GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 4ta. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO
P. del S. 1078
INFORME NEGATIVO
1 de octubre de 2026
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
La Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, luego de estudiar el Proyecto del Senado 1078, somete Informe Negativo y recomienda que no se apruebe la medida. La Comisión reconoce el valor de la iniciativa y su propósito de atender las necesidades de la niñez. Sin embargo, las obligaciones que propone requieren recursos económicos, personal e infraestructura cuya disponibilidad no ha sido acreditada para su implantación y continuidad.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El Proyecto del Senado 1078 tiene el propósito de:
Para crear el Programa "El Armario de la Niñez" en el Departamento de la Familia; disponer la recolección anual de vestimenta para niños y niñas de 0 a 18 años en las oficinas regionales y centrales del Departamento, coincidiendo con el Día del Niño en Puerto Rico; fomentar la distribución gratuita de estos donativos a los albergues de menores y en casos de remociones de emergencia; y para otros fines relacionados.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
El Proyecto del Senado 1078 propone crear el Programa “El Armario de la Niñez” para mantener un inventario de ropa, zapatos y accesorios básicos que puedan distribuirse gratuitamente a albergues y hogares para menores, según sus necesidades, y a menores que carezcan de pertenencias personales al momento de una remoción de emergencia.
La exposición de motivos parte de una preocupación válida: cuando un niño o una niña tiene que salir de su hogar por una situación de maltrato, negligencia o crisis familiar, puede llegar al lugar de protección sin la ropa y los artículos que necesita. Contar con vestimenta adecuada puede ayudar a atender esa necesidad inmediata y ofrecerle mayor comodidad y dignidad en un momento particularmente difícil.
Para atender estas situaciones, la medida dispone una recolección anual de donativos en todas las oficinas regionales y en la oficina central del Departamento de la Familia, coincidiendo con el Día del Niño en Puerto Rico, que se celebra el segundo domingo de agosto. También encomienda a la agencia la recepción, clasificación, almacenamiento y distribución de los artículos durante la operación del programa.
El texto aprobado por el Senado el 23 de marzo de 2026 incorpora criterios de salubridad para aceptar los donativos y prohíbe recibir ropa interior usada y piezas deterioradas o que representen riesgos sanitarios. Además, exige un registro formal del inventario con información sobre las tallas, edades, tipos de artículos, fechas de recibo y salida, lugares de almacenamiento y destinatarios. Estas disposiciones reconocen que el manejo de los donativos requiere controles y una estructura administrativa organizada.
El proyecto permite acuerdos de colaboración con organizaciones sin fines de lucro, entidades comunitarias e instituciones de base de fe que cuenten con capacidad operacional para apoyar la clasificación, el almacenamiento y la distribución. Asimismo, dispone que el Secretario adopte los reglamentos necesarios dentro de ciento ochenta (180) días y que el Departamento presente un informe anual a la Asamblea Legislativa sobre los resultados y la sostenibilidad del programa.
En cuanto a su financiamiento, el Artículo 5 establece que la implantación se realizará, en la medida que sea posible, con los recursos administrativos y operacionales existentes, además de donativos, aportaciones voluntarias y recursos en especie. No obstante, el proyecto no contiene una asignación presupuestaria específica para cubrir los gastos de operación. Por ello, corresponde examinar si los recursos disponibles permiten asumir las responsabilidades que se imponen.
Departamento de la Familia
El Departamento de la Familia presentó un memorial explicativo fechado el 28 de agosto de 2026, suscrito por su secretaria, la Hon. Suzanne Roig Fuertes. En este, reconoció que la intención de la medida es loable desde una perspectiva social y humanitaria, pero expuso preocupaciones sobre el costo y la capacidad administrativa necesaria para establecer el programa.
La agencia explicó que, aun cuando se contemple la participación de organizaciones externas, la responsabilidad principal de implantar y administrar el programa permanecería en el Departamento. Por tanto, la colaboración autorizada no elimina la carga administrativa adicional ni los gastos que tendría que asumir para su funcionamiento.
Entre las necesidades identificadas, Familia señaló que habría que arrendar espacios adicionales en cada región y en las oficinas centrales, con la permisología y los equipos de seguridad correspondientes. Estos espacios tendrían que mantenerse limpios y secos y contar con control de plagas, áreas de lavandería para desinfectar los artículos y materiales para almacenarlos, como cajas, ganchos, bolsas, armarios y tablillas.
El Departamento también identificó la necesidad de establecer protocolos de recibo, clasificación, desinfección, distribución y descarte; llevar registros de entrada y salida; mantener el inventario; contar con seguros; definir horarios de funcionamiento; y crear la estructura administrativa y las campañas de promoción necesarias. Según explicó, también deben observarse los procedimientos fiscales aplicables al manejo y uso de los donativos, dependiendo de su procedencia.
En cuanto al personal, Familia estimó que se necesitarían al menos tres (3) empleados por localidad. Al considerar las diez (10) oficinas regionales y la oficina central, ello representaría una necesidad mínima de treinta y tres (33) empleados. Esta estimación refleja que la iniciativa requiere trabajo continuo de administración y manejo de artículos, además de la actividad anual de recolección.
La agencia advirtió que la operación debe atender tanto el aumento de donativos durante agosto como la distribución durante el resto del año, pues las remociones de emergencia pueden ocurrir en cualquier momento. En consecuencia, el programa tendría que mantener condiciones adecuadas de almacenamiento y capacidad de respuesta de manera continua.
Familia estimó que los gastos para implantar las iniciativas propuestas sobrepasarían los cinco millones de dólares ($5,000,000) anuales. Esta cifra corresponde al estimado expuesto por la agencia en su memorial. El Departamento destacó que la medida no contiene una asignación presupuestaria para cubrir esos gastos y planteó la necesidad de identificar una fuente de fondos y considerar su consistencia con el Plan Fiscal certificado, a la luz de las responsabilidades fiscales que señaló bajo la Sección 204(a) de PROMESA.
Como alternativa, recomendó evaluar un modelo de colaboración intersectorial en el que la operación logística se delegue en entidades comunitarias y de base de fe con capacidad probada, para evitar la duplicación de esfuerzos y aprovechar mejor los recursos públicos.
Al concluir su memorial, indicó que estaría en posición de favorecer la aprobación de la medida una vez consideradas sus recomendaciones. Su respaldo, por tanto, quedó condicionado a la atención de los asuntos señalados.
RECOMENDACIONES Y CONCLUSIONES
Esta Comisión reconoce que “El Armario de la Niñez” responde a una necesidad importante y que su implantación, con los recursos adecuados, podría beneficiar a niños y niñas que atraviesan circunstancias difíciles. La disposición de la ciudadanía a donar ropa y otros artículos también representa una oportunidad valiosa de apoyo comunitario. Ese propósito merece consideración y respeto.
Sin embargo, al evaluar una medida debemos considerar cómo se llevará a la práctica y si la agencia responsable cuenta con los medios para cumplirla. En este caso, recibir los donativos implica disponer de lugares adecuados, verificar sus condiciones, clasificarlos, conservarlos, registrar su movimiento y distribuirlos oportunamente. Cada una de esas tareas requiere personal, tiempo y recursos que deben estar disponibles antes de imponer una nueva obligación por ley.
El estimado de Familia sobre la necesidad de al menos treinta y tres (33) empleados y gastos superiores a cinco millones de dólares ($5,000,000) anuales plantea una limitación concreta. La medida no identifica una asignación que permita cubrir esas necesidades. La referencia al uso de recursos existentes y a aportaciones voluntarias no acredita, por sí sola, que habrá fondos suficientes ni personal disponible para sostener la operación sin afectar los servicios que ya presta el Departamento.
La Comisión reconoce que el texto aprobado por el Senado incorpora controles sanitarios, registros de inventario y acuerdos de colaboración. Son disposiciones pertinentes para proteger a los beneficiarios y administrar adecuadamente los artículos. Aun así, esos controles también requieren recursos para cumplirse y no resuelven la ausencia de financiamiento para la operación que ha señalado Familia.
También debe considerarse el alcance territorial de la propuesta. Establecer la recepción y el manejo de donativos en las diez regiones y en la oficina central exige coordinar espacios, personal y distribución en distintas localidades. La respuesta debe poder sostenerse durante todo el año y llegar oportunamente a quienes necesitan los artículos. A juicio de esta Comisión, esa responsabilidad requiere una planificación que responda a nuestra realidad geográfica y a la capacidad de cada localidad, junto con recursos económicos y humanos suficientes.
Legislar a favor de la niñez exige que los programas propuestos puedan ofrecer los servicios que prometen. Crear una obligación sin asegurar las condiciones para cumplirla puede dificultar su ejecución y generar expectativas que la agencia no esté en posición de atender. Por ello, esta Comisión entiende que debemos mantener una legislación realista, acorde con nuestra situación económica, los recursos humanos disponibles y las necesidades de operación en Puerto Rico.
La alternativa sugerida por Familia de evaluar colaboraciones con entidades que ya cuenten con infraestructura y capacidad probada merece examinarse para una futura propuesta. Ese análisis debe identificar quién asumiría la operación, cuáles serían sus costos y cómo se garantizaría la continuidad de la asistencia. El expediente evaluado no permite concluir que esas condiciones estén resueltas para el programa que establece esta medida.
Por estas razones, aunque reconoce el mérito de su propósito, la Comisión no recomienda la aprobación del Proyecto del Senado 1078. Esta determinación responde a las limitaciones económicas y operacionales expuestas por el Departamento de la Familia y a la necesidad de que cualquier programa que se establezca pueda funcionar de manera efectiva y sostenida.
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración, somete este Informe Negativo y recomienda la no aprobación del P. del S. 1078.
RESPETUOSAMENTE SOMETIDO,
Rep. Ricardo R. Ocasio Ramos
Presidente
Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social
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