GOBIERNO DE PUERTO RICO
20.ma Asamblea 4.ta Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. de la C. 975
INFORME NEGATIVO
28 de septiembre de 2026
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO
La Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes, previo estudio y consideración del Proyecto de la Cámara 975 (P. de la C. 975), no recomienda su aprobación.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El 12 de noviembre de 2025 se presentó el P. de la C. 975, la cual fue referida a esta comisión el mismo día. Dicho proyecto propone enmendar el Artículo 18 de la Ley Núm. 103 de 25 de mayo de 2006, según enmendada,[1] conocida como “Ley para la Reforma Fiscal del Gobierno de Puerto Rico”, para que en aquellos casos en que cualquiera de las ramas del Gobierno de Puerto Rico, sus agencias, corporaciones públicas, instrumentalidades o municipios determinen llevar a cabo campañas publicitarias, deberán invertir al menos cinco por ciento (5%) de las partidas asignadas a estos fines contratando los servicios de la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública.
Ahora bien, por ser una medida de administración, simultáneamente se presentó el Proyecto del Senado 854.[2] Esta comisión atendió la referida medida, la cual el 11 de mayo de 2026 se convirtió en la Ley Núm. 81-2026. Este suceso, común en medidas de administración —las que presenta la Gobernadora— hizo innecesario continuar con el trámite del P. de la C. 975 por academicidad.
Por lo anterior, esta comisión no recomienda que se apruebe el P. de la C. 975.
Respetuosamente presentado,
Víctor L. Parés Otero
Presidente
Comisión de Gobierno
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