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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 3ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO

P. de la C. 1044

INFORME POSITIVO

9 de marzo de 2026

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, en cumplimiento de su responsabilidad de atender todo asunto dirigido a responder efectivamente a las necesidades de la población y promover el bienestar social en Puerto Rico somete el presente Informe. Luego de realizar la evaluación correspondiente, atemperando la legislación a nuestra realidad actual, se presentan ante este honorable Cuerpo legislativo el Informe Positivo del P. de la C. 1044, con enmiendas en el entirillado electrónico que se acompaña. 

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto de la Cámara 1044 tiene el propósito de:

Para enmendar los Artículos 2, 5 y 6; enmendar la frase introductoria y el inciso (e) y añadir un nuevo inciso (f) y redesignar los actuales incisos (f) y (g), respectivamente, como incisos (g) y (h) del Artículo 7; enmendar el inciso (d) del Artículo 10; y enmendar los incisos (a) y (c) del Artículo 18 de la Ley Núm. 173-1999, según enmendada, conocida como “Ley del Fideicomiso de los Niños”, a los fines de redefinir su misión, objetivo y estructura administrativa; establecer como prioridad el uso de los fondos del Fideicomiso para la atención de los problemas sociales que afectan a la niñez temprana y el fortalecimiento de los servicios a las familias con menores entre cero (0) a cinco (5) años; y para otros fines relacionados.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

El Proyecto de la Cámara 1044 propone una revisión sustancial de la Ley Núm. 173-1999, con el propósito de actualizar el marco normativo que rige el Fideicomiso de los Niños y redefinir su función dentro de la política pública social del Gobierno de Puerto Rico. La medida persigue reorientar el uso de los recursos del Fideicomiso hacia intervenciones dirigidas prioritariamente a la niñez temprana y al fortalecimiento de los servicios de apoyo a las familias con menores desde el nacimiento hasta los cinco años de edad, reconociendo la importancia de atender de forma preventiva las condiciones sociales que inciden sobre el desarrollo infantil.

Entre los cambios principales, el proyecto redefine la política pública contenida en la ley vigente para establecer ejes estratégicos de inversión social enfocados en salud y nutrición infantil, educación y desarrollo temprano, apoyo a las familias, seguridad y protección infantil, reducción de pobreza y desigualdad, así como promoción de la natalidad y la crianza positiva. Asimismo, reorganiza la composición de la Junta de Directores del Fideicomiso, ampliando su integración gubernamental y ciudadana, con el fin de fortalecer su estructura administrativa y su capacidad de coordinación interagencial.

De igual forma, la medida incorpora nuevos instrumentos de planificación y rendición de cuentas, incluyendo la preparación de un Plan de Acción Cuatrienal y un Plan Decenal de Impacto a la Niñez Temprana, ambos dirigidos a establecer metas medibles, indicadores de bienestar infantil y estrategias de intervención a largo plazo. Además, se actualizan las disposiciones relacionadas con los informes anuales, la administración de fondos y las facultades operacionales del Fideicomiso, procurando una gestión más transparente y alineada con resultados concretos de impacto social.

Como parte del proceso de evaluación legislativa del Proyecto de la Cámara 1044, se solicitaron memoriales explicativos a las siguientes agencias: Departamento de la Familia, Departamento de Salud, Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA), Departamento de Justicia, Departamento de Educación y a la Oficina de Gerencia y Presupuesto. No obstante, a la fecha de este informe únicamente se recibieron los comentarios de la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA), Departamento de Familia y Departamento de Salud.

A continuación, esta Comisión presenta los correspondientes resúmenes de los memoriales explicativos recibidos.

Departamento de la Familia

El Departamento de la Familia reconoció que el Proyecto de la Cámara 1044 responde a la necesidad de actualizar el marco legal del Ley Núm. 173-1999 para atemperarlo a la realidad social actual y fortalecer el enfoque preventivo dirigido a la niñez temprana. En su memorial explicativo, la agencia expresó que la medida resulta consistente con una visión de inversión social temprana, particularmente al priorizar áreas como salud, nutrición, educación temprana, apoyo familiar y protección infantil. Asimismo, destacó que el proyecto redefine el Fideicomiso como un instrumento de intervención estructural y preventiva, alineado con las necesidades actuales de las familias con menores entre cero y cinco años.

No obstante, el Departamento advirtió que, aunque el propósito de la medida es loable, la legislación vigente aún no refleja adecuadamente la realidad administrativa actual del Fideicomiso, particularmente porque este ya no opera bajo el Banco Gubernamental de Fomento y actualmente su manejo está relacionado con la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico. Además, señaló que existen interrogantes sobre la disponibilidad real de fondos y sobre la continuidad de los recursos provenientes del Acuerdo de Transacción Global relacionado con la industria tabacalera, por lo que entendió necesario examinar con mayor detenimiento la sostenibilidad fiscal del mecanismo antes de su aprobación final.

Como parte de sus recomendaciones, el Departamento sugirió incorporar enmiendas dirigidas a armonizar la ley con la estructura administrativa vigente del Fideicomiso, eliminando referencias al Banco Gubernamental de Fomento e incorporando lenguaje acorde al rol actual de la AAFAF en la administración de estos recursos. Asimismo, recomendó que previo a la aprobación de la medida se soliciten comentarios adicionales de la AAFAF para precisar el estado de los fondos disponibles, las fuentes de financiamiento futuras y el cumplimiento actual del Acuerdo de Transacción Global de 1998.

Departamento de Salud

El Departamento de Salud expresó su respaldo al Proyecto de la Cámara 1044 al entender que la medida fortalece el enfoque preventivo de la política pública dirigida a la niñez temprana y promueve una utilización más estratégica de los recursos del Fideicomiso de los Niños. En su memorial explicativo, la agencia destacó que el proyecto reconoce la necesidad de atender de manera integrada factores que inciden directamente en el bienestar infantil, como la salud, la nutrición, la educación temprana, la seguridad y el fortalecimiento del entorno familiar, particularmente en una etapa crítica del desarrollo comprendida entre el nacimiento y los cinco años de edad.

Asimismo, el Departamento señaló que la medida resulta cónsona con los esfuerzos que actualmente se realizan desde programas de salud materno infantil e intervención temprana, particularmente a través de iniciativas dirigidas a mujeres en edad reproductiva, infantes y menores con necesidades específicas de desarrollo. A juicio de la agencia, la incorporación de herramientas de planificación como el Plan de Acción Cuatrienal y el Plan Decenal de Impacto a la Niñez Temprana fortalece la capacidad de medición y seguimiento de resultados, al tiempo que la ampliación de la Junta de Directores permite una representación multisectorial más amplia en asuntos relacionados con la niñez y la familia.

El Departamento de Salud no presentó enmiendas específicas al articulado del proyecto y manifestó su respaldo a la medida según redactada, al entender que su contenido responde adecuadamente a las prioridades de prevención, salud integral y desarrollo temprano que forman parte de la política pública vigente en beneficio de la niñez en Puerto Rico.

Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA)

La Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA) expresó su respaldo al Proyecto de la Cámara 1044 al entender que la medida fortalece el enfoque preventivo en la atención de la niñez temprana y promueve una visión integral del bienestar infantil desde sus primeros años de vida. En su memorial explicativo, la agencia destacó que el proyecto permite orientar los recursos del Fideicomiso de los Niños hacia intervenciones tempranas con impacto social sostenible, incluyendo apoyo psicosocial, programas de crianza positiva, visitas domiciliarias, detección oportuna de retrasos en el desarrollo y servicios dirigidos al fortalecimiento familiar.

Asimismo, ASSMCA señaló que la medida reconoce la importancia de atender factores de riesgo asociados a violencia, negligencia, inseguridad alimentaria e inestabilidad familiar, mediante una coordinación interagencial más estructurada y estrategias integradas de prevención. A juicio de la agencia, el enfoque propuesto resulta consistente con las mejores prácticas en desarrollo infantil temprano y con la necesidad de fortalecer la salud mental preventiva como componente esencial en la política pública dirigida a la niñez y sus familias.

Como enmienda técnica, ASSMCA recomendó corregir la designación del cargo incluido en la composición de la Junta de Directores del Fideicomiso, de manera que donde se hace referencia al “Director Ejecutivo de la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA)”, se utilice la denominación correcta conforme a su ley orgánica, que reconoce dicho cargo como Administrador de la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción.

RECOMENDACIONES Y CONCLUSIONES

Luego de evaluar el Proyecto de la Cámara 1044, así como los memoriales explicativos presentados por las agencias comparecientes, esta Comisión concluye que la medida atiende una necesidad real de actualizar el marco legal del Ley Núm. 173-1999 para fortalecer su capacidad como instrumento de inversión social dirigido a la niñez temprana y al apoyo integral de las familias en Puerto Rico.

Los comentarios recibidos reflejan consenso en torno a la importancia de reorientar el Fideicomiso hacia un modelo de intervención preventiva, con énfasis en salud, nutrición, educación temprana, fortalecimiento familiar y reducción de factores de riesgo que afectan el desarrollo infantil. De igual forma, las agencias reconocen que la incorporación de herramientas de planificación estratégica, indicadores medibles y mayor coordinación interagencial puede contribuir a una utilización más efectiva de los recursos públicos destinados a esta población.

No obstante, durante el análisis legislativo se identificó la necesidad de armonizar ciertas disposiciones del proyecto con la estructura administrativa vigente y con la nomenclatura oficial de algunas agencias concernidas. En ese sentido, esta Comisión entiende meritorio acoger la recomendación del Departamento de la Familia dirigida a revisar las referencias contenidas en la ley relacionadas con el Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico, a fin de atemperarlas a la realidad administrativa actual del Fideicomiso y al rol que actualmente desempeña la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico en la administración de estos recursos.

Asimismo, se acoge la recomendación técnica presentada por la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción dirigida a corregir la designación del cargo incluido en la composición de la Junta de Directores, de manera que se utilice la denominación oficial de Administrador de ASSMCA, conforme a su ley orgánica.

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración, recomienda la aprobación del P. de la C. 1044, con enmiendas en el entirillado electrónico que se acompaña. 

RESPETUOSAMENTE SOMETIDO,

Hon. Ricardo R. Ocasio Ramos

Presidente

Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social

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