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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20 ma. Asamblea 2 da. Sesión

Legislativa Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

R. del S. 277

22 de agosto de 2025

Presentada por el señor Reyes Berríos

Referida a la Comisión de Asuntos Internos

RESOLUCIÓN DEL SENADO

Para ordenar a la Comisión Conjunta de para las Alianzas Público Privadas de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico, a solicitarle solicitar a la Autoridad de Energía Eléctrica, Alianzas Público-Privadas, Negociado de Energía de Puerto Rico y cualquier otra entidad pertinente, que realicen realizar un estudio análisis abarcador sobre el estado actual de la tecnología en energía nuclear, los costos actualizados de su implementación, la capacidad técnica y territorial de Puerto Rico para desarrollar dicha fuente de energía, el número estimado de Reactores Modulares Pequeños, (SMR, por sus siglas en inglés) necesarios para cubrir la demanda energética de Puerto Rico, así como un análisis comparativo de efectividad entre la energía nuclear, el gas natural y el petróleo como fuentes de generación eléctrica, e incluir un estudio de impacto ambiental que identifique los contaminantes más relevantes y nocivos emitidos por cada fuente de energía; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Puerto Rico enfrenta serios retos en la transformación de su sistema energético. La dependencia de combustibles fósiles importados, principalmente petróleo y gas natural, ha mantenido altos los costos de la electricidad y ha expuesto a la Isla a una marcada vulnerabilidad ante las fluctuaciones de los mercados internacionales. A esto se suman las limitaciones técnicas y estructurales de una red eléctrica que por años ha enfrentado problemas de confiabilidad y resiliencia.

En diversos foros técnicos se ha discutido el posible rol de la energía nuclear como parte de esa transición. A nivel internacional, los avances en tecnologías como los Reactores Modulares Pequeños (SMR, por sus siglas en inglés) han generado un renovado interés en la viabilidad de la energía nuclear como fuente confiable, segura y de bajas emisiones para la producción de electricidad. Puerto Rico, sin embargo, no cuenta actualmente con instalaciones nucleares operativas, lo que hace indispensable un análisis riguroso y contextualizado sobre su posible implementación en la Isla.

Resulta necesario evaluar de manera integral aspectos como el estado actual de la tecnología nuclear,; los costos de implementación, una proyección de los costos de diseño, adquisición, construcción, operación y mantenimiento de instalaciones nucleares modernas en Puerto Rico; la capacidad técnica y territorial para acoger esta fuente de energía y el número estimado de SMR que serían necesarios para atender la demanda energética local. Del mismo modo, un análisis comparativo entre la energía nuclear, el gas natural y el petróleo permitirá valorar con mayor claridad las ventajas y desventajas de cada alternativa. Este esfuerzo debe incluir un estudio de impacto ambiental que identifique los contaminantes más relevantes y nocivos emitidos por cada una de estas fuentes de generación. Es necesario determinar cuáles contaminantes atmosféricos, hídricos y residuales, ya sean partículas finas, gases, residuos tóxicos o radiactivos, tienen el mayor potencial de daño ambiental y a la salud pública. Esta información es fundamental para informar decisiones de política energética con base científica, de manera que las decisiones de política pública estén fundamentadas basadas en evidencia científica y técnica actualizada.

Ante la magnitud de los desafíos energéticos que enfrenta Puerto Rico es indispensable que se realice un estudio abarcador que provea la información necesaria para evaluar, con la seriedad y el rigor que amerita, la posible incorporación de la energía nuclear dentro de la estrategia energética de la Isla.

RESUÉLVESE POR EL SENADO DE PUERTO RICO:

Sección 1.- Se ordena a la Comisión Conjunta de para las Alianzas Público Privadas de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico, a solicitarle solicitar a la Autoridad de Energía Eléctrica, Alianzas Público-Privadas, Negociado de Energía de Puerto Rico y cualquier otra entidad pertinente, realizar un análisis abarcador, un estudio técnico, económico, ambiental y estratégico sobre el estado actual de la tecnología en energía nuclear la viabilidad de desarrollar energía nuclear en Puerto Rico, los costos actualizados de su implementación, la capacidad técnica y territorial de Puerto Rico para desarrollar dicha fuente de energía, el número estimado de Reactores Modulares Pequeños, (SMR, por sus siglas en inglés) necesarios para cubrir la demanda energética de Puerto Rico, así como un análisis comparativo de efectividad entre la energía nuclear, el gas natural y el petróleo como fuentes de generación eléctrica, e incluir un estudio de impacto ambiental que identifique los contaminantes más relevantes y nocivos emitidos por cada fuente de energía.

Sección 2.- La Comisión podrá celebrar vistas públicas o ejecutivas; citar funcionarios, expertos y testigos; requerir información, documentos, y objetos; y realizar inspecciones oculares, con el fin de cumplir con el mandato establecido en esta Resolución. El estudio deberá incluir, pero no se limitará a:

  1. Una descripción detallada del estado actual de la tecnología en energía nuclear, incluyendo los avances más recientes en Reactores Modulares Pequeños (SMRs);
  2. Una proyección de los costos de diseño, adquisición, construcción, operación y mantenimiento de instalaciones nucleares modernas en Puerto Rico;
  3. Un análisis de la capacidad técnica, territorial, legal y regulatoria de Puerto Rico para adoptar energía nuclear, incluyendo requisitos de seguridad y cumplimiento federal;
  4. Una estimación preliminar de cuántos SMRs serían necesarios para satisfacer distintas proporciones de la demanda energética de la isla;
  5. Un análisis comparativo de costo-beneficio, confiabilidad, seguridad, emisiones y viabilidad entre la energía nuclear, el gas natural y el petróleo como fuentes de generación eléctrica;
  6. Un estudio de impacto ambiental comparativo que identifique y clasifique los contaminantes atmosféricos, hídricos, térmicos y sólidos producidos por cada una de las fuentes analizadas, gas natural, petróleo y energía nuclear, incluyendo su impacto sobre la salud pública, los recursos naturales y el cambio climático;
  7. Recomendaciones sobre el posible marco de alianzas público-privadas para desarrollar dicho proyecto, de ser viable.

Sección 3. - El estudio requerido deberá ser entregado a la Asamblea Legislativa de Puerto Rico Los análisis requeridos deberán ser entregados a la Comisión en o antes de ciento ochenta (180) días a partir de la aprobación de esta Resolución Conjunta.

Sección 4. - La Comisión deberá rendir un informe sobre los hallazgos, conclusiones y recomendaciones que surjan de los análisis requeridos en un término de ciento veinte (120) días contados a partir del recibo de estos. Las Comisión Conjunta de Alianzas Público Privadas de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico podrá celebrar vistas públicas, solicitar asistencia técnica de entes externos, académicos, gubernamentales o del sector privado para cumplir con lo dispuesto en esta Resolución, conforme a las leyes y reglamentos vigentes.

Sección 5.- Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

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