GOBIERNO DE PUERTO RICO
20 ma. Asamblea 3 ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
R. del S. 384
2 de diciembre de 2025
Presentada por la señora Jiménez Santoni
RESOLUCIÓN
Para enmendar la Sección 3 de la R. del S. 274, aprobada el 28 de agosto de 2025, que ordena a las Comisiones de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales; de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor; y de Planificación, Permisos, Infraestructura y Urbanismo del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre el acceso público al Río Mameyes, ubicado en el Barrio Barcelona, Carretera PR-191 interior, PR-993 en el Municipio de Río Grande, a los fines de definir las delimitaciones de dicha carretera estatal que sirve de servidumbre pública para garantizar los derechos de la ciudadanía sobre los bienes de dominio público del río y su rivera; los efectos de las estructuras situadas en los bienes públicos; y otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Resolución del Senado 274, aprobada en votación final por el Senado el 28 de agosto de 2025, fue referida a la Comisión de Turismo, Recursos Naturales y Ambientales el 29 de agosto de 2025. En cumplimiento con las funciones conferidas a la Comisión, se solicitaron los memoriales explicativos correspondientes y el 10 de octubre de 2025, se celebró una inspección ocular. Como resultado de la información obtenida, aún resta llevar a cabo una reunión ejecutiva.
La investigación de la medida presentada no ha podido ser concluida para proceder con la confección y redacción del Informe. Consecuentemente, es necesario enmendar la Sección 3, de la Resolución del Senado 274, con el fin de extender el término para que la Comisión pueda presentar su Informe Final al Senado de Puerto Rico, con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, lo cual será en o antes de 45 días contados a partir del comienzo de la 3ra. Sesión Ordinaria de la Vigésima Asamblea Legislativa.
RESUÉLVESE POR EL SENADO DE PUERTO RICO:
Sección 1.– Se enmienda la Sección 3 de la Resolución del Senado 274 para que lea como sigue:
“Sección 3.- Las Comisiones rendirán informes parciales continuos durante el término de la Vigésima Asamblea Legislativa, en los cuales detallen sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, sobre la materia objeto de esta Resolución. El informe final deberá ser presentado noventa (90) días luego de comenzar la Tercera Sesión Ordinaria.”
Sección 2.– Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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