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GOBIERNO DE PUERTO RICO


20 ma. Asamblea 
       Legislativa		
                     3ra. Sesión
Ordinaria	

SENADO DE PUERTO RICO
R. C. del S. 116
12 de enero de 2026
Presentada por el señor Hernández Ortiz, las señoras González Huertas y Álvarez Conde y los señores Dalmau Santiago y Santiago Rivera 

Referida a la Comisión de Gobierno

RESOLUCIÓN CONJUNTA

Para ordenar a la Autoridad para las Alianzas Público Privadas de Puerto Rico y a la Autoridad de Energía Eléctrica notificar a LUMA Energy que comience el proceso contractual de cancelación del contrato conocido como el Operation and Maintenance Agreement del 17 de junio de 2020 y el Supplemental Agreement del 22 de junio de 2020, dentro de un término de sesenta (60) días, por incumplimiento de varias cláusulas contractuales por parte de LUMA Energy, LLC (en un momento conocida como LUMA ManageCo) y LUMA ServCo., entre ambos los Operadores de GridCo; garantizar la continuidad del servicio durante la transición; y para otros fines.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El sistema energético de Puerto Rico enfrenta desafíos significativos que afectan profundamente la vida de sus ciudadanos. Estos desafíos se agudizaron por el paso del huracán María en 2017, que devastó la red eléctrica. Desde entonces, el País ha experimentado interrupciones en el servicio de energía eléctrica exacerbadas por una infraestructura obsoleta y una dependencia del 94% en combustibles fósiles para la generación.
A pesar de los esfuerzos por modernizar el sistema, incluyendo una inversión reciente de $365 millones del Departamento de Energía de Estados Unidos para la instalación de sistemas solares y de almacenamiento en hogares y centros de salud, las mejoras han sido limitadas. La Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico (AEE) continúa enfrentando dificultades para reestructurar una deuda que supera los $9,000 millones, lo que complica la implementación de soluciones efectivas.
Esta situación ha llevado a que más del 40% de la población, que vive por debajo del umbral de pobreza, enfrente dificultades para acceder a servicios básicos, como la refrigeración de alimentos y medicamentos, especialmente durante advertencias de calor extremo.
El Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, mediante la Ley 120-2018, conocida como la "Ley para Transformar el Sistema Eléctrico de Puerto Rico", autorizó la privatización de la AEE con el objetivo de mejorar la eficiencia y confiabilidad del sistema eléctrico del País. Esta decisión se fundamentó en la necesidad de modernizar la infraestructura y reducir la deuda significativa acumulada por la AEE. En virtud de esta ley, se estableció un oneroso y restrictivo contrato con LUMA Energy para la operación, mantenimiento y modernización del sistema de transmisión y distribución de energía eléctrica. El contrato, firmado en junio de 2020, tiene una duración de 15 años y busca, entre otros objetivos, facilitar la inversión de fondos federales para la reconstrucción del sistema eléctrico tras los huracanes Irma y María.
Desde la privatización del sistema eléctrico en 2021, momento en que LUMA Energy comienza sus funciones, los puertorriqueños experimentan aún más deficiencias en el servicio de energía eléctrica y han sido testigos de una gestión de recursos públicos altamente cuestionable. El argumento esencial para la cancelación del contrato de LUMA Energy se encuentra en el incumplimiento de las obligaciones contractuales y en las violaciones de ley que la empresa incurre de forma continua. Según el contrato firmado, existen al menos cuatro eventos que podrían justificar la rescisión del acuerdo:
Incumplimiento de una obligación material por parte de LUMA Energy.
Violación de la ley, según determinada por un tribunal competente.
Incumplimiento durante tres años consecutivos con las métricas claves de desempeño establecidas por el Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR).
No cumplir con las condiciones para el inicio de operación, que incluyen la salida de la AEE del caso de quiebra bajo el Título III de la ley PROMESA.
LUMA Energy ha demostrado un patrón de incumplimientos significativos del contrato, desde problemas con las métricas de desempeño hasta la incapacidad de garantizar la confiabilidad del servicio eléctrico. A pesar de la promesa inicial de un sistema eléctrico más eficiente, confiable y económico, la realidad es diametralmente opuesta. Contamos con un servicio caracterizado por apagones frecuentes y un aumento en los costos de la electricidad, afectando directamente a los consumidores y a la economía.
Otro factor que justifica la cancelación del contrato con LUMA Energy son los conflictos de intereses que han surgido a partir de su gestión. Según reseñó la prensa de Puerto Rico, el entonces CEO de LUMA Energy, Wayne Stensby, y otros funcionarios de alta jerarquía de dicha compañía estaban y están vinculados a las empresas matrices de LUMA, Quanta Services y ATCO, lo que ha generado serias preocupaciones sobre la transparencia y la legalidad de las decisiones tomadas. LUMA contrató servicios de empresas afiliadas, como ATCO PR Infrastructure Solutions LLC, administrada por Stensby y Paul Goguen, lo que constituyó un claro conflicto de intereses, ya que estos individuos obtuvieron beneficios económicos a través de fondos públicos. Esta situación no solo contraviene la Constitución del Estado Libre Asociado y las leyes de contratación gubernamental, sino que también abre la puerta a posibles actos de corrupción. 
Además, LUMA Energy ha mostrado una gestión deficiente en el uso de los recursos públicos destinados al mantenimiento y mejora del sistema eléctrico. A pesar de la promesa de ahorros significativos, la realidad ha sido la opuesta, con sobregiros presupuestarios millonarios y el uso inadecuado de fondos públicos. La empresa ha superado los presupuestos aprobados por el Negociado de Energía de Puerto Rico en múltiples ocasiones, sin que se expliquen adecuadamente las razones de estos sobregiros. Este mal manejo de los fondos no solo afecta las finanzas públicas, sino que también pone en peligro el desarrollo económico de Puerto Rico al desviar recursos que podrían ser utilizados para otras áreas prioritarias.
Un ejemplo claro de esta administración deficiente es el gasto excesivo en el año de transición, cuando LUMA incurrió en gastos exorbitantes, como mudanzas, alquileres de apartamentos lujosos y cenas en restaurantes de alta gama, lo que no solo demuestra una falta de prudencia en el manejo de los recursos, sino que también subraya una desconexión con las realidades económicas de Puerto Rico.
La mala administración de LUMA no solo implica un manejo inadecuado de los recursos, sino que genera una percepción de falta de transparencia y responsabilidad ante las necesidades de Puerto Rico. El caso de LUMA Energy es un claro ejemplo de cuando una Alianza Público-Privada (APP) se convierte en vehículo para el despilfarro, y así pierde su legitimidad, lo que inevitablemente pone en duda su capacidad para cumplir con los objetivos que originalmente justificaron su creación.
Este tipo de administración deficiente está teniendo un impacto directo en el desarrollo socioeconómico de Puerto Rico. Los recursos que podrían destinarse a mejorar la infraestructura o fortalecer los servicios esenciales se desvían hacia gastos innecesarios, perpetuando problemas estructurales y erosionando la confianza pública en esta APP. Además, esta desconexión entre las prioridades corporativas y las necesidades ciudadanas exacerba las desigualdades, fomentando una percepción de elitismo y exclusión que dificulta la cohesión social. En última instancia, esta gestión irresponsable de LUMA no solo afecta la eficiencia de los servicios, sino que también pone en peligro el progreso económico y social del país al perpetuar un modelo insostenible de desarrollo. 
Para agravar la crisis, la deficiente utilización de los fondos federales destinados a la reconstrucción del sistema eléctrico tras los huracanes Irma y María representa una preocupación significativa. LUMA Energy, encargada de gestionar estos recursos, ha sido objeto de críticas constantes debido a demoras injustificadas y falta de transparencia en la implementación de proyectos esenciales. A pesar de haberse destinado miles de millones de dólares en fondos federales, las mejoras tangibles en infraestructura eléctrica han sido mínimas, mientras que los apagones persisten con regularidad. Por ejemplo, en 2023, según informes del Negociado de Energía de Puerto Rico, solo una fracción de los proyectos financiados con estos fondos estaba en ejecución. Esta desconexión entre la disponibilidad de recursos y su aplicación efectiva resalta no solo la incapacidad de LUMA para gestionar fondos públicos, sino también la urgencia de establecer un sistema energético que responda a las necesidades de los ciudadanos.
Este problema se alinea con las preocupaciones generales sobre la mala administración de recursos y el impacto directo en la confianza pública, lo que refuerza la necesidad de una acción decisiva para abordar las deficiencias del sistema energético de Puerto Rico.
El desempeño del sistema eléctrico bajo la administración de LUMA Energy es notablemente deficiente. Desde que asumió el control en 2021, el índice que mide la duración de las interrupciones de servicio aumentó considerablemente, superando la métrica histórica de 1,243 minutos, lo que evidencia un deterioro en la calidad del servicio. Además, LUMA ha sido responsable de múltiples apagones masivos, incluyendo la interrupción del servicio eléctrico en toda la isla en abril de 2022, que dejó sin electricidad a 1.5 millones de clientes. 
El sistema eléctrico de Puerto Rico ha experimentado interrupciones significativas debido a la falta de mantenimiento en las líneas de transmisión y a la insuficiente poda de vegetación cercana a la infraestructura eléctrica, tareas principales de LUMA Energy. En agosto de 2023, Juan Saca, actual presidente de LUMA Energy, identificó que las principales causas de los apagones en la isla eran la invasión de vegetación en las líneas eléctricas y el deterioro de equipos antiguos. Saca señaló que la proximidad de árboles y plantas a los conductores eléctricos, especialmente en condiciones climáticas adversas como lluvias y vientos, incrementa la vulnerabilidad del sistema y provoca fallas en el suministro eléctrico.
En junio de 2024, se registró un apagón que afectó a más de 340,000 clientes en Puerto Rico. El entonces gobernador Pedro Pierluisi Urrutia atribuyó estos eventos a la falta de mantenimiento adecuado en las líneas de transmisión. Estos apagones no solo afectan la vida cotidiana de los puertorriqueños, sino que también perjudican gravemente la economía, con pérdidas millonarias que afectan tanto a los ciudadanos como a las empresas locales. Hace tan solo unos días, el 31 de diciembre de 2024, ocurrió lo que puede denominarse hasta ahora como el apagón masivo de fin de año. Durante este evento, que todavía no tiene una explicación oficial de lo que provocó el mismo, más de un millón de abonados sufrió la pérdida del sistema de energía en sus hogares. La situación, ocurrió precisamente a horas de entrada el 2025 y como antesala a un aumento en la factura de la luz.
El NEPR ha tenido que investigar múltiples incidentes relacionados con LUMA, lo que indica una falta de responsabilidad y transparencia por parte de la empresa. El incumplimiento de las disposiciones del contrato, especialmente en cuanto a la calidad del servicio, justifica sobradamente la rescisión de este.
La privatización del sistema eléctrico bajo el contrato con LUMA Energy fue presentada como una oportunidad para mejorar la eficiencia y reducir los costos de la electricidad, lo que a su vez se esperaba que impulsara el desarrollo económico de Puerto Rico. Sin embargo, los resultados han sido contrarios a esos objetivos. El aumento de las tarifas eléctricas, junto con la deficiente prestación de servicios y la falta de inversiones en infraestructura, frenó el crecimiento económico y ha contribuido a la incertidumbre que afecta a las empresas y consumidores de la isla.
Los puertorriqueños pagan aproximadamente 27 centavos por kilovatio-hora (kWh), en comparación con un promedio de 11 a 12 centavos en los Estados Unidos continentales. Esta diferencia coloca a Puerto Rico en una desventaja significativa. Los altos costos de electricidad han incrementado el costo de vida y de hacer negocios en el archipiélago. Algunas empresas destinan alrededor del 20% de sus gastos operativos al pago de electricidad y otras tienen que construir sistemas multimillonarios de generación de electricidad para garantizar sus operaciones. Esto no tan solo limita sus capacidades de expansión e inversión, sino que pone en riesgo su operación y permanencia en Puerto Rico.
Estos desafíos energéticos no solo afectan a las grandes empresas, sino también a los pequeños negocios y a los consumidores. La deficiencia en el servicio y los altos costos ponen en juego sus operaciones y calidad de vida, respectivamente. En comparación con otras jurisdicciones, los consumidores en Puerto Rico enfrentan un costo significativamente más alto por la energía eléctrica.
En promedio, y considerando los ingresos familiares, los puertorriqueños destinan una mayor proporción de su presupuesto a la electricidad que los residentes de cualquier estado de los Estados Unidos. Por ejemplo, en 2021, los hogares de Puerto Rico, con un ingreso medio anual de $22,237, dedicaron un 5.7% de su gasto a la electricidad, sin contar subsidios.
Para el mismo año, Hawái, que tiene las tarifas eléctricas más altas entre los Estados de Estados Unidos, registró una participación en el gasto del 2.3%, mientras que los consumidores en el sureste de Estados Unidos, la región continental con mayor proporción de gasto en electricidad, alcanzaron un 2.9%. En promedio, los consumidores estadounidenses destinaron un 2.2% de sus ingresos al pago de electricidad. Por otro lado, en países caribeños como Jamaica y la República Dominicana, la proporción del gasto en electricidad fue de entre 2.6% y 3.7% de los ingresos familiares medios, lo que resalta la pesada carga económica que enfrentan los hogares en Puerto Rico.
Entre 2018 y 2021, el hogar promedio en Puerto Rico gastó entre 5.1% y 5.7% de sus ingresos en electricidad, y las estimaciones preliminares para 2022 apuntan a un aumento al 6.6%. Este incremento refleja una tendencia al alza en el impacto de los costos energéticos sobre los ingresos familiares. Además, el alto costo de la energía tiene repercusiones negativas en la economía, afectando a los consumidores, la producción, el empleo, la migración y la competitividad comercial. Este impacto se traduce en precios más altos a lo largo de la cadena de distribución y en una reducción en los recaudos gubernamentales.
La combinación de altos costos energéticos y un servicio deficiente subraya la urgencia de adoptar medidas para lograr la rescisión del contrato, de manera que se pueda garantizar un sistema energético que no continúe siendo un obstáculo al desarrollo socioeconómico de Puerto Rico.
Para que el Gobierno de Puerto Rico, a través de la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas (AAPP), pueda cancelar el contrato con LUMA Energy, es esencial que se inicie un proceso formal de aviso de incumplimiento. Este aviso es un requisito indispensable y debe ser emitido por la AAPP o el NEPR si se determina que LUMA ha incurrido en fallos materiales en su desempeño, como la frecuencia de apagones o la calidad del servicio.
El procedimiento comenzaría con la emisión de una carta de incumplimiento, que le otorgue a LUMA un plazo de sesenta (60) días para remediar las fallas señaladas. En caso de que LUMA no logre corregir el problema en ese plazo, puede solicitar una extensión de treinta (30) días adicionales. Sin embargo, si después de este período el incumplimiento persiste, el contrato permite activar disposiciones más severas que pueden llevar a la terminación del acuerdo. Es importante señalar que el incumplimiento debe ser material, es decir, que afecta gravemente las obligaciones esenciales del contrato, como las métricas de desempeño pactadas. Como sabemos los ejemplos de incumplimiento ya se han dado.
Las métricas de desempeño son un aspecto central en el contrato entre el Gobierno de Puerto Rico y LUMA Energy. El contrato a quince (15) años estipula que LUMA debe cumplir con varias métricas claves, incluyendo la confiabilidad del sistema de energía. Entre las métricas más relevantes se encuentran el System Average Interruption Frequency Index (SAIFI) y el System Average Interruption Duration Index (SAIDI), que miden la frecuencia y duración de los apagones, respectivamente.
En caso de que el proceso de aviso de incumplimiento no logre resolver las deficiencias en el servicio, el contrato establece que se debe enviar una notificación formal de terminación, la cual debe ser entregada con un mínimo de ciento veinte (120) días de antelación. Esta notificación da paso a un período de transición que podría durar hasta un año, según lo estipulado en el contrato, durante el cual LUMA tendría que entregar el control de la operación a una nueva entidad, que podría ser otra empresa o el retorno del servicio a manos del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
A la fecha en que se presenta esta medida, el Gobierno de Puerto Rico ha sido incapaz de presentarle al País un expediente que refleje los incumplimientos de esta empresa con Puerto Rico. Lo anterior, a pesar de la evidencia pública que se ha levantado.
A principios del año pasado, específicamente el 27 de enero de 2025, la delegación del Partido Popular Democrático, presentó por conducto de su portavoz, la Petición de Información 2025-0003 y la Petición de Información 2025-0010. Ambas peticiones relacionadas con el tema del despeje de la vegetación de las líneas eléctricas.
Las peticiones de información surgen como consecuencia de un anuncio previo que había realizado el consorcio LUMA Energy. El 12 de septiembre de 2023 dicha entidad publicó lo que ellos denominaron "Anuncio Histórico: LUMA Da a conocer la iniciativa para el despeje de vegetación". A través de este proyecto, la empresa manifestó que, a través de un financiamiento con fondos federales, despejarían sobre 16,000 millas de líneas eléctricas en todo Puerto Rico. En su anuncio reconocieron el problema que causa la vegetación en las líneas eléctricas y la necesidad urgente de atender este asunto. En su comunicado, sostuvieron que "[l]a vegetación es la causa principal de las interrupciones de servicio en Puerto Rico y representa sobre el 50% de las interrupciones que afectan a los clientes en toda la isla. Esperamos que la Iniciativa para el Despeje de Vegetación mejore la confiabilidad un 15% después del primer año de trabajo".
Las peticiones de información presentadas por nuestra Delegación tenían como propósito, tras haber pasado -para ese entonces- más de un año y cuatro meses desde ese "Anuncio Histórico" conocer cuál era el estado de situación de este proyecto de despeje de las 16,000 millas, los costos que ello ha representado y si la expectativa inicial de culminar esta tarea en tres (3) años todavía era real. Había llegado a nuestra atención el hecho de que LUMA Energy, en tan solo una región había gastado un total de trece millones de dólares y tan solo había completado unas treinta (30) millas. 
Particularmente, en la Petición de Información 2025-0003 requerimos: la cantidad de fondos asignados por FEMA al consorcio LUMA Energy para atender el despeje de líneas; la cantidad que había asignado el consorcio por regiones y por municipios; la cantidad de millas que hasta la fecha -en enero de 2025- habían completado, incluyendo un informe de las que faltaban por trabajar; solicitamos que proveyeran el calendario de trabajo para el despeje de líneas y la cantidad de veces -si alguna- que habían tenido que enmendar dicho calendario; la cantidad de dinero que a la fecha habían utilizado para el proyecto y cuánto representaba eso del total asignado; así como también solicitamos las compañías que tenían a cargo el despeje de líneas y el dinero asignado a cada una de ellas. 
El consorcio respondió a dicha petición, sin embargo, requerimos que fueran más precisos en algunas respuestas. Por ejemplo, si bien manifestaron que habían despejado unas 5,500 de las 16,000 millas prometidas no expresaban el dato por regiones y municipios. De otro lado, en la misma respuesta donde aludían haber despejado unas 5,500 millas, más adelante expresaban que solo habían despejado 72 millas y exclusivamente en el Grupo A de San Juan. Ante ello, requerimos que proveyeran al Senado el detalle y la composición de los demás Grupos y los pueblos que componían esos otros grupos (regiones).
De la misma manera, le solicitamos que aclararan: si finalmente el Senado debía tomar como millas trabajadas las 5,500 a las que hacían referencia en un documento o las 72 millas a las que hacían referencia en otra parte del mismo documento.
HALLAZGOS DE LAS PETICIONES
Petición de Información 2025-0003
El consorcio respondió nuevamente, dijo que habían despejado 5,500 millas de vegetación aunque no pudieron presentar los datos de las áreas por región y/o municipio que decían haber trabajado. El 24 de abril de 2023 LUMA presentó un plan de trabajo inicial para el despeje de vegetación al Negociado de Energía de Puerto Rico y el mismo tenía un estimado de $1,200 millones. Por otra parte, LUMA había presentado 36 Detailed Scopes of Work y uno había sido obligado por un monto de $18 millones. Ese proyecto obligado era exclusivamente en San Juan Grupo A que incluye: San Juan, Guaynabo, Trujillo Alto, Carolina, Canóvanas y Río Grande. Sin embargo, para enero: LUMA Energy solo había despejado 72 millas de las 684 obligadas para el proyecto del Grupo A de San Juan. Dicho de otra manera, quedaban todavía 612 millas por trabajar, tan solo en el Grupo A de San Juan. 
 La información, sin lugar a duda es alarmante, a un año y cuatro meses desde que habían realizado el anuncio histórico el consorcio solo había despejado 72 millas a un costo de $12.9 millones de dólares -de un tope de $18 millones que tenían asignado para dicha región-. Si hacemos el cálculo por milla, eso representaba que cada milla de despeje nos había costado $179,166.67 dólares. Nos llamó la atención del mismo modo, que, para entonces, LUMA solo tenía un proyecto obligado con fondos FEMA para el despeje de vegetación, aun cuando ellos mismos habían considerado que este era y es uno de los principales retos del sistema y el causante del 50% de las interrupciones de energía. De otro lado, el consorcio no pudo precisar ante el requerimiento de información del Senado el estatuto de los otros 35 proyectos, lo que dejó en evidencia su falta de transparencia ante el País y particularmente ante este Senado. 
Sobre el calendario de trabajo requerido, LUMA no dijo en su contestación que para los próximos tres meses -eso era para febrero, marzo y abril- de 2025 solo tenían en ejecución el inicio de cuatro (4) proyectos. A lo anterior, se le sumaba el siguiente detalle: el despeje de vegetación solo se estaba concentrando en la zona metro, olvidando así al resto del País. El próximo proyecto que tenía el consorcio para trabajar era en Caguas -cuyo despeje comenzaría en abril de 2025- esto era a tan solo dos (2) meses del inicio de la temporada de huracanes. 
Petición de Información 2025-0010
De otro lado, mediante la Petición de Información 2025-0010 solicitamos que la empresa aclarara información que habían sometido mediante el requerimiento de la Petición de Información 2025-0003. En esta nueva solicitamos, como expresamos, solicitamos el detalle por regiones y pueblos y otra información relevante. La empresa nos dijo que tienen dos programas: uno financiado con fondos federales y otro de "operational vegetation management" (O&M Vegetation Management).
En el caso del financiado con fondos federales, este tiene el objetivo de despejar 16,000 millas que no incluyen las líneas de transmisión y distribución ni las subestaciones.  Sin embargo, la empresa guardó silencio sobre lo que incluía dicho despeje. En ningún momento fueron precisos.  
Por su parte, expresaron que el "operational vegetation management" (O&M Vegetation Management) que es el trabajo diario operacional que está llamado a realizar la empresa, es financiado mediante la facturación a los clientes, que se centra en el mantenimiento del sistema mediante acciones correctivas y programas y están dirigidos a atender la vegetación en programas críticos. 
En resumen: esas 5,500 millas son las que ellos habían completado desde el inicio de LUMA hasta el 31 de diciembre de 2024. 
 
De la gráfica anterior, proporcionada por el propio consorcio, quedó evidenciado que LUMA solo había despejado 72 millas de las 16,000 millas que prometieron con el uso de los fondos federales. Estas se habían realizado en los siguientes pueblos: 63.51 millas en San Juan; 3.83 millas en Carolina y 4.92 millas en Río Grande. Estas 72 millas son las únicas que han completado desde el 1 de julio de 2024 hasta principios del 2025. El dato es relevante, desde su anuncio y hasta la fecha de presentada la petición -aproximadamente en 8 meses- solo habían completado 72 millas, eso representa 9 millas por mes.
Ahora bien, al mirar los datos relacionados con las obras realizadas con fondos del "operational vegetation management" (O&M Vegetation Management) que es financiado mediante la facturación a los clientes, el dato es mucho más alarmante. De la información provista, surge que LUMA solo había despejado líneas en cinco (5) regionales:
San Juan (que comprende 11 pueblos): 366 millas: bajo el supuesto que el despeje se hizo de manera equitativa, podríamos concluir que despejaron 33 millas por pueblo que comprende la región. 
Bayamón (que comprende 8 pueblos): 1,194 millas: bajo el supuesto que el despeje se hizo de manera equitativa, podríamos concluir que despejaron 149 millas por pueblo que comprende la región. 
Caguas (que comprende 15 pueblos): 1,220 millas: bajo el supuesto que el despeje se hizo de manera equitativa, podríamos concluir que despejaron 81 millas por pueblo que comprende la región. 
Arecibo (que comprende 14 pueblos): 378 millas: bajo el supuesto que el despeje se hizo de manera equitativa, podríamos concluir que despejaron 27 millas por pueblo que comprende la región.
Ponce (que comprende 16 pueblos): 817 millas: bajo el supuesto que el despeje se hizo de manera equitativa, podríamos concluir que despejaron 51 millas por pueblo que comprende la región. 
Mayagüez (que comprende 14 pueblos): 1,216 millas: bajo el supuesto que el despeje se hizo de manera equitativa, podríamos concluir que despejaron 86 millas por pueblo que comprende la región. 
De los datos antes revelados, llama la atención que las regiones de San Juan, Ponce y Arecibo son las menos atendidas. En su respuesta informaron que han realizado otros trabajos de despeje con otros fondos (no relacionados con el Programa que sufraga FEMA) pero aun así esos otros trabajos solo han logrado: 464.96 millas de líneas de distribución despejadas y 163.77 millas de líneas de transmisión despejadas
En conclusión, LUMA solo había despejado para entonces 72 millas y no las 16,000 millas que prometieron con el uso de los fondos federales. Nuestra Delegación realizó las denuncias correspondientes sobre toda esta información y le reveló al País estos datos altamente alarmantes.
No tan solo nos quedamos en la denuncia, el 18 de febrero de 2025, cursamos dos misivas: una a la Gobernadora de Puerto Rico, Jenniffer A. González Colón y otra al ingeniero Josué Colón Ortiz, director ejecutivo de la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas. En ambas cartas, se daba cuenta de los hallazgos de las peticiones de información y se le envió como anejo las respuestas del consorcio LUMA Energy.
El 22 de julio de 2025 el ingeniero Josué Colón cursó un documento a la empresa LUMA Energy, se trató de una notificación de disputas bajo el Artículo 15 del Puerto Rico Transmission and Distribution Operating and Maintenance Agreement ("T&D OMA") que es el contrato de Operación y Mantenimiento de Transmisión y Distribución que firmó el Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico con la empresa. En uno de esos puntos, se hace referencia a una misiva enviada por la Autoridad de Alianzas Público Privadas, en relación con el tema de la vegetación. Particularmente, se le exigió a la empresa que sometiera información actualizada relacionada al proceso de despeje de vegetación, incluyendo las medidas que estaba tomando dada la cercanía temporada de huracanes. 
A la fecha, ha trascendido información de que LUMA solo ha despejado 74 millas, esto es: dos (2) millas más a las que nos presentaron a principios de año. El País no puede seguir sufriendo las consecuencias de una empresa que lejos de trabajar por tener una red eléctrica fuerte y sostenible, lamentablemente demuestra una dejadez y una falta de acción en los asuntos medulares.
CONTROVERSIA JUDICIAL NO ES LA SALIDA DE LUMA
El Gobierno de Puerto Rico ha presentado dos causas civiles ante el Tribunal de Primera Instancia. Uno de los casos se identifica como SJ2025CV11093 y el otro como SJ2025CV11202, en esencia, ambas contienen alegaciones similares. En estos casos, el Gobierno de Puerto Rico impugna una carta-extensión que fue firmada el 30 de noviembre de 2022 para extender el Supplemental Agreement del 22 de junio de 2020. Alude el Gobierno que con ella se le otorgó a LUMA un control indefinido sobre la operación del sistema y que fue firmada sin cumplir con disposiciones estatutarias. El planteamiento principal de las demandas es que dicha carta-extensión no fue firmada por los representantes el interés público según requiere la Sección 10(b) de la Ley 12-2018.  Esa carta-extensión, aduce el Gobierno que eliminó lo del periodo de 18 meses y la sustituyó por un término indefinido, condicionado a la culminación de dos eventos: la salida de la AEE del Título III o a que el plan de ajuste fuera razonablemente aceptado por el operador (LUMA).
Los planteamientos que se realizan en la demanda son puramente técnico-legales. No hay nada en dichas demandas que señalen los incumplimientos reiterados de esta compañía con los abonados. Nada se dice de los apagones, de la pésima operación de esta empresa que nos ha costado millones de dólares, ni de los incumplimientos reiterados con el proceso de despeje de vegetación.
Ahora bien y lo que es significativo, el Gobierno de Puerto Rico, pierde de perspectiva que aun de prevalecer en dichas causas civiles,  si bien queda anulada la carta-extensión, no queda así anulado el Operation and Maintenance Agreement del 17 de junio de 2020 (el contrato original cuyo término es de 15 años). Dicho de otra manera, solo se anularía la carta-extensión del Supplemental Agreement del 22 de junio de 2020. Ante ello, es necesario que el Gobierno de Puerto Rico tome otras acciones, como las ordenes en esta Resolución Conjunta. 
TRANSICIÓN
Finalmente, es importante destacar que el proceso de transición no es inmediato ni sencillo, por esto urge que se actúe con premura y se proceda a iniciar el proceso de cancelación. La movilización para la transición implica un proceso complejo de entrega de activos, infraestructura y personal, lo que hace que la cancelación del contrato no sea un proceso rápido. Además, se estima que todo el proceso de cancelación, desde el aviso de incumplimiento hasta la transición completa, podría extenderse por al menos dos años, dado el tiempo requerido para resolver las diferencias y organizar la entrega de operaciones.
La cancelación de un contrato de esta magnitud no solo tiene implicaciones jurídicas, sino también políticas y económicas. Diversos sectores de la sociedad, incluidos grupos del tercer sector y oficiales electos por el pueblo de Puerto Rico exigen la cancelación del contrato con LUMA, ya que la empresa no cumplió con su obligación de proveer un servicio confiable y eficiente. 
La cancelación del contrato con LUMA Energy es un proceso complejo que requiere cumplir con estrictos procedimientos legales establecidos en el contrato. Dado el alcance y las consecuencias de este proceso, es esencial que todas las partes involucradas actúen con rapidez, prudencia y especial detalle a la base legal que viabiliza la cancelación del contrato para así evitar consecuencias adversas.
El pueblo de Puerto Rico no puede continuar soportando las consecuencias de un desempeño deficiente que afecta directamente su calidad de vida y el desarrollo económico del archipiélago. Las constantes fallas en el servicio eléctrico, el aumento de los costos y la falta de transparencia evidencian que la continuidad del contrato con LUMA Energy no es una opción viable. Es momento de actuar con firmeza y decisión para rescindir este contrato y garantizar que los recursos energéticos de Puerto Rico sean administrados con eficiencia, responsabilidad y en beneficio de toda su gente. La Asamblea Legislativa debe tomar medidas inmediatas para priorizar un sistema energético que realmente responda a las necesidades y aspiraciones de los puertorriqueños.
RESUÉLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Sección 1.- Se ordena a la Autoridad para las Alianzas Público Privadas de Puerto Rico y a la Autoridad de Energía Eléctrica notificar a LUMA Energy que comience el proceso contractual de cancelación del contrato conocido como el Operation and Maintenance Agreement del 17 de junio de 2020 y el Supplemental Agreement del 22 de junio de 2020, dentro de un término de sesenta (60) días, por incumplimiento de varias cláusulas contractuales por parte de LUMA Energy, LLC (en un momento conocida como LUMA ManageCo) y LUMA ServCo., entre ambos los Operadores de GridCo.
Sección 2.- Se ordena a la Autoridad de Alianzas Público-Privadas a comenzar el proceso para seleccionar a un nuevo operador u operadores del sistema energético conforme al Artículo 1.8 de la Ley 17-2019 mientras se cumple con el proceso contractual de cancelación de contrato ordenado en la Sección 1. Las entidades que participen en dicho proceso de selección tendrán inmunidad de cualquier reclamación de naturaleza civil o administrativa frente a las compañías de servicio eléctrico que actualmente operan en Puerto Rico a causa de su participación del proceso de selección.
Sección 3.- El personal y las operaciones de la empresa conocida como ServCo en el acuerdo entre LUMA Energy LLC, la Autoridad de Energía Eléctrica y la Autoridad de Alianzas Público-Privadas se mantendrá en funciones. Durante el periodo de transición, las funciones de Management Co en dicho acuerdo serán ejecutadas por la Autoridad de Energía Eléctrica mientras se identifica a un nuevo operador que asuma la gerencia del sistema. 
Sección 4.- Esta Resolución Conjunta entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

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