(R. Conc. de la C. 35) RESOLUCIÓN CONCURRENTE Para denominar la plaza de los galleros situada en el Distrito Capitolino con el nombre de Gerardo Mora Pagán; y para otros fines relacionados. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Gerardo Mora Pagán dedicó su vida al servicio comunitario, al deporte y a la organización de eventos que fomentaron la convivencia y la identidad cultural en Barranquitas y en Puerto Rico. Nació en Bayamón el 25 de octubre de 1965. Su niñez y juventud transcurrieron en la Avenida Lomas Verdes. En 1982 se trasladó a vivir a Barranquitas, donde formó una hermosa familia y procreó dos hijos: Gerardo O. Mora Vázquez y Normaris Mora Vázquez. Desde muy pequeño manifestó pasión por los deportes; se desempeñó como atleta, baloncelista, dirigente de equipos y organizador de eventos deportivos. Trabajó en "La Banca" como gerente y ajustador de cuentas. Fue maestro de Educación Especial en el Departamento de Educación. En sus últimos años laboró en el Departamento de Recreación y Deportes como Director en la Comisión de Seguridad Pública. Dirigió varias comisiones deportivas, entre ellas: Gallos, Boxeo, Lucha Libre, Artes Marciales, Pista de Aceleración y Velocidad, Mountain Bike y Lucha Olímpica. En Barranquitas se distinguió por ser un hombre dedicado al deporte y a la política; fue un líder comunitario que respondía presente ante las necesidades de su pueblo. Finalmente falleció en Barranquitas el 10 de febrero de 2022, junto a su hijo, disfrutando del deporte del pico y espuelas que tanto le fascinaba. Gerardo Mora Pagán es considerado el Caballero del Deporte de los Gallos. Por todo lo anterior, y con el propósito de honrar su memoria y su inconmensurable aporte al deporte y a la comunidad, procede la designación de la plaza de los galleros con su nombre. RESUÉLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO: Sección 1.-Se denomina la plaza de los galleros situada en el Distrito Capitolino con el nombre de Gerardo Mora Pagán, en reconocimiento a su trayectoria y servicio comunitario. Sección 2.-La Superintendencia del Capitolio de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico y los respectivos presidentes de los Cuerpos Legislativos tomarán las medidas necesarias para dar fiel cumplimiento a las disposiciones de esta Resolución Concurrente. Sección 3.-Se faculta a la Superintendencia del Capitolio de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico para instalar la rotulación correspondiente conforme a lo consignado en esta Resolución Concurrente y para celebrar una actividad oficial de develación o dedicación, según corresponda. Sección 4.-A fin de lograr la rotulación que aquí procede, se autoriza a la Superintendencia del Capitolio de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico a solicitar, aceptar, recibir, preparar y someter propuestas para aportaciones y donativos de recursos de fuentes públicas y privadas; a combinar fondos disponibles con aportaciones federales, estatales, municipales o del sector privado; y a celebrar acuerdos colaborativos con cualquier entidad pública o privada dispuesta a participar en el financiamiento de dicha rotulación. Sección 5.-Esta Resolución Concurrente entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
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