(TEXTO DE APROBACIÓN FINAL POR LA CÁMARA) (8 DE SEPTIEMBRE DE 2025) gobierno de Puerto Rico 20ma Asamblea 2da Sesión Legislativa Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES R. de la C. 400 18 DE AGOSTO DE 2025 Presentada por el representante Rodríguez Aguiló y suscrito por los representantes Méndez Núñez, Morey Noble y Román López Referida a la Comisión de Asuntos Internos RESOLUCIÓN Para ordenar a la Comisión de Desarrollo Económico de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre la viabilidad, conveniencia y necesidad de establecer en Puerto Rico plantas nucleares para generación de energía eléctrica; el análisis de las nuevas tecnologías modulares para el diseño y operación de estas; la evaluación de sus características de seguridad; y para otros fines relacionados. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS A su paso, el huracán María con vientos de hasta 155 mph, destruyó nuestro sistema de energía eléctrica. A pesar de la inmediata respuesta del Gobierno de Puerto Rico, muchos sectores permanecieron por meses sin el servicio de energía eléctrica. Actualmente, nos encontramos en el proceso de reconstruir nuestra infraestructura eléctrica y de transformar el sistema eléctrico al amparo de la Ley 120-2018, conocida como la "Ley para Transformar el Sistema Eléctrico de Puerto Rico", según enmendada. Públicamente se han discutido varias alternativas que provocarían que nuestro sistema de energía eléctrica sea uno más eficiente y menos costoso. Se ha discutido en varias ocasiones la alternativa de producir nuestra energía eléctrica con gas en lugar de petróleo. Por otro lado, se ha planteado la alternativa de producir nuestra energía eléctrica con fuentes renovables, eliminando la dependencia de combustibles fósiles. Ambas alternativas tienen ventajas y desventajas para los abonados. Es nuestra posición que no debemos descartar de plano ninguna de las alternativas disponibles para transformar nuestro sistema eléctrico, incluyendo las antes mencionadas. Como norma general, los avances tecnológicos han afectado drásticamente nuestras industrias. Los sistemas nucleares de producción de energía no son una excepción a la norma antes consignada. Conforme a lo antes expuesto, los sistemas nucleares de producción de energía cuentan con medidas de seguridad y operación en los que se ha integrado la nueva tecnología. Entendemos que en la coyuntura en que nos encontramos, se debe auscultar si las nuevas medidas de seguridad hacen viable que en la Isla se establezca una planta nuclear para la producción de energía. Sección 1.-Se ordena a la Comisión de Desarrollo Económico de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre la viabilidad, conveniencia y necesidad de establecer en Puerto Rico plantas nucleares para generación de energía eléctrica; el análisis de las nuevas tecnologías modulares para el diseño y operación de estas; la evaluación de sus características de seguridad. Sección 2.-La Comisión de Desarrollo Económico de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizará la investigación que aquí se dispone y presentará un informe a la Cámara de Representantes de Puerto Rico, conteniendo sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, dentro de los ciento ochenta (180) días siguientes a la fecha de aprobación de esta Resolución. Sección 3.-Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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