RC0508.docx Descargar original ↓ Ver en SUTRA ↗

GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 2da. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. de la C. 508

14 DE NOVIEMBRE DE 2025

Presentada por el representante Rodríguez Aguiló

Referida a la Comisión de Asuntos Internos

RESOLUCIÓN

Para ordenar a la Comisión de Educación, Arte y Cultura de la Cámara de Representantes, a realizar una investigación sobre la implementación y resultados de la inclusión en el currículo de enseñanza, según la Ley Núm. 85-2018, según enmendada, mejor conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, de temas orientados a la planificación y el manejo de las finanzas, incluyendo, pero sin limitarse a, manejo de deudas, ahorro, manejo e importancia del crédito, compra de hogar, prevención de fraude y planificación del retiro; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley 85-2018, según enmendada, conocida como la “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, establece como política pública el desarrollo de un currículo académico que fomente una formación integral en los estudiantes, no solo en las materias tradicionales, sino también en aquellas competencias necesarias para la vida cotidiana, la ciudadanía responsable y el desarrollo socioeconómico del país.

Dentro de este marco, resulta indispensable atender la inclusión y efectividad de contenidos dirigidos a la planificación de vida y al manejo responsable de las finanzas personales. Estos temas impactan directamente la capacidad de los estudiantes para enfrentar los retos económicos de la adultez, la toma de decisiones informadas y la prevención de conductas financieras que puedan generar desigualdad, endeudamiento excesivo y limitaciones en el progreso social.

La sociedad puertorriqueña enfrenta altos niveles de endeudamiento personal, limitada cultura de ahorro y deficiencias en la planificación financiera a largo plazo. Estos factores no solo afectan el bienestar individual, sino que inciden en el desarrollo económico del país y en la movilidad social de sus ciudadanos. Por tanto, evaluar cómo el sistema educativo ha incorporado estos temas en el currículo, y cuáles han sido los resultados concretos de dicha inclusión, se convierte en una prioridad de política pública.

Asimismo, la investigación sobre la implementación de estos contenidos permitirá identificar fortalezas, retos y áreas de oportunidad en la enseñanza de destrezas de planificación de vida y educación financiera. De igual forma, proveerá información valiosa para establecer estrategias de capacitación docente, diseñar materiales didácticos pertinentes y evaluar la pertinencia de posibles enmiendas al currículo conforme a la realidad social y económica del país.

En consecuencia, esta investigación responde a la necesidad de garantizar que la Ley de Reforma Educativa cumpla con su objetivo de formar ciudadanos críticos, autosuficientes y preparados para enfrentar los retos del siglo XXI. A través de este análisis se podrá determinar si el sistema educativo está cumpliendo efectivamente con el mandato legislativo de dotar a los estudiantes de las herramientas necesarias para alcanzar un desarrollo personal, profesional y económico sostenible.

RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

Sección 1.- Se ordena a la Comisión de Educación, Arte y Cultura de la Cámara de Representantes realizar una investigación sobre la implementación y resultados de la inclusión en el currículo de enseñanza, según la Ley Núm. 85-2018, según enmendada, mejor conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, de temas orientados a la planificación y el manejo de las finanzas, incluyendo, pero sin limitarse a, manejo de deudas, ahorro, manejo e importancia del crédito, compra de hogar, prevención de fraude y planificación del retiro.

Sección 2.- La Comisión, a los efectos de cumplir con lo dispuesto en esta Resolución, podrá realizar requerimientos, solicitudes de información o de producción de documentos, citaciones, reuniones, vistas oculares, así como podrán realizar cualquier otra gestión que entiendan pertinente y se encuentre bajo el alcance de la investigación de esta Resolución.

Sección 3.- La Comisión rendirá un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones dentro de un término de ciento veinte (120) días contados a partir de la aprobación de esta Resolución.

Sección 4.- Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.