GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 2da. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. C. de la C. 186
INFORME POSITIVO
10 de septiembre de 2025
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
La Comisión de Asuntos Internos de la Cámara de Representantes, previo estudio y consideración de la R. C. de la C. 186, tiene a bien someter su informe recomendando la aprobación de la medida con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña este informe, cuyo título lee:
"Para ordenar a LUMA Energy LLC, a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico y al Departamento de Transportación y Obras Públicas a iniciar, en un término no mayor de treinta (30) días a partir de la aprobación de esta Resolución Conjunta, todas las gestiones administrativas y técnicas necesarias dirigidas a realizar las mejoras permanentes que viabilicen la conexión legal del sector Villas del Sol, en el municipio de Toa Baja, a los servicios de energía eléctrica y de acueductos y alcantarillados, así como a las mejoras necesarias a la infraestructura vial existente; y para otros fines relacionados."
ALCANCE Y ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Resolución Conjunta de la Cámara Núm. 186 tiene el propósito de atender una situación de vulnerabilidad que afecta a cientos de familias residentes en el sector Villas del Sol, municipio de Toa Baja, quienes carecen de acceso legal a los servicios de energía eléctrica, agua potable, alcantarillado y una infraestructura vial adecuada.
La Exposición de Motivos de la medida enfatiza que la carencia de estos servicios básicos no solo constituye una violación a derechos fundamentales, sino que también coloca a la comunidad en una situación de desigualdad social y de alto riesgo sanitario y de seguridad. La condición geográfica de Toa Baja, expuesta a inundaciones y riesgos hidrológicos, requiere intervenciones permanentes y resilientes.
Mediante esta Resolución Conjunta se ordena a LUMA Energy LLC, a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico y al Departamento de Transportación y Obras Públicas a coordinar y ejecutar obras permanentes que garanticen acceso formal y seguro a estos servicios esenciales. Se establecen términos específicos para la presentación de planes de trabajo, cronogramas, estimados de recursos y reportes de progreso.
La medida constituye un mecanismo de rendición de cuentas al imponer plazos a las gestiones administrativas, técnicas y de financiamiento. Su aprobación permitirá atender de manera estructural y coordinada las necesidades de la comunidad Villas del Sol, reduciendo la vulnerabilidad y mejorando la calidad de vida de sus residentes.
CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN
Considerando los elementos analizados, esta Comisión concluye que la medida examinada responde a un interés legislativo legítimo y debidamente fundamentado. En consecuencia, se recomienda la aprobación de la Resolución Conjunta de la Cámara 186, con las enmiendas que obran en el entirillado electrónico que acompaña este informe.
Respetuosamente sometido,
PEDRO JULIO SANTIAGO GUZMÁN
Presidente
Comisión de Asuntos InternosDocumento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.