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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 3ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. de la C. 628

23 DE FEBRERO DE 2026

Presentada por el representante Robles Rivera

Referida a la Comisión de Asuntos Internos

RESOLUCIÓN

Para ordenar a las comisiones de la Región Norte; y de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la tardanza en el desembolso de pagos a suplidores que brindan servicios para el Departamento de Educación, dentro de la jurisdicción del Distrito Representativo Núm. 14 que comprende los municipios de Arecibo y Hatillo; evaluar posibles incumplimientos contractuales, deficiencias administrativas o fallas en la obligación de fondos y pagos por servicios; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La estabilidad de los sistemas de educación pública y privada no depende únicamente del personal docente, sino también de una extensa red de profesionales y entidades privadas que complementan los servicios esenciales a nuestros estudiantes. En el Distrito Representativo Núm. 14 (Arecibo–Hatillo), cientos de niños, particularmente aquellos adscritos al Programa de Educación Especial, entre otros, reciben servicios indispensables mediante contratos suscritos con el Departamento de Educación de Puerto Rico.

No obstante, ha trascendido públicamente la situación de una escuela de educación especial en el municipio de Arecibo que anunció el cierre de sus operaciones debido a deudas acumuladas por parte del Departamento de Educación por servicios ya prestados. La posible interrupción de servicios a estudiantes con necesidades particulares no solo representa un problema administrativo, sino una amenaza directa al derecho constitucional a la educación y a las garantías estatutarias y federales que protegen a la población de educación especial.

Más preocupante aún es que esta situación no constituye un hecho aislado. Año tras año, en todo Puerto Rico terapistas del habla y lenguaje, patólogos del habla, terapistas ocupacionales, asistentes T1, tutores, centros educativos especializados, transportistas escolares y otros suplidores denuncian atrasos que superan los sesenta (60), noventa (90) y hasta ciento veinte (120) días en el pago de facturas sometidas correctamente y correspondientes a servicios ya rendidos.

El retraso sistemático en el desembolso de pagos genera consecuencias graves, entre las que podemos mencionar: la reducción o cancelación de servicios esenciales; desincentiva la contratación de profesionales cualificados; coloca en riesgo la estabilidad financiera de pequeños y medianos proveedores; podría constituir incumplimientos contractuales por parte del Estado; y levanta serias interrogantes sobre la planificación presupuestaria y la obligación oportuna de fondos públicos.

Resulta particularmente alarmante la alegación recurrente de que existen facturas correspondientes a servicios prestados para las cuales no se obligaron fondos suficientes, o que los contratos incluyan topes mensuales facturables que no guardan proporción con la necesidad real del servicio. De confirmarse, ello reflejaría deficiencias estructurales en la planificación fiscal y administrativa que atenda contra la educación del sector más vulnerable de nuestras comunidades escolares. Sobre todo, considerando los trámites administrativos que conlleva la aprobación de un aumento de fondos y las enmiendas de contratos.

Si bien en el caso del colegio de educación especial de Arecibo que confrontó problemas por la falta de pago por los servicios prestados ha recibido la atención o respuesta por parte del Departamento de Educación, el mero hecho de que situaciones como esas sucedan y tengan que llegar a los extremos son el mejor ejemplo de lo que viven muchos suplidore de servicios del Departamento de Educación. Son situaciones que no deberían suceder y, si suceden, deben ser resueltas oportunamente por la agencia para que los servicios no se vean interrumpidos.

Esta Cámara de Representantes tiene el deber constitucional de fiscalizar la ejecución presupuestaria y el cumplimiento ministerial de las agencias del Ejecutivo. La transparencia en el uso y desembolso de fondos públicos y la protección de los derechos de nuestros estudiantes requieren una investigación rigurosa, documentada y orientada a la adopción de medidas correctivas concretas para el beneficio de nuestros estudiantes.

RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

Sección 1.- Se ordena a las comisiones de la Región Norte; y de Educación de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la tardanza en el desembolso de pagos a suplidores que brindan servicios para el Departamento de Educación, dentro de la jurisdicción del Distrito Representativo Núm. 14 que comprende los municipios de Arecibo y Hatillo; evaluar posibles incumplimientos contractuales, deficiencias administrativas o fallas en la obligación de fondos y pagos por servicios.

Sección 2.- Como parte de la investigación encomendada en la Sección 1, las Comisiones deberán identificar y examinar, sin que se entienda como una limitación, los siguientes aspectos:

  1. Determinar el promedio de días transcurridos entre:
    1. La radicación formal de la factura;
    2. La certificación administrativa correspondiente (pre-intervención); y
    3. El desembolso efectivo del pago.
  2. Identificar el total de facturas con más de treinta (30), sesenta (60) y noventa (90) días de vencimiento, detallando:
    1. Monto individual y agregado adeudado;
    2. Fecha de radicación;
    3. Tipo de servicio prestado;
    4. Escuela o región impactada;
    5. Días de vencimiento;
    6. Razones administrativas, presupuestarias o contractuales para la falta de pago.
  3. Identificar si los contratos vigentes contienen topes mensuales facturables, y en tales casos:
    1. La justificación presupuestaria para dichos topes;
    2. Si los topes responden a limitaciones en la obligación de fondos;
    3. Cuántas facturas corresponden a servicios ya prestados sin fondos previamente obligados;
    4. Las razones por las cuales no se efectuó la obligación de fondos suficiente para cubrir la totalidad de los servicios contratados.
    5. Indicar si los fondos son estatales o federales.
  4. Presentar un desglose separado por cada tipo de servicio contratado en el Distrito Representativo Núm. 14, incluyendo, pero sin limitarse a:
    1. Terapia del habla y lenguaje
    2. Terapia ocupacional
    3. Asistentes T1
    4. Tutorías académicas
    5. Transportación escolar
    6. Seguridad
    7. Centros educativos especializados (colegios privados)
    8. Servicios psicológicos
    9. Servicios de Trabajo Social
    10. Otros servicios profesionales o técnicos

Sección 3.- Las Comisiones quedan autorizadas a solicitar información, realizar vistas públicas, inspecciones oculares, requerir la comparecencia de funcionarios, entidades públicas o privadas y cualquier otra gestión necesaria para cumplir con los propósitos de esta Resolución.

Sección 4.- Las comisiones rendirán los informes parciales que estimen convenientes, incluyendo sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones; asimismo, rendirán un Informe Final antes de que culmine el término de la Vigésima Asamblea Legislativa.

Sección 5.- Esta Resolución comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

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