(TEXTO DE APROBACIÓN FINAL POR LA CÁMARA) (17 DE FEBRERO DE 2026) GOBIERNO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. 794 19 DE AGOSTO DE 2025 Presentado por la representante Burgos Muñiz Referido a la Comisión de Gobierno LEY Para declarar el 25 de marzo de cada año como el "Día del Niño por Nacer" para promover así, la celebración, el respeto y la defensa a la vida humana desde el momento de la concepción; responsabilizar al Departamento de Estado de organizar y patrocinar las actividades correspondientes a este día; y para otros fines relacionados. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Constitución de Puerto Rico en su Carta de Derechos, Sección 1, Artículo II reconoce que "[l]a dignidad del ser humano es inviolable". Además, en la Sección 7 de dicho artículo se reconoce el derecho a la vida como un derecho fundamental de todo ser humano. Por su parte, es imperativo resaltar que esta prohibición adoptada en nuestra Constitución fue avalada por el Congreso de los Estados Unidos de América. Respetándose así, la voluntad del Pueblo de Puerto Rico y la intención legislativa contenida en la Ley 42 de 26 de abril de 1929. Tras una lectura al Diario de Sesiones de la Convención Constituyente se desprende que, tras debatirse la inclusión del derecho fundamental a la vida en la Constitución, el proponente, el señor Rubén Gaztambide Arrillaga, quien fungió como vicepresidente de la Comisión de los asuntos relacionados a la Rama Legislativa y quien también formó parte del Comité para la creación de nuestra Carta de Derechos, expuso lo siguiente: […] si no se pusiera en la constitución que se reconoce el derecho a la vida como el derecho fundamental de un ser humano, no tendrían entonces ninguna protección, aquellos seres que, sin haber nacido por estar en el vientre materno, tienen derechos que hay que reconocerles en todas las constituciones del mundo (Diario de Sesiones de la Convención Constituyente, Tomo 4, página 2356, énfasis nuestro). Lo antes expuesto deja de manifiesto que la intención del proponente del derecho fundamental a la vida en nuestra Carta Magna tenía la intención de que al amparo de este derecho se proteja la vida de los seres humanos que se desarrollan en el vientre materno. Intención que cobra mayor vigencia en establecer un día en el cual honremos la vida de todos estos seres humanos. Es un hecho que en nuestro ordenamiento jurídico se promueven algunos derechos al ser humano que se desarrolla en el vientre materno. Sin embargo, aún nos queda un camino por recorrer para darle visibilidad a este ser humano que se desarrolla en el vientre materno. Celebrar el Día del Niño por Nacer, es una respuesta al interés del Estado en celebrar y promover la vida. Es un día de llamado nacional para respetar y defender la vida del ser humano por nacer. Esta medida tiene como finalidad invitar a cada ciudadano a una reflexión profunda en torno al rol fundamental de la familia como base de nuestra sociedad, el desarrollo biológico de la vida humana que solo una mujer puede portar en su seno y la dignidad inviolable de todo ser humano, que incluye la dignidad de todo niño en gestación. Al adoptar este día, nos unimos a una gran cantidad de naciones que han adoptado oficialmente esta celebración. Entre los países que se han unido a esta iniciativa se encuentran: Ecuador, Filipinas, Perú, Cuba, Eslovaquia, México, España, El Salvador, Uruguay, República Dominicana, Nicaragua, Costa Rica, Chile, Guatemala y Argentina, siendo esta la primera nación en adoptar oficialmente el 25 de marzo como el Día del Niño por Nacer. Por lo anterior, se hace meritorio que en Puerto Rico comencemos a recorrer un camino que nos permita superar el oleaje de violencia, muerte y destrucción para lograr establecer una cultura de la vida. Por tal razón, declaramos el 25 de marzo como el día oficial en que los puertorriqueños celebramos, respetamos y defendemos al niño por nacer. DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
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