ps0799-Inf.docx Descargar original ↓ Ver en SUTRA ↗

GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma Asamblea 3ra Sesión

Legislativa Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO

P. del S. 799

INFORME POSITIVO

7 de enero de 2026

AL SENADO DE PUERTO RICO

La Comisión de Vivienda y Bienestar Social del Senado de Puerto Rico, previo estudio y consideración, recomienda la aprobación del Proyecto del Senado 799 (P. del S. 799), con enmiendas.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El P. del S. 799, una medida presentada por petición de la Asociación de Dueños de Centros de Cuidado de Larga Duración y la Federación de Instituciones de Cuido Prolongado, tiene el propósito de enmendar el capítulo V y los artículos 5.01, 5.02, 5.03, 5.04 y 5.05 de la Ley 408–2000, según enmendada, conocida como “Ley de Salud Mental de Puerto Rico”, a los fines de atemperar el lenguaje y reconocer los Servicios del Cuidado Prolongado; disponer que los hogares licenciados por la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (ASSMCA) puedan ser incluidos en el ofrecimiento de servicios de cuido prolongado; y para otros fines relacionados.

Según señala la exposición de motivos de esta pieza legislativa, la salud mental ha sido un tema muy discutido a través del tiempo en Puerto Rico. Es de conocimiento general que, como pueblo, enfrentamos problemas de salud mental que afectan tanto al individuo como a su entorno. Múltiples rotativos de circulación general y las redes sociales reportan constantemente la situación que se vive hoy día, cuyas consecuencias son cada vez más notables. Sin embargo, el tema de salud mental no se limita a una población en específico, pues afecta a todos por igual, incluyendo a nuestros adultos mayores.

La Ley de Salud Mental de Puerto Rico se promulgó con el propósito de garantizar opciones de tratamiento, recuperación y rehabilitación en el campo de la salud mental. No obstante, al examinar el Capítulo V, titulado “Servicios Transicionales para Adultos”, observamos que su lenguaje no necesariamente recoge todas las modalidades de cuido prolongado y parece limitarse a servicios que solamente ameritan supervisión. La Asociación de Dueños de Centros de Cuidado de Larga Duración y la Federación de Instituciones de Cuido Prolongado han señalado que los hogares de cuido ofrecen múltiples servicios a los adultos mayores, más allá de la simple supervisión. Ambas agrupaciones sostienen que existe la necesidad de un marco institucionalizado de cuido prolongado, que armonice los servicios al adulto mayor cuando su capacidad mental se ve afectada y requiere las atenciones contempladas en la Ley 408-2000. Además, resulta apremiante modificar el lenguaje del Capítulo V de esta ley para incluir los servicios de cuido prolongado, de modo que los hogares licenciados por la ASSMCA puedan ofrecer legalmente estos servicios a los adultos mayores. Reconocer formalmente el concepto de cuido prolongado permitiría alinear la práctica con la realidad, establecer estándares diferenciados para estas facilidades y garantizar que se provean servicios adecuados, seguros y dirigidos al bienestar de las personas cuya condición mental les impide la vida independiente.

Las estadísticas ofrecidas por la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada (OPPEA) reflejan que, para el año 2023, la población mayor de sesenta (60) años en la Isla alcanzaba aproximadamente 962, 802 personas, lo que representa casi el 30% de la población total. Esos mismos datos proyectan que para el año 2040, la población adulta mayor aumentará a un 38.1%, y para el 2070 alcanzará un 47.1%. En otras palabras, casi la mitad de la población de Puerto Rico estará compuesta por adultos mayores en menos de cincuenta años.

Por consiguiente, es imperativo atemperar nuestras leyes con un lenguaje claro, preciso y adecuado que permita interpretarlas correctamente y garantizar que respondan a las necesidades reales y los servicios requeridos por la población adulta mayor.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Comisión de Vivienda y Bienestar Social del Senado de Puerto Rico, como parte de la evaluación del P. del S. 799 recibió memoriales explicativos de la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción (“ASSMCA”), el Departamento de Familia y la Asociación de Dueños de Centros de Cuidado de Larga Duración.

La Asociación de Dueños de Centros de Cuidado de Larga Duración avaló la aprobación del P. del S. 799. A juicio de esta entidad, reconocer el cuido prolongado institucionalizado como una categoría formal bajo la jurisdicción de ASSMCA permitirá alinear la práctica con la realidad clínica, fortalecer la reglamentación y los estándares de calidad, y asegurar el respeto a los derechos humanos y la dignidad de las personas con condiciones mentales crónicas.

En su ponencia, resaltan que la aprobación de esta pieza legislativa le permitirá al Estado establecer una estructura coherente, justa y humanizada que garantice entornos seguros, estables y dignos para quienes dependen de atención institucional permanente. En ese sentido, esperan que esta medida fortalezca el sistema de salud mental mediante la creación de un marco regulatorio especializado; la implementación de estándares de calidad y supervisión adaptados a la población que sirven; la protección efectiva de derechos y bienestar de las personas con limitaciones mentales funcionales; y claridad para operar las instituciones licenciadas y las entidades fiscalizadoras.

La ASSMCA presentó reparos a la aprobación del P. del S. 799. En su ponencia, enmarcan su objeción al hecho de que la pieza legislativa sustituye el marco regulatorio de servicios transicionales de adultos por servicios de cuidado prolongado de adultos mayores. Cónsono con ello, señalan que tal eliminación sería contraria a la política pública de dotar a los pacientes de salud mental con las herramientas para independizarse que persigue la Ley 408-2000.

Evaluadas las preocupaciones de ASSMCA, esta Comisión enmendó el P. del S. 799 para, en lugar de sustituir el marco regulatorio aplicable a los servicios transicionales por el de servicios de cuidado prolongado, añadir estos servicios y establecer que el licenciamiento de estos servicios sea separado. De hecho, la propuesta de esta medida según ha sido enmendada es cónsona con el compromiso que contrajo la Gobernadora en el pasado proceso eleccionario.[1]

Por otro lado, el Departamento de Familia no objetó la aprobación del proyecto. No obstante, otorgó total deferencia a la postura de ASSMCAA en cuanto a esta pieza legislativa.

IMPACTO FISCAL MUNICIPAL

En cumplimiento con el Artículo 1.007 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, la Comisión de Vivienda y Bienestar Social del Senado de Puerto Rico certifican que el P. del S. 799 no impone una obligación económica en el presupuesto de los gobiernos municipales.

CONCLUSIÓN

La Comisión de Vivienda y Bienestar Social del Senado de Puerto Rico considera meritorio las enmiendas a la Ley 408-2000 que se proponen en el P. del S. 799. A juicio de esta Comisión, proveer un marco legal para el licenciamiento de entidades que proveen servicios de cuidado prolongado a pacientes de salud mental redundará en mejores ofertas para la población que los necesita y facilitará a la ASSMCA a establecer parámetros que se ajusten más a ese tipo de servicio.

Después de todo, la Ley 408-2000 está enmarcada en ciertos principios, los cuales incluyen la disponibilidad de los servicios a ofrecerse, los cuales deben ser afines con las necesidades y características de la población a servir, con su edad y etapa de desarrollo, el género, contexto sociocultural, diagnóstico, severidad de los síntomas y signos, el nivel de cuidado que se necesita y la capacidad de funcionamiento actual y prospectiva. Sin duda, el P. del S. 799, según enmendado, es cónsono con este principio.

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Vivienda y Bienestar Social del Senado de Puerto Rico recomienda la aprobación del Proyecto del Senado 799, con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

RESPETUOSAMENTE SOMETIDO,

Hon. Jamie Barlucea Rodríguez

Presidenta

Comisión de Vivienda y Bienestar Social

  1. https://wapa.tv/noticias/politica/jenniffer-gonz-lez-presenta-propuestas-a-favor-de-adultos-mayores/article_990f0022-cc32-11ee-9320-7332fcb107ec.html

Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.