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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma Asamblea 2da Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. de la C. 806

INFORME POSITIVO

3 de octubre de 2025

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO

La Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico, previo estudio y consideración de la P. de la C. Núm. 806, tiene a bien recomendar a este Alto Cuerpo la aprobación de esta medida, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto de la Cámara Núm. 806, tiene el propósito de enmendar los artículos 3, 4, y 5, de la Ley Núm. 204-2024, que crea el “Programa de Acopio, Reúso y Reciclaje de Asientos Protectores”, para disponer que el Negociado de Bomberos y la Comisión de Seguridad en el Tránsito podrán recibir y reusar asientos protectores o asientos protectores elevados, al amparo de dicha Ley sin necesidad de que estos sean acompañados con su correspondiente manual de instrucciones.

La exposición de motivos explica que la Ley Núm. 204-2024 creó el Programa de Acopio, Reúso y Reciclaje de Asientos Protectores, adscrito al Negociado de Bomberos y a la Comisión de Seguridad en el Tránsito, con el fin de permitir que estas agencias reciban, reúsen y reciclen asientos protectores en condiciones óptimas para ser reutilizados dentro de su vida útil. El programa tiene como fin apoyar a las familias que carecen de los recursos económicos para adquirir asientos nuevos.

Sin embargo, la Ley original establece requisitos que dificultan el reúso de muchos asientos donados, como la obligación de que estos vengan acompañados de sus manuales de instrucciones o que aún conserven las etiquetas de fábrica. Esta exigencia, aunque bien intencionada, limita el alcance del programa, ya que muchos equipos donados cumplen con todas las condiciones de seguridad, pero carecen de esos documentos o etiquetas por el uso normal.

La enmienda propuesta busca flexibilizar estos requisitos, de modo que más asientos protectores en condiciones seguras y óptimas puedan ser puestos a disposición de las familias que los necesitan. La intención es maximizar los beneficios del programa y asegurar que la ayuda llegue a la mayor cantidad posible de personas, siempre garantizando que los asientos cumplan con las normas de seguridad establecidas.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Comisión de Transportación e Infraestructura, como parte del proceso de evaluación y análisis del Proyecto de la Cámara Núm. 806, celebró una vista pública el martes, 30 de septiembre de 2025. En la misma participaron representantes de la Comisión para la Seguridad en el Tránsito (CST) y del Departamento de Seguridad Pública (DSP), a través del Negociado del Cuerpo de Bomberos (NCBPR).

Comisión para la Seguridad en el Tránsito

Durante su comparecencia en la vista pública, la CST presentó su análisis sobre el Proyecto de la Cámara 806, el cual propone enmendar la Ley 204-2024 para permitir que tanto el Negociado de Bomberos como la propia Comisión puedan recibir y reutilizar asientos protectores para menores, aún si estos no están acompañados de manuales de instrucciones o etiquetas de fábrica.

La CST apoyó el objetivo del proyecto al señalar que busca corregir una limitación actual que impide la reutilización de asientos en buen estado, lo cual impacta negativamente a familias de escasos recursos. Según datos provistos, el uso correcto de estos dispositivos reduce significativamente el riesgo de muerte y lesiones en menores: un 71% en infantes menores de 12 meses y un 54% en niños de 1 a 4 años.

Además, se enfatizó que existen múltiples asientos protectores en condiciones adecuadas que podrían ser reutilizados si se eliminan las restricciones vigentes. No obstante, la CST recomendó mantener el requisito de que los asientos conserven la etiqueta de fábrica, ya que esta contiene información crucial para verificar su vigencia y condiciones de seguridad.

En resumen, la CST no se opuso a la aprobación del proyecto, siempre que se incluya su recomendación relacionada con las etiquetas, y reiteró su compromiso con la seguridad vial y la implementación de programas que beneficien a la niñez y las familias más vulnerables.

Departamento de Seguridad Pública (DSP)

Por su parte, el DSP, representado por el Negociado del Cuerpo de Bomberos (NCBPR), también participó de la vista pública y presentó sus observaciones sobre el P. de la C. 806. Si bien en su memorial escrito expresaron reservas con relación a la medida, durante la vista pública coincidieron con la postura de la CST, al reconocer la importancia de flexibilizar los requisitos para la reutilización de asientos protectores, en especial para apoyar a familias con limitaciones económicas.

Inicialmente, el DSP había señalado preocupaciones sobre la ausencia de etiquetas de fábrica y manuales de instrucciones, ya que estos contienen información esencial —como la fecha de manufactura, límites de peso y altura, y recomendaciones de uso— necesarias para garantizar la seguridad. También se hizo referencia a las guías de la NHTSA, que desaconsejan el reúso de asientos tras accidentes y recomiendan seguir siempre las instrucciones del fabricante. El DSP expresó que el NCBPR no cuenta con la infraestructura ni los recursos necesarios para funcionar como centro de acopio o reciclaje de estos dispositivos, y sugirió que esta función recaiga en la Comisión para la Seguridad en el Tránsito.

No obstante, durante su participación en la vista pública, el DSP manifestó su apoyo a la propuesta de la CST, particularmente en lo referente a permitir la reutilización de asientos siempre que cuenten con etiquetas de fábrica. De esta forma, se alinea con una política pública que equilibra la seguridad con la accesibilidad.

IMPACTO FISCAL

Según se desprende de los comentarios recibidos de las agencias gubernamentales, no fue posible determinar un impacto fiscal asociado a esta medida. Por tanto, esta Comisión concluye que la misma no representa un impacto fiscal adicional sobre el presupuesto de gastos del Gobierno proveniente del Fondo General.

CONCLUSIÓN

Luego de analizar detenidamente el contenido del Proyecto de la Cámara Núm. 806, así como la evidencia y los testimonios presentados en la vista pública celebrada el 30 de septiembre de 2025, esta Comisión concluye que la medida persigue un fin social valioso y necesario: ampliar el acceso a asientos protectores para menores a través de su reúso seguro, beneficiando así a familias con recursos limitados.

Ambas agencias comparecientes, la Comisión para la Seguridad en el Tránsito (CST) y el Departamento de Seguridad Pública (DSP), coincidieron en la importancia de flexibilizar los requisitos para fomentar el reúso de estos dispositivos, siempre que se garantice la seguridad de los menores.

No obstante, esta Comisión reconoce como indispensable acoger la recomendación de la CST en cuanto a que los asientos protectores mantengan su etiqueta de fábrica, elemento esencial para verificar su modelo, fecha de manufactura y condiciones de seguridad. Esta enmienda permite lograr un balance adecuado entre la seguridad pública y la necesidad de acceso a recursos esenciales por parte de las comunidades más vulnerables.

Por lo antes expuesto, esta Comisión recomienda al Honorable Pleno de la Cámara de Representantes la aprobación del Proyecto de la Cámara Núm. 806, con las enmiendas incluidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

Respetuosamente sometido,

Hon. José A. Hernández Concepción

Presidente

Comisión de Transportación e Infraestructura

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