GOBIERNO DE PUERTO RICO Cámara DE REPRESENTANTES R. de la C. 425 8 DE SEPTIEMBRE DE 2025 Presentada por la representante Hau Referida a la Comisión de Asuntos Internos RESOLUCIÓN Para ordenar a las Comisiones de Vivienda y Desarrollo Urbano y de Asuntos al Consumidor de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre las nuevas especificaciones y exigencias requeridas por LUMA Energy en estructuras residenciales, para la construcción de la infraestructura necesaria para la instalación del servicio de energía eléctrica, incluyendo punto de acometida eléctrica, columnas eléctricas, así como cualquier otra construcción permitida para la colocación de contadores de energía eléctrica o medidores de consumo eléctrico; los costos relacionados a esto; y para otros fines relacionados. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Es de conocimiento general que desde mediados del año 2021 el consorcio de LUMA Energy entró en operación en Puerto Rico como el nuevo operador de la red eléctrica de la Isla mediante un contrato autorizado en el 2020 por el Gobierno de Puerto Rico a través de la Autoridad de Alianzas Público-Privadas. En dicho contrato, de forma general, se autoriza a LUMA Energy a operar todo lo relacionado con la transmisión y distribución de energía, así como asuntos administrativos, incluyendo el cobro de la factura por los servicios ofrecidos. Desde la entrada de este consorcio se han levantado distintos reclamos por el pobre manejo en la operación de la red. Aunque ciertamente, se solicitó un espacio de tiempo para que estos pudieran entrar de lleno en la operación y desarrollar un plan de trabajo agresivo que atienda las condiciones en las que se encuentra la infraestructura eléctrica de Puerto Rico, sobre todo luego del paso del huracán María en 2017, la realidad es que lejos de atender satisfactoriamente la situación que enfrentan los puertorriqueños con el sistema eléctrico, estos lo que han demostrado es un pobre desempeño en sus funciones, falta de sensibilidad ante las necesidades de la ciudadanía y en muchas ocasiones desconocimiento de la parte operacional de la red. Así las cosas, han sido numerosos los reclamos que día a día se han realizado, no solo por la población puertorriqueña en general, sino por distintos sectores que representan a esta población para que se atiendan las deficiencias que han marcado el desempeño de LUMA Energy en poder cumplir con lo pactado mediante su contratación. De este modo, se ha solicitado de forma reiterada que el contrato sea cancelado y que el Gobierno Central pueda promover nuevamente el espacio para que compañías con mayor peritaje puedan competir y que así se seleccione un nuevo proveedor que encamine el sistema eléctrico de Puerto Rico de forma responsable y con la sensibilidad que este asunto amerita. Sin embargo, los reclamos no han sido atendidos eficientemente y años después nos encontramos atados a un contrato que no responde a las necesidades de nuestros constituyentes, con un proveedor de servicio que carece de los elementos básicos para atender las exigencias simples de los ciudadanos de poder disfrutar de un servicio continuo sobre el cual responden mediante el pago de su factura mensualmente. Mientras tanto, la población continúa viviendo sin la estabilidad que requiere nuestro sistema eléctrico por ser este un servicio esencial sobre todo para sectores vulnerables que necesitan del mismo para atender situaciones apremiantes como lo es la salud. Así mismo, como parte de los reclamos que se han ventilado públicamente de forma reciente y ante el Tribunal de Justicia del País, se encuentra la no respuesta en cuanto a la responsabilidad que debe recaer a LUMA Energy sobre la indemnización que debe otorgar por concepto de los daños causados a equipos de sus consumidores a consecuencia de la inestabilidad del sistema que ha conllevado fluctuaciones de voltaje y apagones continuos por largos periodos de tiempo. Ello, en un claro desafío de esta entidad ante los procesos que el ordenamiento jurídico vigente establece, gozando así de una inmunidad cuestionable ante estos reclamos. No obstante lo anterior, dentro de las dificultades adicionales que presentan los puertorriqueños con este servicio, se ha estado exponiendo por parte de distintos sectores dedicados al área de construcción, unos nuevos requerimientos de construcción exigidos por LUMA Energy. Estos nuevos requerimientos estan relacionado a unas especificaciones sobre la infraestructura necesaria para la instación del servicio eléctrico como los son las columnas eléctricas donde va ubicado el contador o medidor del consumo de energía, por ejemplo. Estas nuevas especificaciones han provocado una vez más que este consorcio requiera de unas condiciones onerosas para nuestros constituyentes quienes de igual forma han levantado el reclamo ante las diferentes situaciones, sobre todo económicas, que están enfrentando desde que se estableció esta nueva compañía. De este modo, se ha alertado sobre este hecho para poner en posición a nuevos constructores y aun aquellos, que en la necesidad urgente de buscar alternativas por cuenta propia para tener una continuidad de servicio, han recurrido a sistemas de energía alterna, lo cual le ha requerido grandes esfuerzos económicos, para satisfacer sus necesidades. Esto, sin duda alguna nos ubica en una posición donde se requiere de una acción inmediata para investigar las particularidades de dicho reclamo, responder ante las situaciones que enfrenta el pueblo puertorriqueño y conocer sobre los asuntos que han llevado al establecimiento de estos nuevos requisitos. Por lo antes expuesto, resulta indispensable que la Cámara de Representantes de Puerto Rico investigue las nuevas condiciones impuestas unilateralmente por LUMA Energy en estructuras residenciales para la construcción de la infraestructura necesaria para la instalación del servicio de energía eléctrica y así determinar que la exigencia sea compatible con los estándares requeridos a estos propósitos, que la entidad que los impone sea quien este autorizada a establecerlos sin gestión anterior o posterior necesaria y que el mecanismo para su implementación sea el más adecuado según nuestro ordenamiento. RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO: Sección 1.- Se ordena a las Comisiones de Vivienda y Desarrollo Urbano y de Asuntos al Consumidor de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre las nuevas especificaciones y exigencias requeridas por LUMA Energy en estructuras residenciales, para la construcción de la infraestructura necesaria para la instalación del servicio de energía eléctrica, incluyendo punto de acometida eléctrica, columnas eléctricas, así como cualquier otra construcción permitida para la colocación de contadores de energía eléctrica o medidores de consumo eléctrico; además de los costos relacionados a esto. Sección 2.- La Comisión rendirá un informe con sus hallazgos, conclusiones, y recomendaciones, en un término no mayor de ciento ochenta (180) días luego de aprobada esta Resolución. Sección 3.- Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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