PC0915-i.docx Descargar original ↓ Ver en SUTRA ↗

GOBIERNO DE PUERTO RICO

20 ma Asamblea 3 ra Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. de la C. 915

INFORME POSITIVO

8 DE MAYO DE 2026

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión de Educación de la Cámara de Representantes, tras un exhaustivo análisis y evaluación, recomienda respetuosamente a este Honorable Cuerpo Legislativo la aprobación del Proyecto de la Cámara 915 (en adelante, P. de la C. 915), mediante el presente Informe Positivo incorporando las enmiendas sugeridas al contenido, que se detallan en el entirillado electrónico que se acompaña.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El P. de la C. 915, tiene como propósito enmendar los Artículos 2.04, 2.08, 2.23 ; añadir los nuevos Artículos, 2.02-A, 2.04-A, 2.26 y 2.27 a la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como la “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, a los fines de establecer una nueva estructura organizacional para el Departamento de Educación; crear las posiciones de Subsecretario, Principal Oficial Financiero y Principal Oficial de Informática; disponer sus cualificaciones, funciones y deberes; transformar al Subsecretario para Asuntos Académicos y Programáticos en el Principal Oficial Académico; establecer la coordinación entre éstos; y para otros fines relacionados.

INTRODUCCIÓN

La Exposición de Motivos de la pieza legislativa resalta la necesidad de fortalecer la estructura administrativa, fiscal y tecnológica del Departamento de Educación de Puerto Rico, entidad que administra el mayor presupuesto del Gobierno, con asignaciones que superan los $5,000 millones de anuales en fondos estatales y federales. Señalamientos de agencias fiscalizadoras han identificado deficiencias en controles internos, atrasos en informes financieros y riesgos en la administración de fondos federales, lo que dio lugar, desde 2019, a la imposición de un Third-Party Fiduciary Agreement por el Departamento de Educación federal, generando costos adicionales y mayores cargas burocráticas.

Ante ello, se propone la creación del cargo de Principal Oficial Financiero (Chief Financial Officer) para robustecer los controles internos, fortalecer la planificación presupuestaria, asegurar el cumplimiento con la normativa aplicable y encaminar la terminación de la sindicatura federal, conforme a modelos exitosos implementados en varios estados. Asimismo, se establece la figura del Principal Oficial de Informática (Chief Information Officer), responsable de dirigir la transformación digital, fortalecer la ciberseguridad, estandarizar los sistemas de información y coordinar con el Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS) a fin de maximizar la eficiencia y transparencia en las inversiones tecnológicas.

La medida también atiende la ausencia de un orden de sucesión en la Ley 85‑2018, institucionalizando la estructura organizacional del Departamento de Educación, creando formalmente la posición de Subsecretario y estableciendo un mecanismo claro de sucesión ante la ausencia, incapacidad o vacante del Secretario. Finalmente, transforma la posición de Subsecretario de Asuntos Académicos y Programáticos en Principal Oficial Académico (Chief Academic Officer), alineando la estructura departamental con modelos estatales y promoviendo la profesionalización y uniformidad administrativa del sistema público de enseñanza.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

Para los fines de evaluación y análisis de la medida, la Comisión de Educación solicitó Memoriales Explicativos al Departamento de Educación de Puerto Rico, al Puerto Rico Innovation and Technology Service, a la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos y a la Oficina de Gerencia y Presupuesto. Asimismo, como parte del análisis integral de la medida, se tomó en consideración el insumo provisto en los Memoriales Explicativos solicitados por el Senado en su evaluación del equivalente (P. del S. 772) a esta medida, sometidos por la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico, la Oficina del Contralor, la Oficina de Ética Gubernamental y el Departamento de Justicia.

En cumplimiento con nuestra responsabilidad legislativa y con el propósito de obtener el aporte necesario, dichos memoriales fueron evaluados y analizados para propósitos de la redacción de este informe. A continuación, se presenta un resumen detallado de los comentarios proporcionados por las entidades gubernamentales antes mencionadas:

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO

El Departamento de Educación de Puerto Rico (en adelante, DEPR), representado por su Secretario, Lcdo. Eliezer Ramos Parés, expresó su apoyo a la medida, señalando que, como entidad con el presupuesto más alto del Gobierno, resulta indispensable fortalecer los controles internos, la planificación financiera estratégica y los mecanismos de rendición de cuentas. El Departamento respalda la creación del cargo de Principal Oficial Financiero, al entender que permitirá optimizar la administración de fondos federales, mejorar la supervisión presupuestaria y encaminar la eventual culminación del Third-Party Fiduciary Agreement impuesto por el Departamento de Educación federal.

El DEPR también favorece la creación del cargo de Principal Oficial de Informática, con el fin de liderar los esfuerzos de modernización tecnológica, reforzar los sistemas de ciberseguridad y coordinar con PRITS las iniciativas y prioridades digitales de la agencia. Asimismo, acoge positivamente el establecimiento de un orden de sucesión mediante la figura del Subsecretario, así como la transformación del área académica en el cargo de Principal Oficial Académico, con el propósito de promover uniformidad organizacional y asegurar la continuidad administrativa y operacional ante cualquier eventualidad.

PUERTO RICO INNOVATION AND TECHNOLOGY SERVICE

El Puerto Rico Innovation & Technology Service (en adelante, PRITS), representado por su Director, Poincaré Díaz, expresó su respaldo a la medida, destacando que la creación del cargo de Oficial Principal de Informática contribuiría significativamente a fortalecer la infraestructura tecnológica del DEPR mediante la integración de funciones relacionadas con innovación, transformación digital, estandarización de sistemas y ciberseguridad. No obstante, la agencia recomendó varias enmiendas para armonizar la propuesta con las Leyes 75‑2019, 151‑2004 y 40‑2024, a fin de asegurar coherencia normativa y una adecuada coordinación interagencial.

Entre sus recomendaciones, PRITS propuso adoptar la denominación oficial de “Oficial Principal de Informática”, requerir notificación de todo nombramiento para su evaluación, y delimitar las funciones del cargo de forma que estén alineadas con la supervisión que PRITS ejerce sobre planes estratégicos de tecnología, proyectos informáticos, contratos y asuntos de ciberseguridad. También recomendó que toda contratación o adquisición tecnológica del DEPR sea evaluada y aprobada por PRITS, y que las disposiciones relacionadas con inventario tecnológico, protección de datos, seguridad cibernética y capacitación se ajusten a la política pública vigente.

PRITS concluyó que estas enmiendas son necesarias para asegurar coherencia legal, fortalecer la gobernanza tecnológica del Estado y evitar duplicidades operacionales, riesgos contractuales o vulnerabilidades en los sistemas del DEPR

OFICINA DE ADMINISTRACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS

La Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos (en adelante, OATRH), representada por su Director, Lcdo. Facundo Di Mauro Vázquez, expresó su apoyo a la medida, señalando que la reorganización administrativa propuesta permitirá fortalecer los controles internos, promover la disciplina fiscal, mejorar la planificación presupuestaria, impulsar la modernización tecnológica y fomentar la transparencia en el manejo de fondos estatales y federales.

La Oficina reconoció que el DEPR ha enfrentado deficiencias administrativas que han resultado en la supervisión federal vigente desde 2019 y entiende que la estructura propuesta contribuirá a encaminar la eventual culminación de dicha sindicatura. Aclaró que, conforme a la legislación vigente, no posee jurisdicción directa sobre la materia, ya que el DEPR se encuentra exento de la Ley 8‑2017, aunque sigue sujeto al principio de mérito. No obstante, consideró que la medida es cónsona con las mejores prácticas administrativas y con la política pública vigente, por lo que no presentó objeciones a su aprobación.

AUTORIDAD DE ASESORÍA FINANCIERA Y AGENCIA FISCAL

La Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (en adelante, AAFAF), representada por el Director de Asuntos Intergubernamentales y Asesor Ejecutivo Senior, endosa el P. de la C. 915, al concluir que la reorganización interna propuesta para el DEPR, incluyendo la creación de los cargos de Subsecretario, Principal Oficial Financiero y Principal Oficial de Informática, así como la redefinición del Principal Oficial Académico, es consistente con el Plan Fiscal certificado, la Ley PROMESA y el Principio de Neutralidad Fiscal.

AAFAF destaca que el DEPR maneja el mayor presupuesto gubernamental y administra cuantiosos fondos federales sujetos a estrictos controles, por lo que fortalecer su gobernanza, controles internos y capacidad administrativa es indispensable para reducir riesgos de incumplimiento, particularmente bajo el Third-Party Fiduciary Agreement vigente desde 2019. Subraya que la medida no crea nuevas asignaciones ni incrementa el gasto público, pues se limita a redistribuir funciones dentro de la estructura existente. Reconoce que el DEPR posee el peritaje técnico para evaluar la viabilidad operativa de la reorganización y, sujeto a esa consideración, recomienda la aprobación del proyecto.

OFICINA DEL CONTRALOR DE PUERTO RICO

La Oficina del Contralor de Puerto Rico, representada por el Contralor Interino, Lcdo. Rafael Vázquez Muñiz, señala que el DEPR administra el mayor presupuesto gubernamental y que enfrenta señalamientos de agencias fiscalizadoras, incluyendo la supervisión federal mediante un Third Party Fiduciary Agreement desde 2019, lo que evidencia la necesidad de controles internos robustos.

No obstante, la Oficina enfatiza que su función es fiscalizar el uso de fondos públicos y no definir política pública. Tras evaluar la medida “desde un punto de vista administrativo y funcional”, concluye que se trata de un asunto de política pública y recomienda que se consideren los comentarios técnicos del DEPR y PRITS antes de continuar el trámite legislativo.

OFICINA DE ÉTICA GUBERNAMENTAL

La Oficina de Ética Gubernamental de Puerto Rico (en adelante, OEG) representada por el Sr. Luis A. Pérez Vargas, recomienda la medida, señalando que responde a la necesidad de fortalecer controles internos, atender señalamientos federales y modernizar la estructura administrativa del DEPR.

La OEG destaca que el DEPR opera bajo un Third Party Fiduciary Agreement desde 2019, lo que ha generado “una capa de burocracia que retrasa las transacciones y las compras simples y rutinarias”, y que la creación de un Principal Oficial Financiero y un Principal Oficial de Informática se alinea con mejores prácticas adoptadas en varios estados. Subraya la importancia de institucionalizar un orden de sucesión y una estructura organizacional clara, y advierte que los nuevos puestos podrían estar obligados a presentar informes financieros conforme al Art. 5.1(A) de su Ley Orgánica, por lo que el DEPR deberá actualizar la lista de funcionarios obligados. Finalmente, recomienda que se consideren los comentarios del DEPR, OGP y OATRH antes de continuar el trámite legislativo.

DEPARTAMENTO DE JUSTICIA DE PUERTO RICO

El Departamento de Justicia de Puerto Rico (en adelante, DJPR) representado por su Secretaria, Lourdes L. Gómez Torres, concluye que la medida se encuentra plenamente dentro de las facultades constitucionales de la Asamblea Legislativa, para “crear, consolidar o reorganizar departamentos ejecutivos y definir sus funciones”.

El DJPR reconoce que la medida responde a señalamientos sobre deficiencias en controles internos y riesgos en el manejo de fondos federales, y que busca dotar al DEPR de una estructura moderna que fortalezca la disciplina fiscal, la planificación presupuestaria y la gobernanza tecnológica. Su análisis jurídico valida que la creación de estos cargos y la reorganización propuesta son compatibles con el ordenamiento vigente y con la jurisprudencia aplicable. Finalmente, recomienda solicitar comentarios al DEPR, PRITS, AAFAF y OGP, a quienes concede deferencia en los aspectos administrativos y fiscales de la implementación.

DETERMINACIÓN DE IMPACTO ECONÓMICO

Conforme al análisis y los hallazgos de la medida, la Comisión de Educación considera que su aprobación tendrá un impacto fiscal significativo en los presupuestos de las agencias, departamentos, organismos, instrumentalidades o corporaciones públicas, por lo que requiere certificación de la Oficina de Gerencia y Presupuesto.

CERTIFICACIÓN DE LA OFICINA DE GERENCIA Y PRESUPUESTO

La Oficina de Gerencia y Presupuesto (en adelante, OGP), representada por su Director, Orlando C. Rivera Berríos, estima que los nuevos cargos representarían un costo anual aproximado entre $500,500 y $591,500, incluyendo salario y beneficios marginales. Advierte que las escalas salariales deben alinearse con el Plan de Clasificación Uniforme y con el marco fiscal vigente bajo PROMESA y la Junta de Supervisión Fiscal.

La OGP reconoce el mérito administrativo de la medida y su potencial para modernizar la gobernanza del DEPR, mejorar la transparencia y reducir riesgos en el manejo de fondos federales. No obstante, recomienda realizar un análisis fiscal detallado, coordinar con AAFAF, Hacienda, la Junta de Supervisión Fiscal, PRITS y otras entidades, definir métricas de desempeño y asegurar fuentes de financiamiento recurrentes y sostenibles. En conclusión, la OGP no presenta objeción al proyecto, siempre que su implantación cumpla con el marco fiscal y presupuestario aplicable y se garantice disciplina fiscal y coordinación interagencial.

CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN

La Comisión de Educación de la Cámara de Representantes ha llevado a cabo un análisis detallado de todas las comunicaciones recibidas. Del análisis integral de los memoriales evaluados, esta Comisión determina que existe un consenso generalizado en torno a la necesidad de fortalecer la estructura administrativa, fiscal y tecnológica del DEPR. Las entidades consultadas coincidieron en que la medida atiende deficiencias históricas en controles internos, gobernanza financiera, supervisión del uso de fondos públicos y modernización de sistemas de información, elementos que han sido señalados de manera reiterada por organismos estatales y federales. Asimismo, se destacó que la creación de los cargos propuestos permitirá mejorar la planificación presupuestaria, reforzar la ciberseguridad, estandarizar procesos tecnológicos, promover la continuidad administrativa y alinear la estructura organizacional del DEPR con las mejores prácticas vigentes.

De igual forma, se resaltó que la medida es compatible con el marco legal y fiscal aplicable, no implica nuevas asignaciones presupuestarias y se ajusta a los principios de eficiencia, transparencia y responsabilidad fiscal que rigen la administración pública. El establecimiento de un orden de sucesión claro, la profesionalización de funciones críticas y la integración de criterios técnicos en la toma de decisiones administrativas fueron identificados como pasos necesarios para fortalecer la capacidad institucional del Departamento y garantizar la prestación efectiva de los servicios educativos.

POR LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes recomienda la aprobación del P. de la C. 915, mediante el presente Informe Positivo, incorporando las enmiendas sugeridas al título y al contenido, que se detallan en el entirillado electrónico que se acompaña.

Respetuosamente sometido,

Hon. Tatiana Pérez Ramírez

Presidenta

Comisión de Educación

Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.