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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma Asamblea 4ta Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. C. del S. 164

INFORME POSITIVO

24 de agosto de 2026

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO

La Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico, previo estudio y consideración de la R. C. de la S. 164, tiene a bien recomendar a este Alto Cuerpo la aprobación sin enmiendas.

ALCANCE DE LA MEDIDA

La Resolución Conjunta del Senado 164 propone ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado al amparo de la Ley Núm. 26-2017, según enmendada, conocida como "Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal", evaluar la posibilidad de autorizar la disposición a favor del Municipio de Lares, mediante el negocio jurídico que proceda conforme a dicha ley, incluyendo, sin limitarse a, usufructo, arrendamiento, cesión de uso, compraventa, transferencia de titularidad o cualquier otro negocio jurídico permitido, del terreno y la estructura de la antigua Escuela Piletas Arce, localizada en la Carretera PR-129, Ramal 4453, Km. 2 Hm. 8 del barrio Piletas Arce en el Municipio de Lares, para que sea utilizada por la Asociación Comunitaria Piletas Arce, Inc., en coordinación con el Municipio de Lares, como centro comunal y para proyectos de desarrollo económico, educativos, comunitarios y agrícolas en beneficio de la comunidad.

Según se desprende de la Exposición de Motivos, la Escuela Piletas Arce, identificada con el código núm. 11536, cerró sus operaciones educativas en el año 2014 y se encuentra clasificada como estructura en desuso, lo que la ha llevado a un estado de deterioro. La Asociación Comunitaria Piletas Arce, Inc. mantiene un plan para rehabilitar el plantel con el apoyo de la comunidad y destinarlo a un centro comunal y de actividades en beneficio de los residentes del barrio y sectores circundantes, siguiendo el precedente de la propia comunidad, que en la década de 1990 se organizó para construir un salón de kínder en esa escuela. El Municipio de Lares, por su parte, ha informado que proyecta utilizar la estructura como sede de oficinas de seguridad integradas con la Policía Municipal y como centro de acopio comunitario para la distribución de suministros en casos de emergencia o desastres naturales.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Comisión de Transportación e Infraestructura, para la debida consideración y estudio de la Resolución Conjunta del Senado 164 y en aras de fomentar la economía procesal recibió los memoriales explicativos sometidos por la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado de Puerto Rico.

El Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (CEDBI) no objeta la adopción de la R. C. del S. 164. No obstante, hizo constar que el Municipio de Lares había solicitado previamente esta misma propiedad, para destinarla a un centro de cuido diurno para envejecientes y un consejo de seguridad, y que dicha gestión no pudo completarse debido a que no fue posible identificar dentro del Gobierno de Puerto Rico la entidad que ostenta la titularidad registral del inmueble. El CEDBI señaló, además, que conforme a la ley federal conocida como PROMESA y al Artículo 5.07 de la Ley Núm. 26-2017, no está autorizado a transferir la titularidad de inmuebles en desuso libre de costo, sino que la disposición debe determinarse a base del valor en el mercado, evidenciado mediante una tasación con no más de dos años de vigencia. En virtud de lo anterior, el CEDBI recomendó que se obtenga y confirme la información registral de la propiedad antes de continuar con la evaluación de la solicitud del Municipio.

El Departamento de Educación (DEPR) indicó que la Escuela Piletas Arce (código núm. 11536) se encuentra clasificada como estructura en desuso desde que cerró operaciones educativas en el año 2014. El DEPR hizo constar, asimismo, que en el año 2016 el Comité había endosado un permiso de entrada y ocupación (PEYO) del plantel a favor de la Iglesia de la Comunidad del referido municipio, y que posteriormente emitió un endoso adicional para que el Municipio de Lares utilizara la propiedad mediante traspaso con el propósito de establecer un centro de mercadeo agrícola, gestión que fue referida al DTOP para el trámite correspondiente. El DEPR recomendó que esta Comisión solicitara al DTOP, en su calidad de titular custodio de las propiedades en desuso del Gobierno de Puerto Rico, información actualizada sobre el estatus de la propiedad.

El Municipio Autónomo de Lares endosó favorablemente la transferencia de la antigua Escuela Piletas Arce. El Municipio informó que proyecta destinar la estructura a oficinas de seguridad integradas con la Policía Municipal y otros componentes de respuesta rápida, así como a un centro de acopio comunitario para la distribución de suministros y la atención a la ciudadanía en casos de emergencias o desastres naturales. El Alcalde reiteró la disposición del Municipio a colaborar en cualquier gestión adicional necesaria para adelantar el propósito de la medida.

El Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) expresó estar conforme con la medida que autoriza el traspaso de la antigua Escuela Piletas Arce al Municipio de Lares, a tenor de las disposiciones de la Ley Núm. 26-2017. El DTOP reiteró que, conforme a PROMESA y al Artículo 5.07 de dicha Ley, el CEDBI no está autorizado a transferir la titularidad libre de costo, sino que la disposición de los inmuebles en desuso se determina a base de su valor en el mercado.

IMPACTO FISCAL

Según se desprende de los comentarios recibidos de las agencias gubernamentales, no fue posible determinar un impacto fiscal asociado a esta medida. Por tanto, esta Comisión concluye que la misma no representa un impacto fiscal adicional sobre el presupuesto de gastos del Gobierno proveniente del Fondo General.

CONCLUSIÓN

La Comision de Transportacion e Infraestructura concluye que la R. C. del S. 164 atiende una necesidad legítima de la comunidad de Piletas Arce en el Municipio de Lares, al proveer un mecanismo ordenado, enmarcado en la Ley Núm. 26-2017, para disponer de una propiedad escolar en desuso desde el 2014 a favor de un uso comunitario y municipal productivo. Ninguna de las entidades consultadas objetó la medida; el historial de gestiones administrativas previas sobre este mismo inmueble, que no llegaron a completarse, respalda la necesidad de atender el asunto mediante Resolución Conjunta, sujeto a que se confirme la titularidad registral de la propiedad y se determine su valor en el mercado conforme exige PROMESA y el Artículo 5.07 de la Ley Núm. 26-2017.

Por los fundamentos antes expuestos, la Comisión de Transportación e Infraestructura, somete el presente Informe Positivo de la R. C. del S. 164 en el que recomendamos a este Honorable Cuerpo su aprobación sin enmiendas.

Respetuosamente sometido,

José A. Hernández Concepción

Presidente

Comisión de Transportación e Infraestructura

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