GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 3ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. DE LA C. 669
INFORME POSITIVO
2 de junio de 2026
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
La Comisión de Asuntos Internos de la Cámara de Representantes, previo estudio y consideración de la R. de la C. 669, tiene a bien someter su informe recomendando la aprobación de la medida con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña este informe, cuyo título lee:
"Para ordenar a la Comisión de la Región Norte de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre las condiciones de infraestructura del Bosque Estatal de Río Abajo, localizado en jurisdicción del Municipio de Arecibo, a los fines de identificar el presupuesto asignado para su administración y conservación, evaluar los planes de mantenimiento establecidos, si alguno, y los proyectos planificados para su rehabilitación para el disfrute y beneficio de la ciudadanía; y para otros fines relacionados."
ALCANCE Y ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Resolución de la Cámara Núm. 669 tiene el propósito de realizar una investigación sobre las condiciones de infraestructura del Bosque Estatal de Río Abajo, localizado en jurisdicción del Municipio de Arecibo, a los fines de identificar el presupuesto asignado para su administración y conservación, evaluar los planes de mantenimiento establecidos, si alguno, y los proyectos planificados para su rehabilitación para el disfrute y beneficio de la ciudadanía.
Según se desprende de la Exposición de Motivos de la medida, el Bosque Estatal de Río Abajo, ubicado en la región norte-central de Puerto Rico entre los municipios de Arecibo y Utuado, es un patrimonio ecológico, hidrológico, científico y recreativo de valor incalculable para nuestra Isla. Designado originalmente en 1943, este bosque se asienta sobre la vital región cársica del norte, caracterizada por sistemas de cuevas, manantiales, sumideros y mogotes que resultan esenciales para la recarga de acuíferos y la regulación del clima local. Actualmente bajo la custodia del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) conforme a la Ley Núm. 23 de 20 de junio de 1972 ("Ley Orgánica del DRNA").
Por otra parte, se indica que han surgido denuncias ciudadanas y periodísticas en torno al mantenimiento y condiciones en que se encuentran las facilidades. Estas alertas señalan un notable deterioro en las instalaciones físicas, accesos, sistemas de señalización, senderos y áreas de apoyo dentro del bosque. Asimismo, se indica que existe la necesidad de poder evaluar el manejo de las asignaciones presupuestarias para atender el Bosque.
Esta Comisión coincide con la necesidad de poder atender mediante una investigación el estatus actual de infraestructura y el presupuesto asignado para las mencionadas facilidades y fiscalizar las gestiones administrativas encaminadas para proteger nuestra infraestructura ecológica y la protección del ecosistema en la región norte.
CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN
Considerando los elementos analizados, esta Comisión concluye que la medida examinada responde a un interés legislativo legítimo y debidamente fundamentado. En consecuencia, se recomienda la aprobación de la Resolución de la Cámara 669, con las enmiendas que obran en el entirillado electrónico que acompaña este informe.
Respetuosamente sometido,
PEDRO JULIO SANTIAGO GUZMÁN
Presidente
Comisión de Asuntos InternosDocumento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.