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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 3ra. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. de la C. 631

24 DE FEBRERO DE 2026

Presentada por el representante Varela Fernández

Referida a la Comisión de Asuntos Internos

RESOLUCIÓN

Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social, de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el estado de situación de la población de cuidadores informales en Puerto Rico, su perfil, retos y necesidades; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El cuidado informal constituye una de las columnas invisibles del sistema de bienestar en Puerto Rico. Miles de ciudadanos, en su mayoría familiares, asumen diariamente la responsabilidad de atender a adultos mayores, personas con impedimentos y pacientes con condiciones crónicas, sin recibir compensación económica ni contar con suficientes recursos institucionales. Este esfuerzo, aunque esencial para la sostenibilidad social y sanitaria del país, se realiza en condiciones de gran vulnerabilidad y con escaso reconocimiento público.

En los últimos años, se han dado pasos importantes para visibilizar y atender esta realidad. La aprobación de la Ley Núm. 82-2023, conocida como la Ley sobre la Política Pública del Cuidado Informal de Puerto Rico, marcó un hito al reconocer derechos básicos de los cuidadores y establecer disposiciones sobre su registro, capacitación y protección laboral. Sin embargo, la experiencia demuestra que aún existen vacíos significativos en la implementación y alcance de esta política pública.

A nivel federal, el Congreso de los Estados Unidos aprobó en 2017 la Ley RAISE (“Recognize, Assist, Include, Support and Engage Caregivers”), que dio lugar a una comisión nacional dedicada a estudiar los retos de los cuidadores familiares y a recomendar acciones concretas. El informe inicial de dicha comisión, elaborado con el apoyo de la Administration for Community Living, estableció cinco objetivos estratégicos: reconocer y educar a los cuidadores, integrarlos en los procesos de atención médica, ampliar los servicios de apoyo, fortalecer su seguridad económica y laboral, y fomentar la investigación para el desarrollo de políticas públicas basadas en evidencia.

Puerto Rico también ha explorado este tema mediante iniciativas legislativas. En 2021, la Cámara de Representantes creó un grupo de trabajo para investigar la situación de los cuidadores familiares, cuyos hallazgos fueron presentados en un informe conjunto en 2024 por varias comisiones legislativas. Dicho informe subrayó la necesidad de ampliar los programas de apoyo, reducir el impacto financiero de la labor de cuidado y garantizar la inclusión de los cuidadores en los procesos de atención.

Estudios recientes revelan que más de la mitad de los cuidadores informales en la Isla forman parte de la fuerza laboral, pero enfrentan limitaciones económicas y falta de apoyo en sus centros de trabajo.

Puerto Rico necesita fortalecer y ampliar su política pública sobre cuidado informal. Es indispensable reconocer a los cuidadores como actores esenciales en el sistema de atención, proveerles servicios de apoyo integrales, garantizar su estabilidad económica y laboral, y fomentar la investigación continua para diseñar soluciones sostenibles. Solo así se podrá asegurar que quienes sostienen silenciosamente el bienestar de miles de familias cuenten con las herramientas necesarias para cumplir su rol sin sacrificar su propia salud y calidad de vida.

RESUÉLVESE POR LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

Sección 1. — Se ordena a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social, de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el estado de situación de la población de cuidadores informales en Puerto Rico, su perfil, retos y necesidades.

Sección 2. — La investigación deberá incluir, pero no limitarse a:

Sección 3. — Para cumplir con lo ordenado en esta Resolución, la Comisión podrá celebrar vistas públicas, requerir la comparecencia de funcionarios, expertos, académicos, representantes de organizaciones comunitarias y del sector de la salud, así como solicitar información a agencias gubernamentales, universidades y entidades privadas.

Sección 4. — La Comisión rendirá un informe con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones a esta Cámara en un término no mayor de ciento veinte (120) días a partir de la aprobación de esta Resolución.

Sección 5. — Esta Resolución entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

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