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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. 	Asamblea	2da. 	Sesión
	Legislativa		Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO
R. C. del S. 82
 21 de agosto de 2025
Presentada por la señora González Huertas
Referida a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor

RESOLUCIÓN CONJUNTA

Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas, a la Autoridad de Carreteras y Transportación, y cualquier otra agencia concerniente; incluir en sus Planes de Mejoras, como proyecto prioritario, la reconstrucción y optimización de la carretera PR-135 jurisdicción del municipio de Adjuntas; así como ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas, a la Autoridad de Carreteras y Transportación, y cualquier otra agencia concerniente; realizar las gestiones necesarias y pertinentes para lograr la asignación de fondos bajo los programas federales aplicables.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La carretera PR-135 constituye una de las principales vías de acceso al municipio de Adjuntas. Esta vía conectacon los pueblos de la zona norte y noroeste de la Isla, así como con la región sur. Esta carretera no solo es vital para la movilidad cotidiana de los ciudadanos, sino que también resulta esencial para el desarrollo económico y comercial de la región, al facilitar la transportación de productos, servicios y el turismo interno.
Sin embargo, la PR-135, particularmente en el área conocida como el antiguo Puente Colgante o de Colores, presenta una condición de riesgo que ha sido señalada de manera reiterada por la ciudadanía y por el propio alcalde de Adjuntas, el Hon. José Hiram Soto Rivera. La falta de seguridad vial, sumada a la amenaza patente de desprendimientos y derrumbes, representa un grave peligro tanto para los conductores como para las comunidades que dependen de esta vía como su principal conexión.
A pesar de que el propio Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), el Ing. Edwin González, ha tenido la oportunidad de inspeccionar la situación en años anteriores, y de que la problemática ha sido reconocida oficialmente en visitas previas junto a funcionarios de la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT), los trabajos correctivos y permanentes no se han completado. Esta inacción mantiene al municipio en una condición de vulnerabilidad inaceptable. 
El deterioro progresivo de la PR-135 se ha visto agravado por los cambios en las condiciones del tiempo, lo que aumenta el riesgo de que ocurra un accidente fatal o un derrumbe que deje incomunicados a los residentes de Adjuntas. Tal escenario no solo pondría en riesgo vidas humanas, sino que también afectaría la economía local, el acceso a servicios médicos, la transportación de estudiantes y la calidad de vida de miles de ciudadanos.
La situación exige acción inmediata y prioritaria por parte del DTOP, la ACT y cualquier otra agencia gubernamental pertinente. No puede posponerse más la culminación de los trabajos de reparación, rehabilitación y seguridad en esta vía, dado que la omisión en atender el problema puede tener consecuencias irreparables para la vida y la seguridad de los ciudadanos.
En atención a lo anterior, esta Asamblea Legislativa entiende meritorio y urgente ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas, a la Autoridad de Carreteras y Transportación y a las agencias correspondientes a que asignen los recursos necesarios y tomen las medidas inmediatas para culminar los trabajos de la carretera PR-135, asegurando su funcionalidad, seguridad y permanencia como vía principal de comunicación para el pueblo de Adjuntas y las regiones que conecta.

RESUÉLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Sección 1.- Se ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas, a la Autoridad de Carreteras y Transportación, y cualquier otra agencia concerniente; incluir en sus Planes de Mejoras, como proyecto prioritario, la reconstrucción y optimización de la carretera PR-135 jurisdicción del municipio de Adjuntas. 
Sección 2.- Se ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas, a la Autoridad de Carreteras y Transportación, y cualquier otra agencia concerniente; realizar las gestiones necesarias y pertinentes para lograr la asignación de fondos bajo los programas federales aplicables.
Sección 3.- Esta Resolución Conjunta entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

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