(TEXTO DE APROBACIÓN FINAL POR LA CÁMARA) (19 DE MARZO DE 2026) GOBIERNO DE PUERTO RICO 20ma. Asamblea 3ra. Sesión Legislativa Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES R. de la C. 629 23 DE FEBRERO DE 2026 Presentada por el representante Fourquet Cordero Referida a la Comisión de Asuntos Internos RESOLUCIÓN Para ordenar a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el funcionamiento administrativo, operacional y fiscal de la Oficina Regional Educativa (ORE) de Ponce del Departamento de Educación de Puerto Rico; evaluar los recientes cambios administrativos y su impacto en la estabilidad institucional; examinar los controles internos, los procesos de supervisión y el manejo de recursos; determinar el efecto de los incidentes públicos reportados en la prestación de servicios educativos a la comunidad escolar de la Región Sur; y para otros fines relacionados. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La educación pública constituye uno de los pilares fundamentales del desarrollo social, económico y democrático de Puerto Rico. El Departamento de Educación de Puerto Rico tiene la responsabilidad constitucional y legal de garantizar que los estudiantes del sistema público reciban una educación de calidad en un ambiente seguro, organizado y eficiente. Las Oficinas Regionales Educativas (ORE) cumplen un rol esencial dentro de la estructura administrativa del Departamento de Educación, al servir como enlace directo entre el nivel central y las escuelas. Estas oficinas son responsables de la supervisión académica y administrativa, la implementación de la política pública, la asignación y fiscalización de recursos, la atención de asuntos disciplinarios y operacionales, así como el apoyo continuo a directores, docentes y personal escolar. En meses recientes, la Oficina Regional Educativa de Ponce ha sido objeto de incidentes públicos que han generado preocupación entre padres, maestros, directores escolares y miembros de la comunidad. Asimismo, se han producido cambios administrativos cuya naturaleza, justificación, proceso y consecuencias requieren ser examinados con detenimiento. La estabilidad en el liderato y la consistencia en la gestión administrativa son elementos indispensables para garantizar la continuidad y eficiencia en la prestación de servicios educativos. Cualquier deficiencia administrativa, inestabilidad organizacional, falta de controles internos adecuados o manejo ineficiente de recursos puede impactar directamente la calidad del servicio educativo que reciben miles de estudiantes en Ponce y en la Región Sur. La ausencia de transparencia o de información clara sobre estos asuntos debilita la confianza pública en las instituciones educativas; por lo cual estimamos meritorio poder evaluar su buen funcionamiento. La Cámara de Representantes, en el ejercicio de su facultad constitucional de fiscalización, tiene el deber de evaluar el funcionamiento de las dependencias gubernamentales, particularmente cuando su desempeño incide directamente sobre el bienestar de la niñez y la juventud de Puerto Rico. Esta investigación no persigue prejuzgar ni señalar responsabilidades sin evidencia, sino procurar claridad, transparencia y, de ser necesario, formular recomendaciones que fortalezcan la gestión administrativa y la política pública educativa. Por todo lo anterior, resulta meritorio y necesario ordenar una investigación legislativa que permita examinar el funcionamiento administrativo, operacional y fiscal de la Oficina Regional Educativa de Ponce, así como el impacto de los cambios recientes en la prestación de servicios educativos a la comunidad escolar. RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO: Sección 1.- Se ordena a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre el funcionamiento administrativo, operacional y fiscal de la Oficina Regional Educativa (ORE) de Ponce del Departamento de Educación de Puerto Rico; evaluar los recientes cambios administrativos y su impacto en la estabilidad institucional; examinar los controles internos, los procesos de supervisión y el manejo de recursos; determinar el efecto de los incidentes públicos reportados en la prestación de servicios educativos a la comunidad escolar de la Región Sur. Sección 2.- La Comisión podrá celebrar vistas públicas, solicitar memoriales explicativos, requerir información y documentos oficiales, citar funcionarios y exfuncionarios, así como realizar cualquier gestión necesaria para el fiel cumplimiento del mandato conferido mediante esta Resolución. Sección 3.- La Comisión deberá rendir un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones legislativas en un término no mayor de ciento veinte (120) días contados a partir de la aprobación de esta Resolución. Sección 4.- Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.