GOBIERNO DE PUERTO RICO
20 ma. Asamblea Legislativa | 3ra. Sesión Ordinaria |
SENADO DE PUERTO RICO
R. C. del S. 115
Presentada por el señor Morales Rodríguez
Referida a la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor
RESOLUCIÓN CONJUNTA
Para designar con el nombre de “Ramón Luis (Daddy Yankee) Ayala Rodríguez”, desde la Intersección 838 hasta la Intersección 176 la totalidad de la Carretera Estatal PR-36, sita en la jurisdicción del Municipio de San Juan, en un merecido reconocimiento a este destacado puertorriqueño, destacado por su trayectoria artística, liderazgo comunitario y entrega al arte y la cultura de Puerto Rico.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Gobierno de Puerto Rico y sus municipios han reconocido históricamente la importancia de honrar a aquellas figuras que, por su obra y legado, han contribuido de manera significativa al desarrollo cultural, social y a la proyección internacional de Puerto Rico. Nombrar espacios públicos en reconocimiento a dichas personas constituye un acto de justicia histórica y un medio para preservar la memoria colectiva y los valores que inspiran a las presentes y futuras generaciones.
Raymond Ramón Luis Ayala Rodríguez, conocido por su nombre artístico “Daddy Yankee”, es uno de los artistas puertorriqueños de mayor trascendencia internacional. Nacido y criado en San Juan, Puerto Rico, el 3 de febrero de 1976; su trayectoria artística lo posicionó como uno de los principales exponentes y pioneros del género del reguetón, un movimiento musical que surgió en la Isla y que hoy forma parte integral de la identidad cultural puertorriqueña. Su obra trascendió fronteras, idiomas y generaciones, llevando el nombre de Puerto Rico a escenarios de todo el mundo y consolidándolo como referente de la música urbana a nivel global.
A lo largo de su carrera, “Daddy Yankee” logró múltiples reconocimientos por su impacto artístico y cultural, destacándose por su capacidad de innovar, de fusionar ritmos caribeños y urbanos, y de reflejar en su música la realidad social de muchos sectores en Puerto Rico. Más allá de su éxito comercial, su legado se manifiesta en la apertura de oportunidades para nuevas generaciones de artistas puertorriqueños y en la validación internacional de un género musical nacido en las comunidades de la Isla.
Asimismo De igual manera, “Daddy Yankee” ha sido reconocido por su compromiso social y comunitario, participando en iniciativas de impacto social y manteniendo un vínculo constante con Puerto Rico, aun cuando su carrera alcanzó proyección mundial. De igual modo Asimismo, su vida ha estado marcada por una profunda transformación espiritual, fruto de su encuentro y relación con Dios, lo cual ha influido de manera significativa en su carácter, en sus decisiones personales y en su visión de vida. Su fe y amor por Dios han fortalecido su sentido de propósito, responsabilidad social y servicio, reflejándose en una conducta guiada por valores éticos y principios morales. Su historia personal, marcada por la superación, la perseverancia y la renovación espiritual, constituye un ejemplo inspirador para la juventud puertorriqueña y refuerza valores de disciplina, esfuerzo, humildad y orgullo nacional.
Por tal razón, esta Asamblea entiende meritorio designar una calle vía pública principal con el nombre de “Daddy Yankee”, como reconocimiento permanente a su aportación extraordinaria a la cultura puertorriqueña y a la proyección positiva de Puerto Rico ante el mundo. Este acto honra la trayectoria de un artista emblemático y reafirma el compromiso del Estado con la valorización de sus figuras culturales y con la preservación de la nuestra identidad como pueblo nacional en los espacios públicos.
RESUÉLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Sección 1.- Se designa con el nombre de “Ramón Luis Raymond “(Daddy Yankee)” Ayala Rodríguez”, la totalidad de la Carretera Estatal PR-36, sita desde la Intersección 838 hasta la Intersección 176, en la jurisdicción del Municipio de San Juan, en un merecido reconocimiento a este destacado puertorriqueño, destacado por su trayectoria artística liderazgo comunitario, y entrega al arte, y la cultura de Puerto Rico.
Sección 2.- El Departamento de Transportación y Obras Públicas, en conjunto con el Municipio de San Juan, procederán con la nueva identificación y la rotulación del tramo aquí designado, conforme lo que aquí se dispone.
Sección 3.- El Departamento de Transportación y Obras Públicas tomará las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta Resolución Conjunta, en un término no mayor de treinta (30) días naturales, luego de aprobada la misma.
Sección 4.- El Departamento de Transportación y Obras Públicas deberá proveer la asesoría técnica necesaria para velar velará por que la rotulación del tramo aquí designado, cumpla con las especificaciones establecidas en el “Manual de Dispositivos Uniformes para el Control de Tránsito en las Vías Públicas (MUTCD)”, y con cualquier otra reglamentación aplicable.
Sección 5.- A fin de lograr la rotulación del tramo aquí designado, se autoriza tanto al Departamento de Transportación y Obras Públicas, así como al Municipio de San Juan, a peticionar, aceptar, recibir, preparar y someter propuestas para aportaciones y donativos de recursos de fuentes públicas y privadas; parear cualesquiera fondos disponibles con aportaciones federales, estatales, municipales o del sector privado; así como a entrar en acuerdos colaborativos con cualquier ente, público o privado, dispuesto a participar en el financiamiento de esta rotulación.
Sección 6.- Esta Resolución Conjunta comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
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