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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20 va Asamblea 2 da Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. de la C. 933

15 DE OCTUBRE DE 2025

Presentado por el representante Carlo Acosta

Referido a la Comisión de Turismo

LEY

Para declarar monumento histórico el “Túnel de Guaniquilla”, con el fin de preservar el mismo; incluir el mismo en el Registro de Sitios y Zonas Históricas de Puerto Rico; realizar todos los trámites conducentes a la calificación del área e identificarlo en los mapas correspondientes como tal; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Túnel de Guaniquilla fue construido en 1908 en Cabo Rojo, Puerto Rico, como parte de una línea de tren de vapor que operó hasta aproximadamente 1956. Fue una de las primeras estructuras de este tipo en la isla y sirvió como vía de transporte que conectaba nueve barrios del municipio, desde el área de Boquerón hasta Guaniquilla, facilitando el movimiento de mercancías, productos agrícolas y materiales que eran esenciales para la economía local en una época de auge industrial y agrícola. Esta estructura constituye una de las joyas históricas, naturales y arquitectónicas más emblemáticas del suroeste de Puerto Rico.

Más allá de su función práctica, el Túnel de Guaniquilla representa un testimonio tangible de la ingeniería y el esfuerzo humano de generaciones pasadas. Su estructura, excavada entre formaciones calizas y rodeada de un entorno natural de gran valor ecológico, conjuga de manera única el patrimonio cultural con el patrimonio ambiental. El área circundante al túnel alberga manglares, formaciones rocosas, cuevas, y ecosistemas costeros que forman parte del Refugio de Vida Silvestre de Cabo Rojo, reconocido por su diversidad biológica y por ser hábitat de especies endémicas y migratorias.

El túnel también posee un valor simbólico y cultural profundo para los caborrojeños y para el pueblo puertorriqueño en general. Generaciones de visitantes han recorrido sus senderos y túneles, convirtiéndolo en un punto de referencia histórico, turístico y recreativo. Su preservación no solo protege una estructura física, sino que resguarda la memoria colectiva y las tradiciones ligadas al desarrollo de Cabo Rojo como centro histórico y cultural del país.

No obstante, el paso del tiempo, la exposición a los elementos y la falta de recursos para su mantenimiento han puesto en riesgo tanto la integridad estructural del túnel como su entorno inmediato. Ante esta realidad, se hace necesario reconocer oficialmente al Túnel de Guaniquilla como patrimonio histórico de Puerto Rico, a los fines de promover su conservación y restauración. Declarar esta estructura como monumento histórico permitirá canalizar esfuerzos interagenciales, fondos públicos y privados, e incentivos de conservación cultural para garantizar que el Túnel de Guaniquilla se mantenga como legado vivo de nuestra historia y como atractivo ecoturístico y educativo para las futuras generaciones.

Por otra parte, cabe destacar que la Legislatura Municipal de Cabo Rojo aprobó una ordenanza mediante la cual se declara el Túnel de Guaniquilla como lugar de valor histórico y patrimonio tanto del Municipio Autónomo de Cabo Rojo como del Pueblo de Puerto Rico. En dicha ordenanza se reconoce que el túnel cumple con los criterios aplicables de elegibilidad para ser designado sitios históricos, conforme a lo dispuesto en la Sección 10.1.1.1 del Tomo X – Conservación de Recursos Históricos, del Reglamento Núm. 9233 de la Junta de Planificación, Reglamento Conjunto para la Evaluación y Expedición de Permisos Relacionados al Desarrollo, Uso de Terrenos y Operaciones de Negocios (RC-2020). Mediante la presente medida reforzamos esta intención legislativa municipal para la designación oficial del Túnel de Guaniquilla como sitio histórico en conformidad con dicha reglamentación.

Por todo lo anterior, esta Asamblea Legislativa entiende meritorio y de alto interés público declarar el Túnel de Guaniquilla en Cabo Rojo como monumento histórico de Puerto Rico, asegurando así la preservación de uno de los lugares más representativos de la historia, la identidad y la belleza natural de nuestra Isla.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1. - Se declara monumento histórico el “Túnel de Guaniquilla”, localizado en Cabo Rojo.

Artículo 2. – Se ordena a la Junta de Planificación, el Instituto de Cultura Puertorriqueña, la Oficina Estatal de Preservación Histórica y el Municipio de Cabo Rojo a realizar las gestiones necesarias para reconocer y oficializar la designación del Túnel de Guaniquilla como sitio o monumento histórico en conformidad con su reglamentación pertinente.

Artículo 3. – Se ordena a la Oficina Estatal de Preservación Histórica y al Gobierno Municipal de Cabo Rojo a realizar todas las gestiones necesarias para preservar el Túnel de Guaniquilla, así como gestionar los recursos que le asisten a sean necesarios para que la ciudadanía en general tenga pleno acceso y disfrute a este monumento histórico.

Artículo 4. - Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

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