GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 2da. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. de la C. 917
INFORME POSITIVO
12 de noviembre de 2025
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES:
La Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración del Proyecto de la Cámara 917, recomienda a este Alto Cuerpo la aprobación de esta pieza legislativa con las enmiendas sometidas en el entirillado electrónico que se acompaña.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El P. de la C. 917, busca enmendar los Artículos 6 y 7 de la Ley 1-2001, según enmendada, conocida como “Ley para el Desarrollo Integral de las Comunidades Especiales de Puerto Rico” a los fines de eliminar el Consejo Asesor para crear la Comisión de Líderes Comunitarios; establecer un Mesa Interagencial para delinear estrategias interagenciales para el desarrollo sostenible de las comunidades vulnerable bajo la jurisdicción de la ODSEC y para otros fines relacionados.
INTRODUCCIÓN
De la Exposición de Motivos del P. de la C. 917, surge que la Ley 1-2001, según enmendada, conocida como “Ley para el Desarrollo Integral de las Comunidades Especiales de Puerto Rico” estableció como política pública promover el principio de la autogestión y apoderamiento comunitario, con el objetivo de que las personas y sus comunidades reconocen y ejercen el pleno dominio y control de sus vidas partiendo desde su propio esfuerzo y poder. Esta Ley también estableció el Consejo Asesor para el Desarrollo de las Comunidades Especiales cuyo propósito era emitir recomendaciones al Coordinador General.
Posteriormente, se crea la ODSEC mediante la Ley Núm. 10-2017, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica de la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto Rico”, cuya función es implementar y ejecutar la política pública de desarrollo comunitario del Gobierno de Puerto Rico, así como toda política pública sobre el desarrollo del Tercer Sector. A grandes rasgos, ODSEC es responsable de promover un ambiente en el cual las comunidades puedan ser motor de su propio desarrollo. A su vez, que el desarrollo tenga lugar como parte de la autogestión que permita a las personas de cada comunidad ser parte integral de cada paso de avanzada.
Además, la ODSEC tiene por virtud de ley el deber de asistir en el mejoramiento de las condiciones físicas, de infraestructura y medioambientales de estas comunidades, lo que incluye la obtención de una vivienda digna, el igual acceso a servicios básicos y a otros servicios que abonen al cabal desarrollo de los residentes de las designadas comunidades especiales.
Esta nueva estructura de la ODSEC responde a los cambios sociales actuales que requieren conocer de primera mano las necesidades de nuestra gente. Lamentablemente la estructura del Consejo Asesor no responde a estas necesidades de la estructura de ODSEC por ser una demasiado grande con exceso de representación gubernamental que carece de un procedimiento claro para nombrar los líderes comunitarios.
Por ello se propone la creación de una Comisión de Líderes Comunitarios con un proceso claro de designación. Además, se crea una Mesa Interagencial compuesta por diversos jefes de agencia que atenden de primera mano las situaciones de las comunidades puertorriqueñas. Con estos nuevos grupos de trabajo se atenderán efectivamente las necesidades de nuestra gente.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
Como parte del proceso de análisis y evaluación de esta medida, se tomó en consideración el memorial explicativo de la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario (ODSEC), el Departamento de Recreación y Deportes (DRD), el Departamento de la Vivienda (DV), la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF) y la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP). Además, se solicitaron memoriales a la Asociación de Alcaldes, el Departamento de Transportación y Obras Públicas, el Departamento de Educación, la Federación de Alcaldes, la Junta de Planificación, la Policía de Puerto Rico, el Departamento de Salud y la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa, pero a la fecha de redacción de este informe, aún no se habían recibido.
A continuación, un resumen de las ponencias recibidas para analizar la presente medida:
La ODSEC comenzó su memorial explicativo indicando que el P. de la C. 917 atiende la falta de operacionalidad que por años ha tenido el actual Consejo Asesor, ya que su estructura se concentra con una representación gubernamental excesiva y que carece de un procedimiento establecido para nombrar a los líderes comunitarios. Actualmente, el Consejo Asesor está inoperante. Entienden que esta medida atiende este problema de diseño, con una respuesta institucional sencilla y enfocada. El diseño propuesto compone la Comisión de Líderes Comunitarios con hasta 5 líderes y 2 representantes del Tercer Sector, lo que permite centrar la asesoría en quienes conocen de primera mano las necesidades de las comunidades.
De igual forma, la ODSEC entiende que establecer una Mesa Interagencial que reúne a los jefes de las dependencias claves del Gobierno, junto con alcaldes, permitirá establecer el plan de trabajo alineado a las recomendaciones de la Comisión de Líderes Comunitarios.
La ODSEC recomienda firmemente la aprobación de la medida. Su única sugerencia fue identificar un nombre representativo de la Comisión de Líderes Comunitarios, ya que tiene representación del Tercer Sector. Esta Comisión llevó a cabo las enmiendas correspondientes a la medida, redesignando al cuerpo como Consejo Asesor Comunitario y del Tercer Sector.
La AAFAF comentó que el Programa de Gobierno de esta Administración promueve la modernización gubernamental y la participación ciudadana mediante procesos más eficientes y colaborativos. El fortalecimiento de la autogestión y el apoderamiento comunitario es un principio medular de la política pública gubernamental, y la medida propuesta se alinea con esos objetivos. En la medida que la ODSEC pueda ejecutar estas disposiciones sin impacto presupuestario, el proyecto se considera compatible con los objetivos del Programa de Gobierno y con los lineamientos de eficiencia administrativa y responsabilidad fiscal que exige la Ley PROMESA y el Plan Fiscal certificado. Finalizaron su memorial recomendando la aprobación del proyecto.
La OGP, luego de analizar la intención legislativa de la medida, expresó que las mismas promueven una administración pública más eficiente, racional y coherente con las necesidades de modernización del Estado. La creación de la Comisión y la Mesa Interagencial armoniza con las metas institucionales en materia de planificación estratégica, optimización del gasto público y evaluación de resultados basados en métricas de desempeño.
Además, la medida promueve la rendición de cuentas y la transparencia interagencial, dos principios fundamentales en la política fiscal moderna. La Mesa Interagencial permite establecer mecanismos de planificación y coordinación de recursos que reducen el gasto redundante y optimizan el uso de fondos estatales y federales. Al centralizar la coordinación bajo la ODSEC, se evita la dispersión de programas y la duplicación presupuestaria que históricamente ha caracterizado el manejo de fondos comunitarios.
Desde el punto de vista presupuestario, la OGP reconoce que esta integración podría permitir que los proyectos de desarrollo local se evalúen bajo parámetros uniformes de elegibilidad. Ello, en cumplimiento y sostenibilidad fiscal, fortaleciendo la trazabilidad de los fondos públicos.
Desde la óptica de política pública fiscal, la medida también contribuye a la sostenibilidad presupuestaria del Gobierno, al eliminar estructuras ineficientes y fomentar la colaboración interagencial. Esto reduce los costos indirectos de operación, lo que permite reasignar fondos hacia actividades con impacto directo en las comunidades. Esta medida es compatible con la política pública vigente y con la visión de un gobierno centrado en resultados.
Finalizaron su ponencia indicando que la medida no impone un gasto nuevo al erario, ya que se limita a reestructurar organismos existentes dentro de la estructura de la ODSEC. Por tales razones, apoyaron la aprobación de la medida.
El DRD indicó que una comisión de líderes se enfoca en el desarrollo y la aplicación del liderazgo, sirviendo como un equipo de mentores o para coordinar estrategias, mientras que una mesa interagencial reúne a múltiples organizaciones para coordinar esfuerzos en un tema común, como la gestión migratoria o la seguridad. La primera se centra en el crecimiento personal y la estrategia del liderazgo en sí, mientras que la segunda coordina acciones y políticas entre diferentes entidades o sectores.
Entienden que coordinar y articular esfuerzos entre diferentes organizaciones, agencias o sectores nos permite evaluar, proponer políticas y acciones comunes, y se supervisa la implementación de proyectos que requieren la colaboración de múltiples entidades para compartir recursos, experiencias y mejores prácticas para abordar temas complejos.
Aunque el DRD expresó no tener autoridad o competencia sobre la medida, sus comentarios apoyaron lo propuesto en el P. de la C. 917.
El DV es la agencia creada con el propósito de proveer un enfoque integral a los retos de vivienda y desarrollo comunitario en Puerto Rico. Su política pública reafirma que toda familia debe contar con acceso a una vivienda adecuada, segura y cónsona con sus necesidades y recursos económicos, dentro de un entorno que promueva la convivencia social y la integración comunitaria.
El DV recomendó que se definiera el término “Tercer Sector” en el P. de la C. 917, toda vez que el mismo no está definido, lo que podría generar ambigüedades interpretativas en su aplicación. Esta Comisión acoge este planteamiento, integrando la definición de “tercer sector” establecida en la Ley 10-2015, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica de la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto Rico”.
IMPACTO FISCAL
El Proyecto de la Cámara 917 reorganiza funciones ya existentes en el Gobierno de Puerto Rico. Esta integración podría permitir que los proyectos de desarrollo local se evalúen bajo parámetros uniformes de elegibilidad. Ello, en cumplimiento y sostenibilidad fiscal, fortaleciendo la trazabilidad de los fondos públicos. Por tal razón, esta Comisión entiende que la presente medida no tiene impacto fiscal negativo en las finanzas del estado ni de los municipios.
CONCLUSIÓN
A la luz de los memoriales recibidos, esta Comisión de Gobierno coincide con la intención legislativa del P. de la C. 917. Luego de años inoperante, esta medida busca reestructurar el Consejo Asesor de Líderes Comunitarios, para sustituirlo con la Comisión Asesora Comunitaria y del Tercer Sector. Esta Comisión operará de forma más organizada y transparente, asegurando que sus miembros puedan llevar directamente los reclamos de las comunidades al Gobierno de Puerto Rico.
De igual forma, entendemos que la creación de una Mesa Interagencial redundará en una ordenada integración y apertura entre el Gobierno, los municipios y nuestras comunidades.
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, esta Comisión entiende que, con las enmiendas acogidas en el entirillado electrónico, el P. de la C. 917 cumple su propósito de justicia social para con nuestras comunidades. Por lo anterior, esta Comisión tiene a bien someter a este Cuerpo Legislativo este informe positivo, recomendando la aprobación del Proyecto de la Cámara 917, con las enmiendas incluidas en el entirillado electrónico que se acompaña.
Respetuosamente sometido,
Hon. Víctor L. Parés Otero
Presidente
Comisión de Gobierno
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