalizables. Dichos señalamientos fueron presentados dentro del marco de supervisión contractual bajo el T&D OMA y se relacionan con la gestión financiera de los proyectos de reconstrucción y modernización del sistema.
En lo concerniente a asuntos de personal y operación, la Comisión examinó la comunicación cursada por la AAPP el 20 de octubre de 2025, mediante la cual se requirió información detallada respecto a la terminación de aproximadamente 160 empleados anunciada por LUMA. En dicha comunicación se enfatizó que el T&D OMA impone obligaciones relacionadas con el mantenimiento de personal adecuado, despacho continuo y respuesta de emergencia 24/7, así como la operación conforme a prácticas prudentes de la industria eléctrica.
Asimismo, en carta de 8 de octubre de 2025, la AAPP rechazó formalmente la modificación de criterios para la activación de brigadas “on-call” fuera del horario regular, al considerar que tales medidas resultaban inconsistentes con las obligaciones contractuales asumidas por el operador bajo el T&D OMA. La referida comunicación subrayó que limitar la respuesta nocturna a eventos que afecten un número mínimo de abonados o a instalaciones críticas podría constituir una degradación material del nivel de servicio esperado conforme al marco contractual.
Finalmente, la Comisión tomó conocimiento de la notificación formal de disputas cursada por la AAPP el 22 de julio de 2025, al amparo del Artículo 15 del T&D OMA. En dicha notificación se enumeran alegados incumplimientos contractuales relacionados con manejo de fondos federales, reconciliaciones financieras, desempeño operacional y otras obligaciones asumidas por el operador. La activación del mecanismo formal de resolución de disputas constituye un elemento relevante dentro del contexto general en que se evalúa la alegada merma de personal y su impacto en la confiabilidad del sistema eléctrico.
A la luz de la ponencia y documentación presentada por el Zar de Energía y la AAPP, esta Comisión observa que la discusión sobre reducción de personal no puede analizarse de manera aislada, sino dentro de un contexto más amplio de controversias contractuales, disputas administrativas y señalamientos relacionados con la ejecución de fondos federales y la estabilidad financiera operacional del sistema. No obstante, la determinación específica sobre el impacto directo de la merma de personal en la Región Metro requiere el análisis conjunto de la evidencia presentada por LUMA, el Negociado de Energía y los municipios comparecientes.
EXPOSICIÓN Y ANÁLISIS DEL MEMORIAL DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO DE SAN JUAN
El Municipio Autónomo de San Juan remitió su memorial explicativo mediante comunicación suscrita por la Lcda. Vanessa Y. Jiménez Cuevas, Directora de la Oficina de Asuntos Legales, con fecha del 28 de enero de 2026. En su comparecencia escrita, el Municipio manifestó coincidir plenamente con la Exposición de Motivos de la Resolución de la Cámara 404, particularmente en lo relativo al impacto que las interrupciones prolongadas del servicio eléctrico han tenido sobre la calidad de vida, la actividad económica y la seguridad de los ciudadanos de la Región Metro.
El memorial destaca que los apagones recurrentes y de larga duración han afectado significativamente tanto a residentes como a comerciantes, generando pérdidas económicas sustanciales y poniendo en riesgo a poblaciones vulnerables que dependen de equipos médicos eléctricos. En ese contexto, el Municipio informó que, ante la frecuencia de interrupciones y la limitada información recibida respecto a los procesos de recuperación del sistema eléctrico, el alcalde Miguel A. Romero Lugo decretó una situación de emergencia municipal mediante la Orden Ejecutiva Núm. MSJ-073, Serie 2023-2024, promulgada el 12 de junio de 2024.
Según se consigna en el memorial, la declaración de emergencia respondió no solo a la condición del sistema eléctrico, sino también a la incertidumbre en cuanto a la ocurrencia de interrupciones y la escasa información compartida con el Municipio sobre averías, desconexiones programadas y ubicación de brigadas de Trabajo. Esta falta de comunicación efectiva, según se indicó, limitaba la capacidad de planificación institucional y comunitaria, obligando al gobierno municipal a intervenir para salvaguardar la salud, seguridad, propiedad y continuidad de servicios esenciales
La declaración de emergencia fue reafirmada por la Legislatura Municipal de San Juan mediante la Resolución Núm. 108, Serie 2023-2024, autorizando la utilización de recursos municipales para atender la situación y la concesión de ayudas económicas de emergencia tanto a comerciantes como a residentes afectados. Como resultado de dichas medidas, el Municipio informó haber otorgado asistencia económica directa a ciento veintisiete (127) comerciantes por un total aproximado de $479,000, y a trescientas ochenta y tres (383) familias por aproximadamente $269,000, para una suma total cercana a $748,000 en ayudas relacionadas a pérdidas provocadas por interrupciones eléctricas.
El Municipio indicó que actualmente mantiene comunicación constante con LUMA Energy mediante personal enlace para canalizar querellas e incidencias, tanto urgentes como rutinarias, incluyendo interrupciones de servicio, desganche de líneas y problemas recurrentes con luminarias averiadas. Asimismo, se señaló que recientemente LUMA participó por primera vez en el grupo interagencial que coordinó las Fiestas de la Calle San Sebastián 2026, lo cual permitió una respuesta rápida ante una interrupción ocurrida durante el evento.
No obstante, el memorial subraya que, aunque la comunicación ha mostrado cierta mejoría, la estabilidad del sistema eléctrico continúa siendo una problemática recurrente para residentes y comerciantes, y que resulta indispensable reducir tanto la frecuencia de las averías como los tiempos de respuesta y reparación. El Municipio concluye reconociendo los retos estructurales históricos del sistema eléctrico, pero enfatiza que ello no exime de la responsabilidad de maximizar el uso de recursos disponibles y corregir deficiencias operacionales y de gobernanza que continúan impactando directamente a la ciudadanía.
EXPOSICIÓN Y ANÁLISIS DEL MEMORIAL DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO DE AGUAS BUENAS
El Municipio Autónomo de Aguas Buenas compareció mediante deposición escrita suscrita por la Hon. Karina Nieves Serrano, Alcaldesa, en relación con la Resolución de la Cámara 404. En su exposición, la alcaldesa expresó respaldo al propósito de la medida y destacó que el municipio ha experimentado interrupciones recurrentes y prolongadas del servicio eléctrico, muchas de las cuales se han extendido por períodos significativamente mayores a los observados en años anteriores.
La deponente señaló que Aguas Buenas, como parte integral de la Región Metro, cuenta con comunidades residenciales, comercios locales y poblaciones vulnerables que dependen críticamente de un servicio eléctrico estable y confiable. Resaltó además que la topografía y características geográficas del municipio requieren una atención diligente por parte del operador del sistema eléctrico.
El memorial indica que el gobierno municipal ha recibido múltiples querellas ciudadanas relacionadas con la tardanza en la atención de averías, incluso en situaciones no asociadas a eventos atmosféricos extraordinarios. Según se expresó, estas experiencias reflejan una aparente insuficiencia de personal técnico y de campo asignado para atender oportunamente las situaciones que afectan al municipio.
Como ejemplo concreto, la Alcaldesa informó que desde el mes de agosto del año anterior se encuentra pendiente la inauguración del Centro 2 Gen ubicado en el barrio Juan Asencio, debido a la falta de servicio eléctrico. Se destacó que dicho sector es uno de los más distantes del casco urbano y alberga más de cinco pozos comunitarios que proveen agua potable, los cuales dependen directamente del suministro eléctrico. En consecuencia, cuando ocurre una interrupción del servicio, gran parte de los residentes también pierde acceso al agua, agravando significativamente la situación y afectando la salud y el bienestar de la comunidad.
La deposición enfatiza que las interrupciones prolongadas impactan directamente la calidad de vida, la seguridad y la salud de los residentes, además de generar pérdidas económicas en los comercios locales, afectar el desempeño académico de estudiantes y exponer a riesgos innecesarios a personas con condiciones de salud. Se indicó que, en múltiples ocasiones, el Municipio ha tenido que intervenir para mitigar los efectos de las interrupciones, aun cuando la responsabilidad primaria del restablecimiento del servicio recae en la empresa operadora del sistema eléctrico.
Finalmente, la Alcaldesa manifestó respaldo pleno al propósito de la Resolución, subrayando la necesidad de transparencia, rendición de cuentas y cumplimiento contractual por parte de LUMA Energy, particularmente en lo relacionado con la dotación adecuada de personal y la eficiencia operativa. Concluyó exhortando a la Comisión a continuar la investigación y evaluar las acciones correctivas necesarias para garantizar un servicio eléctrico eficiente, seguro y confiable para los municipios de la Región Metro.
EXPOSICIÓN Y ANÁLISIS DEL MEMORIAL DEL MUNICIPIO DE GUAYNABO
El Municipio de Guaynabo remitió su ponencia escrita en atención a la citación cursada por esta Comisión, excusando la comparecencia presencial de su alcalde, Hon. Edward A. O’Neill Rosa, debido a compromisos oficiales previamente calendarizados. No obstante, el Municipio expresó su disposición de colaborar con los trabajos investigativos relacionados con la Resolución de la Cámara 404.
En su memorial, el Municipio reconoció que la medida persigue investigar la merma en el personal técnico y de campo de LUMA Energy, LLC en los municipios de la Región Metro, así como el impacto que dicha situación ha tenido en el restablecimiento del servicio eléctrico. Se indicó que este asunto afecta de manera directa la continuidad de los servicios esenciales, la seguridad y la calidad de vida de las comunidades guaynabeñas.
Conforme a su rol como primera línea de respuesta ante emergencias, el Municipio informó que, entre enero y diciembre de 2025, registró un total de 166 incidentes relacionados con fallas en el sistema eléctrico. Dichos incidentes incluyeron árboles caídos sobre tendido eléctrico, postes colapsados, líneas energizadas en pavimento y transformadores con problemas. Se enfatizó que estos casos representan únicamente los incidentes reportados directamente al Municipio, y no la totalidad de querellas canalizadas directamente a LUMA por ciudadanos. Asimismo, se destacó que más del setenta y cinco por ciento (75%) de los incidentes reportados provocaron interrupciones en sectores completos del municipio.
El Municipio expresó que no recibe datos consistentes sobre tiempos de respuesta, acciones tomadas o culminación de trabajos, lo cual limita su capacidad de planificación, identificación de patrones y coordinación de respuestas más efectivas. No obstante, reconoció que mantiene comunicación directa con el presidente de LUMA Energy, quien en situaciones críticas ha respondido con prontitud una vez informado.
La ponencia detalla además el impacto económico que las interrupciones han tenido sobre el presupuesto municipal. Se informó que el Municipio ha realizado inversiones significativas para garantizar la continuidad de servicios esenciales, incluyendo la adquisición de trece (13) generadores eléctricos para estaciones de bombas de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados, con una inversión aproximada de $907,791.53. Asimismo, se adquirió un generador eléctrico para el Guaynabo Medical Mall por un costo aproximado de $1,680,000, asegurando la operación de servicios médicos críticos, incluyendo sala de emergencias, laboratorios, radiología y oficinas gubernamentales esenciales. De igual forma, se informó la adquisición de un generador para el Coliseo Mario “Quijote” Morales por aproximadamente $100,000, instalación que funge como Centro de Distribución (POD) en cumplimiento con protocolos del Departamento de Salud.
Adicionalmente, el Municipio indicó que durante eventos de interrupción prolongada activa planes de contingencia que incluyen distribución de hielo, agua potable y alimentos, activación de personal en tiempo extra, suplido de combustible y adquisición de materiales operacionales, representando una inversión significativa de recursos municipales para salvaguardar la seguridad y bienestar de los residents.
Finalmente, el Municipio subrayó la necesidad de que LUMA Energy provea información clara, verificable y accesible sobre tiempos de respuesta, protocolos de manejo de averías y estatus de querellas, de manera que se puedan implementar estrategias coordinadas que garanticen la eficiencia del sistema eléctrico y la continuidad de los servicios esenciales.
HALLAZGOS, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
De la prueba documental y testifical recibida por esta Comisión, surge que existe una preocupación consistente en los municipios de la Región Metro respecto a la frecuencia de interrupciones eléctricas y la duración de los procesos de restablecimiento del servicio.
LUMA Energy, LLC compareció y sostuvo que no ha habido una reducción de brigadas de campo en la Región Metro que comprometa la estabilidad del sistema, indicando que las variaciones en su plantilla organizacional han respondido principalmente a ajustes administrativos y funciones de apoyo, no a una disminución directa de personal técnico responsable de operaciones en campo. Asimismo, proveyó estadísticas operacionales, información sobre métricas de desempeño, asignación de brigadas por distrito y detalles relacionados con turnos nocturnos, estados “stand-by” y “on-call”, así como documentación adicional sobre alumbrado público y programas de despeje de vegetación.
Por su parte, el Zar de Energía y la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas presentaron documentación relacionada con controversias contractuales activadas bajo el mecanismo del T&D OMA, incluyendo comunicaciones sobre reconciliación de fondos federales, utilización de adelantos bajo el programa Working Capital Advance y requerimientos de información vinculados a reducciones de personal anunciadas en octubre de 2025. De la documentación surge la existencia de disputas formales bajo el Artículo 15 del T&D OMA, cuyo trámite se encuentra en curso conforme a los procedimientos contractuales establecidos.
Los municipios de San Juan, Aguas Buenas y Guaynabo expusieron que han experimentado interrupciones recurrentes y, en algunos casos, prolongadas. Informaron haber recibido múltiples querellas ciudadanas relacionadas con tardanza en la atención de averías y señalaron que la falta de información consistente sobre tiempos estimados de restablecimiento limita la planificación municipal. Asimismo, los municipios detallaron inversiones significativas de recursos municipales para mitigar el impacto de interrupciones eléctricas, incluyendo adquisición de generadores, activación de planes de contingencia y ayudas económicas directas a ciudadanos y comerciantes.
En particular, Guaynabo informó haber registrado 166 incidentes relacionados con fallas eléctricas durante el año 2025, más del 75% de los cuales provocaron interrupciones en sectores completos del municipio. Aguas Buenas describió situaciones donde interrupciones eléctricas afectan simultáneamente el acceso al agua potable debido a la dependencia de pozos comunitarios energizados. San Juan informó la activación de una emergencia municipal y la asignación de aproximadamente $748,000 en ayudas relacionadas a pérdidas provocadas por interrupciones eléctricas.
De la totalidad de la evidencia recibida no surge un consenso uniforme entre las partes sobre la existencia de una merma operacional directa en brigadas asignadas a la Región Metro. Mientras LUMA sostiene que la dotación de brigadas se ha mantenido esencialmente estable, los municipios describen experiencias prácticas que reflejan demoras significativas en ciertos eventos. La Comisión observa que ambas posturas se fundamentan en datos distintos: por un lado, métricas agregadas y estructura organizacional; por el otro, experiencias incidentales y registros municipales.
La Comisión toma nota de que existen procesos contractuales y controversias formales en curso entre la AAPP y LUMA bajo el T&D OMA. Este Informe no pretende adjudicar dichas disputas ni interferir con cualquier procedimiento administrativo o judicial pendiente.
A base exclusivamente de la información recibida, esta Comisión concluye que:
La Comisión entiende que la complejidad del sistema eléctrico, sus retos estructurales históricos y el proceso continuo de reconstrucción federal constituyen factores que deben ser considerados en cualquier análisis sobre desempeño operacional.
Sin prejuzgar controversias contractuales en curso ni emitir determinaciones sobre incumplimientos que actualmente se encuentren bajo los mecanismos formales del T&D OMA o ante foros administrativos o judiciales competentes, esta Comisión formula las siguientes recomendaciones:
Primero, que el operador del sistema eléctrico continúe proveyendo información clara, estructurada y desagregada por municipio respecto a tiempos de respuesta, activación de brigadas y métricas de restablecimiento, de manera que tanto el regulador como los gobiernos municipales puedan evaluar con mayor precisión el desempeño operacional en la Región Metro.
Segundo, que se consoliden y formalicen los canales de comunicación entre el operador y los municipios, particularmente en lo relativo a notificaciones de interrupciones programadas y no programadas, estimados de restablecimiento y actualización de estatus de trabajos, a fin de facilitar la planificación municipal y la coordinación de respuestas ante eventos prolongados.
Tercero, que el Negociado de Energía de Puerto Rico continúe ejerciendo sus facultades regulatorias conforme al marco legal y contractual vigente, asegurando el cumplimiento de las métricas de desempeño y estándares de servicio establecidos.
Cuarto, que la Asamblea Legislativa mantenga su función fiscalizadora sobre la operación del sistema eléctrico en la Región Metro mediante los mecanismos ordinarios de supervisión legislativa, a los fines de dar seguimiento a la información aquí evaluada y a cualquier desarrollo futuro relevante.
Este Informe Final recoge y analiza la información presentada ante esta Comisión y constituye el cumplimiento del mandato dispuesto en la Resolución de la Cámara 404. Las determinaciones aquí contenidas se fundamentan exclusivamente en la evidencia recibida durante el proceso investigativo y no pretenden adjudicar responsabilidades contractuales ni interferir con procedimientos pendientes ante las instancias correspondientes.
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Región Metro de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración, tiene a bien someter el Informe Final de la R. de la C. 404 con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
RESPETUOSAMENTE SOMETIDO,
Hon. Ricardo R. Ocasio Ramos
Presidente
Comisión de Región Metro
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