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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 2da. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. de la C. 511

18 DE NOVIEMBRE DE 2025

Presentada por el representante Morey Noble

Referida a la Comisión de Asuntos Internos

RESOLUCIÓN

Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura a realizar un estudio sobre el estado de cumplimiento por parte de la Autoridad de Carreteras y Transportación y del Departamento de Transportación y Obras Públicas de Puerto Rico con lo dispuesto en la Resolución Conjunta de la Cámara 473, finalmente aprobada por ambos cuerpos y firmada por el Gobernador y asignándosele el número de Resolución Conjunta 29-2024, relativa al análisis del tránsito entre la Carretera Estatal PR-19 (Avenida Luis Vigoreaux) y la intersección con la Avenida Ramírez de Arellano en el Municipio de Guaynabo, así como al análisis sobre los posibles beneficios de la adición de una rotonda en dicha intersección; para ordenar a dichas agencias a cumplir cabalmente con lo allí dispuesto; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La intersección que ubica entre la Carretera Estatal PR-19 (Avenida Luis Vigoreaux) y la Avenida Ramírez de Arellano en el Municipio de Guaynabo es una sumamente transitada. En dicha área convergen múltiples urbanizaciones y restaurantes, un centro comercial y hasta un canal de televisión, lo que genera un volumen considerable de tránsito durante prácticamente todo el día.

Varios residentes de las urbanizaciones aledañas han manifestado su inconformidad con la construcción de ornato en dicha intersección, ya que, en lugar de aliviar el tránsito, ha ocasionado mayor congestión vehicular en todo momento, especialmente durante las horas pico. Asimismo, han levantado preocupaciones relacionadas con la seguridad, debido a que se trata de un área de alto uso peatonal. Ante estas circunstancias, se hace propio que se lleve a cabo un estudio del tránsito en el área, con la finalidad de evaluar e identificar alternativas viables que permitan descongestionar el tránsito e impartir mayor seguridad a los conductores y peatones que cruzan diariamente por dicha intersección.

Las rotondas constituyen una opción efectiva para manejar el flujo vehicular, reducir la velocidad y facilitar la transición de ambientes de alta velocidad a baja velocidad. No solo son un tipo de intersección más segura, sino que resultan eficientes para mantener un flujo vehicular continuo. Un estudio de tránsito llevado a cabo en el año 2010 por la Administración de Autopistas del Departamento de Transportación de los Estados Unidos de América identificó una reducción de ochenta y cuatro por ciento (84 %) en accidentes automovilísticos graves y fatales con la adición de una rotonda en una intersección. La reducción de velocidad y de puntos de conflicto crea, además, un ambiente más seguro para peatones y ciclistas.

El estudio propuesto en la Resolución Conjunta de la Cámara 473 fue encomendado a la Autoridad de Carreteras y Transportación y al Departamento de Transportación y Obras Públicas de Puerto Rico, por ser las entidades con la obligación de mantener en buen estado las carreteras de la Isla. Por disposición estatutaria, estas dependencias gubernamentales están llamadas a proveer a la ciudadanía las mejores carreteras y medios de transportación posibles, así como facilitar el movimiento de vehículos y personas y aliviar, en la medida de lo posible, los peligros e inconvenientes que acarrea la congestión en las carreteras de Puerto Rico. De lo anterior se desprende que la Autoridad de Carreteras y Transportación y el Departamento de Transportación y Obras Públicas no pueden obviar su responsabilidad legal de atender lo ordenado en la referida Resolución Conjunta.

No es menos cierto que, en Puerto Rico, la congestión de tráfico representa un problema de grandes proporciones, producto del incremento en la compra de vehículos de motor, el desparrame urbano, los cambios en la densidad poblacional y la limitada disponibilidad de medios de transporte colectivo. Los tapones que se forman en gran parte de la Isla afectan adversamente la calidad de vida de la ciudadanía. Por la gran concentración de urbanizaciones y comercios, la Carretera PR-19 (Avenida Luis Vigoreaux) y la Avenida Ramírez de Arellano se han visto impactadas a diario por una congestión vehicular desproporcionada que amerita ser estudiada para evaluar posibles alternativas que la alivien.

Consciente de esta problemática, la Asamblea Legislativa aprobó la Resolución Conjunta de la Cámara 473 de 28 de marzo de 2023, mediante la cual se ordenó a la Autoridad de Carreteras y Transportación y al Departamento de Transportación y Obras Públicas a: (1) realizar un análisis sobre el tránsito entre la Carretera Estatal PR-19 (Avenida Luis Vigoreaux) y la intersección con la Avenida Ramírez de Arellano en el Municipio de Guaynabo, con el propósito de identificar alternativas viables dirigidas a descongestionar el tránsito de vehículos de motor en dicha área y mejorar la seguridad de los peatones; y (2) realizar un análisis sobre los posibles beneficios de la adición de una rotonda en esa intersección, incluyendo los posibles beneficios de la simultánea eliminación de la rotonda localizada en la Carretera Estatal PR-19 (Avenida Luis Vigoreaux) a nivel de la urbanización Villa Verde.

A tenor con dicha Resolución Conjunta, la Autoridad de Carreteras y Transportación y el Departamento de Transportación y Obras Públicas debían realizar los estudios requeridos en un término de ciento ochenta (180) días, desde su aprobación, promulgar las normas internas necesarias, aceptar donaciones o parear fondos, de ser necesario, y notificar a la Asamblea Legislativa sus resultados y las medidas a adoptarse. Sin embargo, persisten las quejas ciudadanas en el área y no se tiene certeza pública sobre el grado de cumplimiento de ambas agencias con las obligaciones allí impuestas.

Corresponde a la Cámara de Representantes ejercer su poder de investigación y fiscalización para asegurar que la política pública adoptada mediante la Resolución Conjunta de la Cámara 473 se ejecute efectivamente y que las agencias concernidas rindan cuentas sobre las gestiones realizadas, los resultados obtenidos y las acciones que se proponen implantar para mitigar la congestión vehicular y mejorar la seguridad vial en el área. Por tanto, se considera necesario ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura a realizar un estudio sobre el estado de cumplimiento con la Resolución Conjunta de la Cámara 473 y, a su vez, ordenar a la Autoridad de Carreteras y Transportación y al Departamento de Transportación y Obras Públicas a cumplir cabalmente con lo allí dispuesto.

RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

Sección 1.- Se ordena a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes a realizar un estudio sobre el estado de cumplimiento por parte de la Autoridad de Carreteras y Transportación, y del Departamento de Transportación y Obras Públicas de Puerto Rico, con las obligaciones impuestas mediante la Resolución Conjunta de la Cámara 473 del 28 de marzo de 2023.

Sección 2.- La Comisión de Transportación e Infraestructura rendirá a la Cámara de Representantes, un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, incluyendo las acciones legislativas y administrativas que deban adoptarse con relación al asunto objeto de este estudio, en un término de tiempo no mayor de ciento ochenta (180) días, luego de aprobada esta Resolución.

Sección 3.- Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

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