GOBIERNO DE PUERTO RICO 20 ma. Asamblea 3ra. Sesión Legislativa Ordinaria SENADO DE PUERTO RICO R. C. del S. 113 15 de diciembre de 2025 Presentada por el señor Rosa Ramos Referida a la Comisión de Educación, Arte y Cultura RESOLUCIÓN CONJUNTA Para ordenar al Secretario del Departamento de Educación del Gobierno de Puerto Rico, desarrollar y establecer escuelas y programas especializados en agricultura en cada municipio del Distrito Senatorial de Mayagüez-Aguadilla; garantizar la creación de currículos agrícolas modernos y pertinentes; fomentar alianzas educativas con la industria agrícola; y para otros fines relacionados. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Puerto Rico enfrenta un reto urgente de autosuficiencia alimentaria. Actualmente se importa más del ochenta por ciento (80 %) de los alimentos que se consumen en la Isla, lo que representa una vulnerabilidad significativa ante crisis económicas, climáticas y logísticas. El fortalecimiento del sector agrícola no puede atenderse únicamente desde la política económica: requiere la preparación temprana de la fuerza laboral del futuro, mediante la educación pública. El Distrito Senatorial de Mayagüez-Aguadilla posee una de las mayores concentraciones de terrenos agrícolas activos en Puerto Rico, particularmente en municipios como San Sebastián, Moca, Añasco, Las Marías, Rincón, Aguada, Isabela y Hormigueros. La producción de café, farináceos, frutos menores, ganadería, pesca artesanal y nuevas iniciativas de agricultura hidropónica y agroecológica han convertido a esta región en un eje agrícola con potencial de expansión. Sin embargo, el sistema educativo actual no provee una ruta estructurada particularmente en esta zona de Puerto Rico para que los estudiantes se formen en destrezas agrícolas desde el nivel K-12, ni integra currículos modernos que combinen agricultura con tecnología, sostenibilidad, mercadeo agroempresarial y ciencias ambientales. Como resultado, la industria agrícola puertorriqueña enfrenta una escasez crítica de mano de obra, gerencia técnica y jóvenes agricultores capacitados. Establecer escuelas especializadas en agricultura dentro de cada municipio del Distrito Senatorial de Mayagüez-Aguadilla permitirá: Formar estudiantes en disciplinas agrícolas desde temprana edad. Integrar conceptos de ingeniería, biotecnología, uso de drones, energía renovable y mercadeo agroempresarial. Crear viveros escolares, huertos modelos, laboratorios de compostaje y estaciones experimentales. Establecer alianzas con el Colegio de Ciencias Agrícolas del Recinto Universitario de Mayagüez, Servicio de Extensión Agrícola, FFA, USDA y la industria agrícola local. Apoyar el desarrollo económico regional mediante la creación de nuevas cooperativas, empresas agrícolas y cadenas de valor alimentaria. Es por estas razones entre otras de vital importancia que esta Asamblea Legislativa del Gobierno de Puerto Rico entiende que desarrollar escuelas agrícolas especializadas es parte de la política pública de seguridad alimentaria y desarrollo económico sostenible de Puerto Rico RESUÉLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO: Creación de Escuelas Especializadas Se ordena al Secretario del Departamento de Educación establecer programas académicos y escuelas especializadas en agricultura en escuelas públicas de cada municipio del Distrito Senatorial Mayagüez-Aguadilla. Los programas deberán integrar, como mínimo: a) Agricultura sostenible y agroecología. b) Producción de alimentos (café, frutos menores, hortalizas). c) Biotecnología agrícola y manejo de plagas. d) Mercadeo agrícola y agroempresarismo. e) Uso de la tecnología agrícola. f) Ganadería y producción pecuaria. g) Procesamiento y distribución de alimentos. h) Conservación ambiental y manejo de recursos naturales. El Secretario del Departamento de Educación asegurará la capacitación continua de los docentes asignados a estas escuelas especializadas, garantizando una enseñanza de alta calidad en las áreas definidas. Desarrollo Curricular. El Departamento de Educación deberá: Diseñar o adaptar un currículo agrícola especializado para su implantación desde el nivel elemental hasta escuela superior. Coordinar capacitación docente junto al Servicio de Extensión Agrícola, el Colegio de Ciencias Agrícolas del RUM y entidades externas. Asegurar que los estudiantes puedan obtener certificaciones técnicas aplicables al sector agrícola. Plan de Implementación. El Secretario del Departamento de Educación presentará a la Asamblea Legislativa, dentro de ciento ochenta (180) días, un plan que incluirá Identificación de las escuelas participantes por municipio. Presupuesto requerido. Cronograma de implantación. Alianzas institucionales y comunitarias. Informes Periódicos. El Secretario de Educación deberá rendir informes semestrales al Senado y la Cámara sobre: Escuelas activas. Matrícula atendida. Ejecución presupuestaria. Resultados académicos y comunitarios. Lo dispuesto en la Sección 4 de esta Resolución Conjunta será por un período de los primeros dos (2) años tras la puesta en vigor de esta Resolución. Reglamentación. El Secretario del Departamento de Educación emitirá cualquier orden administrativa, circular o enmienda reglamentaria necesaria dentro de un término de ciento ochenta (180) días. Sección 6.-Vigencia. Esta Resolución Conjunta comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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