PS1085-i.docx Descargar original ↓ Ver en SUTRA ↗

GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 3ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO

P. del S. 1085

INFORME POSITIVO

8 de junio de 2026

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, en cumplimiento de su responsabilidad de atender todo asunto dirigido a responder efectivamente a las necesidades de la población y promover el bienestar social en Puerto Rico somete el presente Informe. Luego de realizar la evaluación correspondiente, atemperando la legislación a nuestra realidad actual, se presentan ante este honorable Cuerpo legislativo el Informe Positivo del P. del S. 1085, sin enmiendas.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto del Senado 1085 tiene el propósito de:

“Para enmendar el Artículo 8, inciso (k) de la Ley 121-2019, según enmendada, conocida como la “Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a Favor de los Adultos Mayores”, a los fines de añadir los incisos (5), (6) y (7), con el propósito de garantizar la protección de las personas adultas mayores en el ámbito del deporte adaptado; y para otros fines relacionados.”

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La medida ante nuestra consideración propone enmendar la Ley 121-2019, conocida como la “Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a Favor de los Adultos Mayores”, con el propósito de fortalecer las protecciones dirigidas a las personas adultas mayores que participan en actividades y programas de deporte adaptado.

Específicamente, el proyecto dispone que el Departamento de Recreación y Deportes establezca como requisito la participación de atletas, entrenadores, árbitros, voluntarios y personal administrativo de la Liga de Deporte Adaptado en talleres de prevención de violencia y promoción del buen trato. Dichos talleres deberán incluir temas relacionados con la prevención del maltrato, el discrimen por razón de edad, la inclusión, la sensibilización sobre las necesidades de las personas adultas mayores y la promoción de entornos deportivos seguros y respetuosos.

De igual forma, la medida incorpora la obligación de integrar los principios de envejecimiento activo, inclusión y cero violencias en los programas deportivos del Departamento de Recreación y Deportes, así como promover iniciativas educativas y de concienciación en coordinación con otras agencias gubernamentales y los municipios. Además, fomenta la colaboración entre el gobierno estatal y municipal para el desarrollo y adecuación de instalaciones recreativas y deportivas accesibles para la población adulta mayor.

Por último, se ordena al Departamento de Recreación y Deportes adoptar la reglamentación necesaria para la implantación de estas disposiciones, incluyendo mecanismos de supervisión, certificación y coordinación interagencial que permitan garantizar su cumplimiento.

En el curso de la evaluación de la medida, esta Comisión examinó los memoriales explicativos y comentarios sometidos durante el trámite legislativo en el Senado de Puerto Rico, los cuales fueron solicitados al Departamento de Recreación y Deportes y a la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada (OPPEA). Las ponencias recibidas resultan de gran utilidad para el análisis de la propuesta legislativa, pues permiten conocer el impacto de la medida desde la perspectiva de las entidades llamadas a colaborar en su implantación y fiscalización. A continuación, se presentan los aspectos más relevantes de los planteamientos formulados por ambas entidades.

Departamento de Recreación y Deportes

El Departamento de Recreación y Deportes (DRD) compareció mediante memorial explicativo suscrito por el Director de Deportes Adaptados para expresar su respaldo al Proyecto del Senado 1085. La agencia indicó que la medida es consistente con la política pública vigente dirigida a promover el acceso seguro, inclusivo y equitativo a la recreación y al deporte para todas las poblaciones, incluyendo las personas adultas mayores. Asimismo, destacó que el Departamento ya cuenta con iniciativas dirigidas a esta población, particularmente a través de la Liga de Voleibol Adaptado para Adultos Mayores, así como programas de capacitación y orientación para líderes deportivos y organizadores de actividades.

En su memorial, el DRD no presentó objeciones a la aprobación de la medida ni condicionó su apoyo a la adopción de enmiendas específicas. No obstante, formuló varias recomendaciones dirigidas a fortalecer la implementación de la propuesta legislativa. Entre estas, señaló la viabilidad de incorporar a los programas de capacitación existentes temas relacionados con la prevención de lesiones físicas, el manejo adecuado de emociones y la sensibilización hacia las necesidades particulares de las personas adultas mayores. De igual forma, recomendó promover iniciativas educativas mediante la colaboración entre el Departamento de la Familia, el Departamento de Educación, la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada y el propio DRD. Además, destacó la importancia de fortalecer la colaboración con los gobiernos municipales para el desarrollo y planificación de espacios recreativos y deportivos que respondan a las necesidades de esta población.

Del análisis del Informe Positivo emitido por la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos del Senado surge que dichas recomendaciones fueron acogidas durante el proceso legislativo. En particular, la Comisión incorporó enmiendas para ampliar el contenido de los talleres requeridos, incluyendo expresamente la prevención de lesiones físicas, el manejo adecuado de emociones y la sensibilización hacia las necesidades de las personas adultas mayores. Asimismo, añadió lenguaje para fomentar la coordinación interagencial mediante iniciativas educativas conjuntas y dispuso la colaboración con los gobiernos municipales para el desarrollo y adecuación de instalaciones deportivas accesibles, seguras e inclusivas para esta población.

En consecuencia, esta Comisión observa que los planteamientos formulados por el Departamento de Recreación y Deportes fueron considerados favorablemente durante la evaluación de la medida en el Senado y quedaron reflejados en el texto aprobado por dicho cuerpo legislativo, fortaleciendo así los mecanismos de capacitación, coordinación interagencial y participación municipal contemplados en la propuesta.

Oficina de la Procuradora de Personas de Edad Avanzada (OPPEA)

La Oficina de la Procuradora de las Personas de Edad Avanzada (OPPEA) compareció mediante memorial explicativo para expresar su respaldo al Proyecto del Senado 1085. La agencia sostuvo que la medida fortalece la protección de las personas adultas mayores en el ámbito del deporte adaptado y promueve entornos seguros, inclusivos y libres de discrimen y maltrato. Asimismo, destacó que la propuesta es consistente con la política pública establecida en la Ley 121-2019, según enmendada, conocida como la “Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a Favor de los Adultos Mayores”, la cual reconoce el deber del Estado de garantizar la protección, inclusión y dignidad de esta población.

En su memorial, OPPEA favoreció particularmente las disposiciones dirigidas a requerir programas de capacitación para atletas, entrenadores, personal administrativo, voluntarios y árbitros en temas relacionados con la prevención de la violencia, la promoción del buen trato y la sensibilización hacia las necesidades de las personas adultas mayores. De igual forma, destacó la importancia de incorporar los principios de inclusión, respeto y cero tolerancia al edadismo dentro de los programas deportivos del País.

No obstante, la agencia formuló una observación técnica respecto a la implementación de la medida. Específicamente, señaló que el proyecto no detallaba el mecanismo mediante el cual la Oficina registraría y supervisaría los programas de capacitación requeridos, aunque reconoció que dichos procesos podían desarrollarse mediante reglamentación conforme a las facultades conferidas por la propia legislación. Fuera de esa observación, OPPEA no presentó objeciones sustantivas ni condicionó su apoyo a la adopción de enmiendas específicas.

Del análisis del Informe Positivo emitido por la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos del Senado surge que dicha preocupación fue atendida mediante una enmienda incorporada a la Sección 2 del proyecto. En particular, la Comisión dispuso expresamente que la reglamentación a adoptarse deberá incluir mecanismos específicos de registro, certificación, supervisión y fiscalización de los talleres de prevención de violencia y promoción del buen trato. Según se desprende del propio informe, esta enmienda tuvo el propósito de asegurar una implementación efectiva, uniforme y medible de la medida.

En consecuencia, esta Comisión concluye que la única observación técnica planteada por OPPEA fue acogida sustancialmente mediante las enmiendas trabajadas por el Senado. Aunque la agencia no recomendó cambios específicos al articulado de la medida, la Comisión senatorial fortaleció el proyecto al establecer parámetros más claros para la reglamentación, supervisión y fiscalización de los talleres requeridos, atendiendo así la preocupación expresada por la Procuraduría sobre la implementación práctica de la legislación propuesta, lo cual a esta Comisión entiende que fortalece la medida.

ANÁLISIS Y DETERMINACIONES DE LA COMISIÓN

La Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social evaluó el Proyecto del Senado 1085 a la luz de la política pública vigente en favor de las personas adultas mayores, así como de los comentarios y recomendaciones sometidos por las entidades consultadas.

La Comisión reconoce que la participación de las personas adultas mayores en actividades recreativas y deportivas constituye un componente esencial para promover el envejecimiento activo, la salud física y emocional, la integración social y una mejor calidad de vida. De igual forma, entiende que el crecimiento sostenido de esta población hace necesario seguir fortaleciendo las herramientas legislativas y administrativas dirigidas a garantizar el pleno disfrute de estos espacios en condiciones de respeto, seguridad e igualdad, sin importar las edades de los participantes.

De las ponencias evaluadas surge un respaldo claro a la medida por parte del Departamento de Recreación y Deportes y de la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada (OPPEA). Ambas entidades coincidieron en la importancia de promover iniciativas educativas, programas de capacitación y esfuerzos de concienciación dirigidos a prevenir manifestaciones de discrimen, maltrato o violencia contra las personas adultas mayores en escenarios deportivos y recreativos. Asimismo, destacaron el valor del deporte adaptado como herramienta para fomentar la salud, la inclusión y el bienestar integral de esta población.

La Comisión observa, además, que las recomendaciones y observaciones formuladas durante el proceso legislativo fueron atendidas mediante las enmiendas acogidas por el Senado. Entre las enmiendas incorporadas se encuentran las siguientes: (1) ampliación del contenido de los talleres requeridos para incluir temas relacionados con la prevención de lesiones físicas, el manejo adecuado de emociones y la sensibilización hacia las necesidades particulares de las personas adultas mayores, (2) el fortalecimiento de los mecanismos de supervisión y reglamentación, (3) la promoción de iniciativas educativas interagenciales y (4) la colaboración con los gobiernos municipales para el desarrollo y adecuación de instalaciones deportivas accesibles, seguras e inclusivas.

Luego de examinar la medida, las ponencias recibidas y las enmiendas incorporadas durante su consideración en el Senado, esta Comisión concluye que el Proyecto del Senado 1085 es una medida meritoria, razonable y consistente con la política pública establecida en la Ley 121-2019. La propuesta fortalece las garantías de protección de las personas adultas mayores, fomenta una cultura de respeto e inclusión en el ámbito deportivo y contribuye a la creación de entornos que promuevan su participación activa y segura en actividades recreativas y deportivas.

Por todo lo anterior, esta Comisión determina que la medida adelanta los mejores intereses de la población adulta mayor de Puerto Rico y favorece su aprobación.

RECOMENDACIONES Y CONCLUSIONES

La Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social concluye que el Proyecto del Senado 1085 constituye una medida loable y necesaria para continuar fortaleciendo la política pública de protección, inclusión y respeto hacia las personas adultas mayores en Puerto Rico. La medida atiende un área de gran importancia, reconociendo el valor del deporte adaptado y de las actividades recreativas como herramientas para promover el envejecimiento activo, la salud física y emocional, la integración social y una mejor calidad de vida para esta población.

Durante la evaluación de la medida, esta Comisión examinó los comentarios sometidos por el Departamento de Recreación y Deportes y la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada (OPPEA), encontrando que ambas entidades favorecen su aprobación y reconocen la pertinencia de establecer mecanismos de capacitación, sensibilización y prevención dirigidos a garantizar entornos deportivos seguros, inclusivos y libres de discrimen, maltrato y violencia. Asimismo, la Comisión constató que las observaciones y recomendaciones presentadas durante el trámite legislativo fueron atendidas mediante las enmiendas incorporadas por el Senado, fortaleciendo la implantación y efectividad de la propuesta.

Por todo lo anterior, la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social recomienda la aprobación del Proyecto del Senado 1085, por entender que el mismo adelanta los mejores intereses de las personas adultas mayores de Puerto Rico, fortalece las protecciones reconocidas en la Ley 121-2019 y contribuye a la creación de espacios deportivos más seguros, accesibles, inclusivos y respetuosos para todos.

POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración, recomienda la aprobación del P. del S. 1085, sin enmiendas.

RESPETUOSAMENTE SOMETIDO,

Hon. Ricardo R. Ocasio Ramos

Presidente

Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social

Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.