pc0808-Inf.docx Descargar original ↓ Ver en SUTRA ↗

GOBIERNO DE PUERTO RICO

20 ma. Asamblea 2 da. Sesión

Legislativa Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

P. de la C. 808

INFORME POSITIVO

12 de noviembre de 2025

AL SENADO DE PUERTO RICO:

La Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración del Proyecto de la Cámara 808, presenta a este Alto Cuerpo Legislativo el Informe Positivo de la presente medida, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto de la Cámara 808, tiene el propósito de prohibir el uso de dispositivos electrónicos personales por parte de los estudiantes en las instituciones educativas públicas de Puerto Rico hasta octavo grado y establecer las excepciones a dicha prohibición.

INTRODUCCIÓN

El Proyecto de la Cámara 808 es de gran importancia para el fortalecimiento del ambiente educativo en las escuelas públicas de Puerto Rico. La proliferación del uso de dispositivos electrónicos portátiles personales entre los estudiantes ha generado serias preocupaciones a nivel mundial sobre su impacto en el proceso de enseñanza-aprendizaje, la salud mental de los menores y la calidad de la interacción social en los entornos escolares. Es por ello que esta medida, orientada a prohibir el uso de tales dispositivos durante el horario escolar, responde a una necesidad urgente de proteger el espacio educativo como un entorno seguro, libre de distracciones y plenamente dedicado al desarrollo académico y socioemocional del estudiantado.

Diversos estudios e informes internacionales, entre ellos los emitidos por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), han advertido sobre los efectos negativos del uso de teléfonos móviles en las escuelas. Según la UNESCO, la simple presencia de estos dispositivos puede fragmentar la atención de los estudiantes y afectar significativamente su concentración y rendimiento.

El respaldo a medidas de esta naturaleza no se limita a recomendaciones teóricas, sino que se ha materializado en acciones concretas en múltiples jurisdicciones alrededor del mundo. En países como Francia, desde el año 2018 se aprobó una ley que prohíbe el uso de teléfonos móviles en las escuelas primarias y secundarias, medida que ha sido ampliamente reconocida por su contribución a la reducción de las distracciones, el mejoramiento del clima escolar y la disminución de casos de ciberacoso dentro de las instituciones educativas.

De igual forma, en los Estados Unidos, el estado de California, bajo la administración del gobernador Gavin Newsom, implementó restricciones al uso de teléfonos inteligentes en las escuelas, reconociendo que su uso excesivo incrementa el riesgo de trastornos de salud mental y deteriora las capacidades de aprendizaje y socialización de los menores.

Las estadísticas también refuerzan la urgencia de establecer controles sobre el uso de dispositivos electrónicos en los planteles escolares. Según datos del Pew Research Center, aproximadamente el 95% de los adolescentes en Estados Unidos tienen acceso a teléfonos inteligentes, y un significativo número de ellos reporta sentirse constantemente distraído por las notificaciones y redes sociales durante las horas de clase. A este panorama se suman los hallazgos de la Common Sense Media, organización que monitorea el impacto de la tecnología en niños y jóvenes, la cual concluyó que el tiempo promedio diario que los menores de edad dedican al uso de dispositivos móviles continúa en aumento, afectando sus patrones de sueño, salud emocional y desempeño académico.

Ante este contexto, la aprobación del proyecto de ley P. de la C. 808 es una respuesta legislativa responsable y necesaria para garantizar un ambiente escolar donde prevalezca la concentración, la disciplina y el desarrollo integral de los estudiantes. Lejos de constituir una limitación irrazonable, la medida promueve el uso consciente y dirigido de la tecnología, estableciendo excepciones para fines educativos supervisados, situaciones de emergencia y necesidades de salud debidamente documentadas. Así, se armoniza la modernidad tecnológica con la necesidad de proteger el tiempo y el espacio educativo de los estudiantes puertorriqueños.

Aprobar este proyecto significará dar un paso firme hacia la creación de entornos escolares más saludables, menos propensos a las distracciones y más propicios para la adquisición de conocimientos y el desarrollo de habilidades sociales fundamentales para la formación de ciudadanos íntegros y responsables.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico, en adelante, Comisión, como parte de la evaluación y análisis del P. de la C. 808, solicitó memoriales explicativos al Departamento de Educación; Asociación de Psicología de Puerto Rico; Educadores Puertorriqueños en Acción (EPA) y la Organización Nacional de Directores de Escuelas de Puerto Rico (ONDEPR).

Por otro lado, nos fueron remitidos a nuestra consideración y como referencia, los Memoriales Explicativos solicitados por la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes por las siguientes agencias: Departamento de Justicia; Asociación de Maestros de Puerto Rico; Federación de Maestros de Puerto Rico; Wellness Institute of Neurodevelopment (WIN) y la Asociación de Psicología de Puerto Rico.

Cabe señalar que esta medida es sustancialmente idéntica al Proyecto de la Cámara 179, previamente atendido por esta Comisión y aprobado por ambos cuerpos legislativos, siendo posteriormente remitido para la firma de la Gobernadora. El único cambio incorporado en el P. de la C. 808 consiste en la delimitación del nivel educativo al cual aplica la prohibición, estableciendo que la misma será efectiva hasta el octavo grado. Varias de las agencias consultadas indicaron que sus observaciones y recomendaciones permanecen inalteradas respecto a las expresadas en el análisis del P. de la C. 179, por lo que se integran y se consideran parte del presente informe para todos los efectos pertinentes.

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN

El Departamento de Educación de Puerto Rico (DEPR), expresó su firme apoyo a la medida. Esta posición se fundamenta en la responsabilidad constitucional y legal del Departamento de garantizar un entorno educativo que promueva el desarrollo integral de los estudiantes, así como en la misión de asegurar una educación pública de calidad, libre de distracciones y enfocada en el bienestar social, emocional y académico de la niñez puertorriqueña.

El memorial destaca que el sistema de educación pública es una pieza esencial en el desarrollo económico y social de Puerto Rico, dado que atiende a la mayor parte de la niñez y juventud de la Isla. En este contexto, el DEPR subraya que, además de ofrecer educación académica, el sistema debe asumir un rol activo en la protección de los estudiantes frente a los desafíos que presenta el uso inadecuado de la tecnología, particularmente en los niveles más vulnerables como lo son los grados elementales. La presencia de dispositivos electrónicos personales en las aulas no solo afecta la concentración y la calidad del aprendizaje, sino que también expone a los estudiantes a riesgos de ciberseguridad, ciberacoso, y al acceso a contenidos inadecuados que pueden afectar su salud emocional y mental.

El Departamento reconoce que la integración de la tecnología en los procesos educativos es indispensable y está claramente promovida por la Ley 85-2018, conocida como la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico. Sin embargo, aclara que esta integración debe realizarse de manera estructurada, controlada y con fines pedagógicos específicos. El uso no supervisado de dispositivos personales, como teléfonos celulares, representa una seria distracción en el salón de clases y afecta negativamente la concentración, la memoria, la capacidad de resolver problemas, y limita el desarrollo de habilidades sociales y de comunicación en los niños. Asimismo, el uso excesivo de estos dispositivos puede contribuir a problemas de salud física, como afectaciones visuales, mala postura, y sedentarismo, además de limitar la creatividad y la exposición a actividades prácticas esenciales para el desarrollo infantil.

El DEPR respalda la medida legislativa como un paso positivo y necesario para crear entornos de aprendizaje más estructurados y seguros, alineados con los objetivos constitucionales y la misión de la agencia. La medida, según expone el memorial, ayudará a minimizar las distracciones y reducirá la exposición a riesgos tecnológicos, permitiendo que los estudiantes se enfoquen en el aprendizaje activo y la interacción social saludable dentro del ambiente escolar.

El Departamento reconoce que el Reglamento General de Estudiantes Núm. 9243 ya contempla sanciones para el uso indebido de equipos electrónicos en las escuelas, pero resalta que la medida legislativa refuerza este enfoque al establecer de manera clara y uniforme una política de restricción a nivel de todo el sistema público de enseñanza. Además, se destaca que esta legislación estaría en sintonía con acciones adoptadas en otras jurisdicciones y con tendencias educativas internacionales, donde se ha limitado o prohibido el uso de dispositivos electrónicos personales en los primeros niveles escolares para proteger el desarrollo integral del estudiantado.

El DEPR recomienda que se evalúe la posibilidad de extender esta política al nivel secundario, tomando en cuenta la cantidad de incidentes y problemas disciplinarios relacionados con el uso inadecuado de estos dispositivos, especialmente durante los recesos como el almuerzo. Igualmente, recomienda que la medida incluya disposiciones específicas para garantizar que tanto los estudiantes como sus familias reciban orientación sobre el uso responsable de la tecnología y sobre medidas de seguridad digital, fomentando así un enfoque educativo y preventivo.

En conclusión, el Departamento de Educación de Puerto Rico respalda la aprobación de esta medida por entender que representa una herramienta efectiva para reforzar el compromiso del sistema público con la formación integral de los estudiantes, garantizando ambientes de aprendizaje más seguros, libres de distracciones, y propicios para el desarrollo académico, social y emocional de la niñez puertorriqueña.

ORGANIZACIÓN NACIONAL DE DIRECTORES DE ESCUELAS

DE PUERTO RICO (ONDEPR)

La Organización Nacional de Directores de Puerto Rico expresó su respaldo a la aprobación de la medida al entender que prohibir el uso de dispositivos electrónicos personales, como los teléfonos celulares, en las escuelas públicas generará múltiples beneficios para el ambiente escolar y el proceso educativo. La organización enfatiza que esta medida no debe interpretarse como una acción punitiva, sino como una política educativa orientada a mejorar las condiciones de aprendizaje y a proteger a los estudiantes, siempre tomando en cuenta excepciones razonables para casos médicos y emergencias familiares.

Entre los principales beneficios que justifican la aprobación de esta medida, la ONDE destaca la mejora del rendimiento académico, ya que la prohibición de los celulares disminuiría significativamente las distracciones en el salón de clases, permitiría que los estudiantes se concentren mejor en el contenido y evitaría el uso indebido de información durante las evaluaciones o lecciones. Además, la medida contribuiría a la reducción del acoso escolar y el ciberbullying, al limitar el acceso a las redes sociales y prevenir la grabación y difusión no autorizada de otros estudiantes dentro del horario escolar.

Otro beneficio fundamental es el fomento de la interacción social saludable, ya que al reducir el uso de celulares se promueve la comunicación cara a cara, el desarrollo de habilidades sociales y el trabajo en equipo. Asimismo, la prohibición permitiría un mejor uso del tiempo escolar, evitando distracciones en espacios comunes como el comedor, el recreo o durante los cambios de clase.

La organización también resalta la importancia de la protección de los datos personales de los estudiantes, ya que se reducirían los riesgos de privacidad y la exposición de menores en redes sociales. Finalmente, la medida promovería una mayor equidad educativa, al eliminar las diferencias visibles entre los estudiantes que poseen dispositivos tecnológicos avanzados y aquellos que no tienen acceso a ellos.

Para la correcta implementación de la política, la ONDE recomienda desarrollar reglamentos escolares claros y actualizados que definan los usos permitidos y las excepciones justificadas. Además, sugiere establecer estrategias de comunicación efectiva con la comunidad escolar y ofrecer talleres a los directores para garantizar una aplicación uniforme y sensible de la medida en todas las escuelas.

En conclusión, la Organización Nacional de Directores de Puerto Rico entiende que la aprobación de esta medida contribuirá a crear entornos escolares más seguros, enfocados y equitativos, lo que a su vez permitirá fortalecer el aprendizaje, la convivencia saludable y la protección integral de los estudiantes.

EDUCADORES PUERTORRIQUEÑOS EN ACCIÓN (EPA)

La organización Educadores Puertorriqueños en Acción (en adelante EPA), presentó su posición respecto al Proyecto que propone prohibir el uso de dispositivos electrónicos personales. La entidad reconoce que estos equipos representan una distracción significativa para los estudiantes y pueden facilitar el acoso cibernético, aunque también cumplen una función importante en la comunicación entre los menores y sus padres o tutores.

EPA considera que la medida tiene una buena intención, pero advierte que su implementación podría enfrentar resistencia por parte de algunos sectores de la comunidad escolar. Por ello, recomienda que antes de imponer una prohibición general se realice una encuesta que permita conocer la opinión de padres, tutores y estudiantes sobre el uso de celulares y tabletas en las escuelas públicas. Con esta observación, la organización expresa su acuerdo con la aprobación del proyecto.

ASOCIACIÓN DE PSICOLOGÍA DE PUERTO RICO (APPR)

La Asociación de Psicología de Puerto Rico (APPR) expresó en su memorial sobre el P. de la C. 808 que la medida, al proponer la prohibición absoluta del uso de dispositivos electrónicos personales en las escuelas, no responde adecuadamente a los retos tecnológicos y pedagógicos actuales. La APPR argumenta que dicha prohibición desconoce la necesidad de fomentar la alfabetización digital, el uso ético y seguro de la tecnología y la formación en ciudadanía digital, los cuales son componentes esenciales del aprendizaje contemporáneo y del bienestar psicológico del estudiantado.

La organización cita estudios locales e internacionales que demuestran que el uso supervisado y responsable de los dispositivos puede mejorar la instrucción y desarrollar competencias críticas, mientras que las restricciones rígidas tienden a generar resistencia y no resuelven las causas subyacentes del mal uso. Enfatizan que el problema principal no radica en la presencia de los dispositivos, sino en la falta de capacitación docente, supervisión coherente y políticas consistentes.

La APPR recomienda fortalecer la aplicación del Reglamento General de Estudiantes, implementar programas formativos de ciudadanía digital desde la escuela elemental, ofrecer capacitación docente continua, garantizar los derechos de estudiantes con necesidades especiales y establecer una mesa permanente de diálogo entre el DEPR, profesionales de la salud mental, familias y estudiantes para revisar periódicamente las políticas tecnológicas

Cabe señalar que el planteamiento de la APPR parte de una premisa incorrecta, pues asume que la prohibición dispuesta por el Proyecto es absoluta. El Artículo 2, inciso 1, de la medida establece expresamente que “la prohibición establecida en el Artículo 1 no aplica cuando un dispositivo electrónico sea utilizado con fines educativos bajo la supervisión directa de un maestro o personal autorizado”. Por tanto, la medida no impide el uso educativo de la tecnología, sino que busca regularlo de manera responsable dentro del entorno escolar, de modo que los argumentos presentados por la Asociación carecen de fundamento frente a la claridad del texto legislativo.

DEPARTAMENTO DE JUSTICIA

El Departamento de Justicia de Puerto Rico expresó su apoyo a la aprobación del Proyecto. En su análisis, el Departamento reconoció que la medida responde a una preocupación legítima sobre los efectos negativos que puede tener el uso descontrolado de teléfonos celulares en el proceso educativo, la salud mental y el desarrollo de los menores. La agencia resaltó que esta preocupación está respaldada por estudios internacionales y por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), que ha advertido sobre el impacto perjudicial que los dispositivos electrónicos tienen en la concentración, el rendimiento académico y el bienestar psicológico de los estudiantes.

El Departamento de Justicia presentó un panorama amplio y actualizado sobre cómo diversas jurisdicciones dentro y fuera de los Estados Unidos han adoptado legislaciones similares. Por ejemplo, destacó que estados como California, Florida, Indiana, Louisiana, Ohio y Arkansas han aprobado leyes que limitan o prohíben el uso de teléfonos celulares en las escuelas, mientras que otros estados como Texas, Alabama, Maryland y New Hampshire evalúan propuestas similares.

Estas legislaciones, en su mayoría, persiguen la creación de espacios libres de distracciones, la reducción del impacto de las redes sociales en la salud mental de los menores y la promoción de un aprendizaje más efectivo. A nivel local, el Departamento recordó que Puerto Rico ya cuenta con leyes que buscan proteger a los menores en el ámbito digital, como la Ley para la Protección de la Privacidad Cibernética de los Niños y Jóvenes y la Ley para la Protección de los Niños, Niñas y Jóvenes en el Uso y Manejo de la Red de Internet, las cuales complementan los esfuerzos de esta nueva medida.

En cuanto a las implicaciones legales, el Departamento de Justicia determinó que la medida no vulnera los derechos constitucionales de los estudiantes, siempre y cuando no establezca una prohibición absoluta y contemple excepciones razonables, como las incluidas en la medida para fines educativos, emergencias y acomodos por razones de salud o discapacidad. Recomendó que estas excepciones se integren de manera clara y específica en la redacción final de la ley para garantizar su constitucionalidad y proteger los derechos de los estudiantes con diversidad funcional, en conformidad con leyes estatales y federales como la Ley de Servicios Educativos Integrales para Personas con Impedimentos (Ley 51-1996) y la Americans with Disabilities Act (ADA).

El Departamento enfatizó la importancia de que el Departamento de Educación establezca un protocolo reglamentario claro para la implementación de la medida, que incluya los procedimientos disciplinarios y las circunstancias bajo las cuales se permitirá el uso de dispositivos electrónicos. También recomendó consultar la opinión del Departamento de Educación sobre aspectos relacionados con la capacidad institucional para implementar la política, la viabilidad de las estrategias de cumplimiento y las mejores prácticas basadas en su experiencia educativa.

En conclusión, el Departamento de Justicia avaló la aprobación del Proyecto, por entender que persigue un interés gubernamental apremiante relacionado con la protección, la salud y el bienestar de los menores. Recomendó que la medida incluya reglamentación específica y acomodos razonables, entre otros. Con estas enmiendas y recomendaciones, el Departamento de Justicia sostuvo que la medida sería jurídicamente viable y beneficiosa para el sistema educativo del país.

LA ASOCIACIÓN DE MAESTROS DE PUERTO RICO (AMPR)

La Asociación de Maestros de Puerto Rico (AMPR) expresó su respaldo a la pieza legislativa, reconociendo la importancia de establecer pautas claras para el uso de dispositivos electrónicos por parte de los estudiantes en las escuelas, especialmente en los niveles elementales. La Asociación destacó que, aunque la tecnología ha sido fundamental para la educación, sobre todo durante eventos recientes como la pandemia, el uso prolongado e inadecuado de dispositivos móviles puede generar efectos negativos en la salud, la seguridad y el desarrollo emocional y social de los menores. La AMPR citó estudios que demuestran que el acceso irrestricto a la tecnología puede convertirse en una fuente de distracción y fomentar conductas inapropiadas como el ciberacoso, por lo que es necesario establecer controles que protejan a los estudiantes y garanticen un ambiente de aprendizaje seguro y efectivo.

El memorial resalta que la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) ha recomendado a nivel internacional la prohibición del uso de teléfonos celulares en las escuelas, precisamente para minimizar las distracciones y evitar los riesgos asociados al uso descontrolado de estos dispositivos. La AMPR subrayó que el propósito del Proyecto está alineado con esta tendencia global, ya que busca limitar el uso de dispositivos electrónicos en los niveles más tempranos de la educación, sin excluir su utilización para fines educativos o en casos de emergencia. Además, la Asociación propuso enmiendas específicas al lenguaje del proyecto para garantizar que la redacción sea precisa, aplicable y coherente con el sistema educativo de Puerto Rico.

Aunque la AMPR reconoció que el Departamento de Educación ya cuenta con reglamentación que regula el uso de dispositivos en las escuelas públicas, apoyó la medida en la medida en que refuerce las normas existentes. La Asociación recomendó, además, que se fortalezca la educación y orientación a padres, estudiantes y personal escolar sobre las normas vigentes, asegurando su correcta implementación. Finalmente, enfatizó que el Departamento de Educación debe garantizar la aplicación uniforme de sus regulaciones y fomentar un balance saludable entre la integración de la tecnología y la protección del bienestar estudiantil. Por tanto, la AMPR favorece la aprobación de la medida.

LA FEDERACIÓN DE MAESTROS DE PUERTO RICO (FMPR)

La Federación de Maestros de Puerto Rico (FMPR), expresó no estar de acuerdo con la aprobación de la medida. Aunque reconocen la preocupación legítima sobre el impacto negativo que puede tener el uso inadecuado de estos dispositivos en el entorno educativo, especialmente en la niñez temprana, la organización argumenta que este asunto ya está adecuadamente regulado en el Reglamento General de Estudiantes del Departamento de Educación. La FMPR sostiene que la normativa vigente establece restricciones claras sobre el uso de celulares en las escuelas, incluyendo la obligación de que los dispositivos permanezcan apagados y guardados durante el tiempo lectivo.

En su memorial, la Federación enfatiza que el Reglamento General de Estudiantes no solo establece las prohibiciones, sino que también contempla procedimientos disciplinarios y medidas educativas para manejar los casos de incumplimiento. Además, el reglamento promueve la creación de campañas escolares orientadas al buen uso del celular, permitiendo así abordar la problemática de una manera educativa y no exclusivamente punitiva.

La FMPR subraya que la atención debería centrarse en fortalecer la educación sobre el uso responsable de la tecnología, fomentar la capacitación docente y promover la conciencia social sobre el impacto del uso inadecuado de dispositivos electrónicos. Además, instan a que se inicie un proceso de verdadera reforma educativa que sustituya la Ley 85-2018, la cual consideran que impone una visión empresarial y punitiva a la educación pública del país.

WELLNESS INSTITUTE OF NEURODEVELOPMENT

El Wellness Institute of Neurodevelopment, a través de la Dra. Carmen Báez Franceschi, pediatra certificada y experta en condiciones neurológicas como el autismo y el trastorno por déficit de atención (TDAH), expresó un firme respaldo a la aprobación de la medida. La Dra. Báez resaltó que existe evidencia científica contundente que demuestra que la exposición prolongada a dispositivos electrónicos tiene efectos perjudiciales en el desarrollo cerebral de los niños, afectando áreas esenciales como el lenguaje, la atención, la autorregulación y la capacidad de aprendizaje. Estudios recientes del National Institutes of Health y publicaciones en JAMA Pediatrics señalan que el uso excesivo de pantallas se asocia con cambios negativos en la estructura cerebral, el aumento de síntomas de TDAH y dificultades en la autorregulación emocional.

El memorial enfatiza que el uso descontrolado de dispositivos electrónicos en niños, especialmente en edades escolares, contribuye a la disminución del rendimiento académico, a la procrastinación, a trastornos del sueño y a problemas conductuales graves como la impulsividad y la hiperactividad. En particular, la Dra. Báez alertó que los niños con trastornos del neurodesarrollo, como el autismo y el TDAH, son poblaciones especialmente vulnerables, ya que la exposición temprana y prolongada a la tecnología puede agravar sus dificultades sociales, de comunicación y de regulación emocional. Además, estudios recientes han comenzado a identificar un patrón denominado "autismo asociado a la exposición temprana a la tecnología", lo que refuerza la urgencia de establecer controles en el acceso a dispositivos móviles en la niñez.

Finalmente, el memorial respalda la aprobación de la medida destacando que otras jurisdicciones internacionales como Australia, Francia, China y el Reino Unido ya han adoptado políticas restrictivas similares para proteger la salud mental y el desarrollo cognitivo de los menores. La Dra. Báez recomendó que en Puerto Rico se prohíba el uso de dispositivos electrónicos personales en las escuelas primarias y secundarias, que se implementen campañas educativas para padres y educadores, y que se promuevan prácticas saludables que reduzcan la dependencia de la tecnología. Según concluyó, la medida es esencial para salvaguardar el bienestar integral de los estudiantes y para fomentar espacios escolares más saludables, enfocados en el desarrollo social, cognitivo y emocional de la niñez puertorriqueña.

IMPACTO FISCAL MUNICIPAL

En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico", la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico certifica que el P. de la C. 808, no impone obligación económica alguna en los presupuestos de los gobiernos municipales.

CONCLUSIÓN

La aprobación del Proyecto de la Cámara 808 representa una oportunidad crucial para transformar el ambiente escolar en uno más saludable, disciplinado y propicio para el desarrollo integral de los estudiantes en Puerto Rico. La evidencia presentada por el Departamento de Educación sostiene que el uso inadecuado de dispositivos electrónicos personales en el horario escolar ha generado un aumento significativo de distracciones, afectando la concentración y el aprovechamiento académico de los estudiantes, así como la convivencia social en los planteles escolares.

La medida no solo atiende la necesidad de minimizar el impacto negativo de estas tecnologías en el aula, sino que también propone un marco flexible que permite el uso de dispositivos con fines pedagógicos o en casos de emergencia, garantizando así que no se vulneren derechos ni se obstaculicen procesos educativos modernos. Las experiencias internacionales, como las implementadas en Francia, California y otros estados de Estados Unidos, fortalecen la justificación para establecer una política de restricción similar en Puerto Rico, al evidenciar sus beneficios sobre el rendimiento académico y el bienestar emocional de los estudiantes.

El respaldo ofrecido por la Organización Nacional de Directores de Puerto Rico y la Asociación de Maestros de Puerto Rico es otro elemento que valida la importancia de la aprobación de esta medida. Los directores escolares han señalado que la prohibición contribuirá a reducir el ciberacoso, limitará las distracciones durante el tiempo lectivo y fomentará la interacción social entre estudiantes, creando así un clima escolar más seguro y estructurado. Además, la Asociación de Maestros de Puerto Rico enfatizó que, aunque ya existen reglamentos que limitan el uso de celulares, la medida legislativa ayudará a reforzar estas normas y promoverá mayor uniformidad en las políticas educativas a través de todas las instituciones, incluyendo la concienciación de los padres, estudiantes y maestros sobre la importancia del uso responsable de la tecnología.

De igual manera, el Departamento de Justicia concluyó que la medida es jurídicamente viable siempre que incluya excepciones razonables para fines educativos, emergencias y acomodos por condiciones de salud, recomendando además que se establezcan reglamentos claros para su aplicación efectiva.

Por su parte el Wellness Institute of Neurodevelopment, aportó datos médicos y neurocientíficos que refuerzan la urgencia de limitar el uso de dispositivos electrónicos en las escuelas. La sobreexposición a las pantallas en la niñez temprana está provocando alteraciones en el desarrollo cerebral, afectando el lenguaje, la capacidad de atención y la calidad del sueño, con impactos aún más severos en niños con condiciones como el autismo y el TDAH.

Esta evidencia, junto con las restricciones implementadas en países como Australia, China y el Reino Unido, demuestran que la regulación de la tecnología en el ámbito escolar no solo es una tendencia mundial, sino una necesidad urgente para proteger la salud mental y emocional de las futuras generaciones. Por tanto, la aprobación de esta medida es esencial para garantizar un entorno educativo más seguro, enfocado y saludable, que priorice el bienestar y el pleno desarrollo de los niños puertorriqueños.

A TENOR CON LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Educación, Arte y Cultura del Senado de Puerto Rico previo al estudio y consideración del Proyecto de la Cámara 808, recomienda la aprobación de la medida, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

Respetuosamente sometido,

Hon. Brenda Pérez Soto

Presidenta

Comisión de Educación, Arte y Cultura

Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.