GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 2da. Sesión
Legislativa Ordinaria
18 DE NOVIEMBRE DE 2025
Presentada por el representante Morey Noble
Referida a la Comisión de Asuntos Internos
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura a realizar un estudio sobre el estado de cumplimiento por parte de la Autoridad de Carreteras y Transportación y del Departamento de Transportación y Obras Públicas de Puerto Rico con lo dispuesto en la Resolución Conjunta de la Cámara 471, finalmente aprobada por ambos cuerpos y firmada por el Gobernador y asignándosele el número de Resolución Conjunta 82-2024, relativa al análisis del tránsito entre la Carretera Estatal PR-177 (Avenida Los Filtros) y la Avenida Ramírez de Arellano en el Municipio de Guaynabo, así como para ordenar a dichas agencias a cumplir cabalmente con lo allí dispuesto; y para otros fines relacionados.
La intersección entre la Carretera Estatal PR-177, conocida como la Avenida Los Filtros, y la Avenida Ramírez de Arellano en el Municipio de Guaynabo constituye una de las áreas de mayor congestión vehicular en la zona metropolitana. En este punto convergen múltiples urbanizaciones, desarrollos residenciales y centros comerciales, y a través de la PR-177 se conectan los municipios de Bayamón, Guaynabo y San Juan.
Ciudadanos que transitan diariamente por estas vías han denunciado reiteradamente el severo tapón que se genera en la zona, así como las dificultades que enfrentan para desplazarse hacia sus centros de trabajo, estudio y actividades cotidianas. La congestión vehicular en el área afecta adversamente la calidad de vida de la ciudadanía, tiene implicaciones económicas y de productividad, y aumenta los riesgos de accidentes de tránsito.
Precisamente, reconociendo esta problemática, la Asamblea Legislativa aprobó la Resolución Conjunta de la Cámara 471, de 27 de marzo de 2023, mediante la cual se ordenó a la Autoridad de Carreteras y Transportación y al Departamento de Transportación y Obras Públicas de Puerto Rico realizar un análisis sobre el tránsito entre la Carretera Estatal PR-177 (Avenida Los Filtros) y la Avenida Ramírez de Arellano en el Municipio de Guaynabo, con el propósito de identificar alternativas viables dirigidas a descongestionar el tránsito de vehículos de motor en dicha área.
Entre otros aspectos, la referida Resolución Conjunta dispuso que:
A más de dos (2) años de haberse aprobado la Resolución Conjunta de la Cámara 471, persisten las preocupaciones ciudadanas sobre la congestión vehicular en la zona, y se desconoce cuál ha sido el cumplimiento por parte de la Autoridad de Carreteras y Transportación y del Departamento de Transportación y Obras Públicas con las obligaciones allí impuestas, incluyendo la realización del análisis de tránsito y la notificación de los resultados y medidas a la Asamblea Legislativa. La Autoridad de Carreteras y Transportación y el Departamento de Transportación y Obras Públicas tienen la responsabilidad de proveer y mantener carreteras seguras y funcionales, facilitar el movimiento de vehículos y personas y aliviar, en la medida de lo posible, la congestión en las vías públicas del país. Estas obligaciones fueron reafirmadas en la Exposición de Motivos de la propia Resolución Conjunta de la Cámara 471.
Corresponde a la Cámara de Representantes ejercer su poder de investigación y fiscalización para asegurar que la política pública adoptada por la Asamblea Legislativa mediante la Resolución Conjunta de la Cámara 471 se ejecute de manera efectiva, y que las agencias concernidas rindan cuentas sobre las gestiones realizadas, los resultados obtenidos y las acciones que se proponen implantar para mitigar los problemas de tránsito en el área.
Por todo lo antes expuesto, esta Cámara de Representantes entiende necesario ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura a realizar un estudio sobre el estado de cumplimiento con la Resolución Conjunta de la Cámara 471, y, a su vez, ordenar a la Autoridad de Carreteras y Transportación y al Departamento de Transportación y Obras Públicas de Puerto Rico a cumplir cabalmente con lo allí dispuesto.
RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
Sección 1.- Se ordena a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes a realizar un estudio sobre el estado de cumplimiento por parte de la Autoridad de Carreteras y Transportación, y del Departamento de Transportación y Obras Públicas de Puerto Rico, con las obligaciones impuestas mediante la Resolución Conjunta de la Cámara 471 del 27 de marzo de 2023.
Sección 2.- La Comisión de Transportación e Infraestructura rendirá a la Cámara de Representantes, un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, incluyendo las acciones legislativas y administrativas que deban adoptarse con relación al asunto objeto de este estudio, en un término de tiempo no mayor de ciento ochenta (180) días, luego de aprobada esta Resolución.
Sección 3.- Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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