GOBIERNO DE PUERTO RICO
19na. Asamblea 2da. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. C. de la C. 189
29 DE AGOSTO DE 2025
Presentada por los representantes Méndez Núñez, Rivera Ruiz de Porras y Torres Cruz
Referida a la Comisión de Recursos Naturales
RESOLUCIÓN CONJUNTA
Para ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales de Puerto Rico establecer un acuerdo colaborativo con el Municipio de Luquillo para la administración, el desarrollo y mantenimiento de las instalaciones del Balneario La Monserrate, incluyendo las edificaciones existentes del balneario, con la condición de que el municipio garantice y mantenga el acceso, disfrute y uso a perpetuidad por el público; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
RESUÉLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Sección 1.-Se ordena a Departamento de Recursos Naturales y Ambientales de Puerto Rico establecer un acuerdo colaborativo con el Municipio de Luquillo para la administración, el desarrollo y mantenimiento de las instalaciones del Balneario La Monserrate, incluyendo las edificaciones existentes del balneario.
Sección 2.- El municipio deberá garantizar y mantener el acceso, disfrute y uso a perpetuidad por el público del balneario La Monserrate de Luquillo.
Sección 3.- Todo contrato o acuerdo debidamente otorgado entre el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales y cualquier persona natural o jurídica antes de ceder la administración y el mantenimiento del Balneario La Monserrate en Luquillo, permanecerá en vigor bajo las mismas cláusulas y condiciones establecidas al momento de su otorgamiento.
Sección 4.- El Municipio podrá establecer acuerdos de colaboración con municipios, organizaciones del tercer sector o entidades privadas que permitan bajar costos operacionales y maximizar el uso de los recursos disponibles.
Sección 5.- La cesión será realizada en las mismas condiciones en que se encuentra el balneario o la parcela, sin que exista obligación alguna del Departamento de realizar ningún tipo de reparación o modificación con anterioridad a la cesión o transferencia.
Sección 6.- Al llevar a cabo el acuerdo el Municipio aprobará un reglamento que regirá el uso de todos los componentes del Balneario La Monserrate. El mismo incluirá, pero sin limitarse a, las reglas para el uso y disfrute del balneario, los costos, incluyendo el alquiler de las instalaciones y cualquier otra disposición necesaria para maximizar el mejor uso de las facilidades y garantizar la protección de estas. Este Reglamento será presentado ante el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, así como las enmiendas posteriores que se le realicen, quien deberá aprobarlo previo a su implementación. A su vez, el Municipio remitirá al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales una copia de cualquier contrato suscrito con cualquier concesionario en el respectivo balneario, según los propósitos del Acuerdo, para su aprobación.
Sección 7.- El Municipio mantendrá una póliza de seguro de responsabilidad pública en la cual proveerá anualmente un endoso de esta a favor del Departamento, relevando a este de toda responsabilidad pública. En el caso de un concesionario que opere dentro del balneario vendrá obligado a cumplir, de igual manera, con una póliza de seguro de responsabilidad pública, la cual le proveerá anualmente un endoso de dicha póliza a favor del Departamento y del Municipio.
Sección 8.- El Municipio, con la aprobación del Departamento de Recursos Naturales, podrá suscribir cualesquiera contratos y acuerdos necesarios para el desarrollo de proyectos económico-social en el balneario que beneficie al Municipio y sus áreas limítrofes. No obstante, los proyectos que puedan desarrollarse en el área de ningún modo limitarán el uso público del balneario y sus facilidades.
Sección 9.- El Departamento podrá, ante un patrón de incumplimiento con las disposiciones establecidas en esta Resolución por parte del Municipio, revertir el acuerdo de la administración y el mantenimiento del Balneario La Monserrate.
Sección 10.- Esta Resolución Conjunta comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.