GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 3ra Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO
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R. C. del S. 125
INFORME POSITIVO
10 de abril de 2026
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
La Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, en cumplimiento de su responsabilidad de atender todo asunto dirigido a responder efectivamente a las necesidades de la población y promover el bienestar social en Puerto Rico somete el presente Informe. Luego de realizar la evaluación correspondiente, atemperando la legislación a nuestra realidad actual, se presentan ante este honorable Cuerpo legislativo el Informe Positivo del R. C. del S. 125, sin enmiendas.
La Resolución Conjunta del Senado 125 tiene el propósito de:
Para ordenar a la Secretaria del Departamento de la Familia, diseñar y establecer un programa piloto que ofrezca un sistema coordinado de apoyo y servicios a los adultos con neurodivergencia; establecer parámetros y requisitos del Programa; facultar a la Secretaria del Departamento de la Familia para adoptar la reglamentación necesaria a estos fines; y para otros asuntos relacionados.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Resolución Conjunta del Senado 125 tiene como propósito ordenar al Departamento de la Familia diseñar e implantar un programa piloto dirigido a establecer un sistema coordinado de apoyo y servicios para adultos con neurodivergencia, incluyendo la definición de parámetros operacionales, mecanismos de coordinación interagencial y facultades reglamentarias necesarias para su implementación.
La medida se inserta dentro del desarrollo de la política pública del Gobierno de Puerto Rico orientada a fortalecer la inclusión social, la autonomía personal y la calidad de vida de las personas con diversidad funcional, particularmente en la etapa adulta, donde históricamente se ha identificado una disminución en la disponibilidad de apoyos estructurados y servicios especializados.
En ese contexto, la pieza legislativa propone un modelo programático de carácter piloto, dirigido a una población definida, que incorpora un enfoque integral de servicios que abarca, entre otros, orientación, desarrollo de destrezas de vida diaria, apoyo familiar, manejo de casos y servicios coordinados de naturaleza social y comunitaria. Asimismo, establece un esquema de coordinación interagencial que reconoce la necesidad de integrar recursos y peritaje de distintas entidades gubernamentales.
Surge del análisis del expediente legislativo que el Senado de Puerto Rico llevó a cabo un proceso de evaluación amplio, en el cual se recibieron memoriales explicativos de múltiples entidades concernidas, incluyendo agencias con competencia directa en la materia. Como resultado de dicho proceso, se identificaron planteamientos de carácter técnico, programático e institucional relacionados, entre otros aspectos, con la delimitación de responsabilidades interagenciales, la viabilidad operacional del programa, la armonización con servicios existentes y la necesidad de asegurar la coherencia administrativa de la medida.
En atención a lo anterior, el Senado incorporó enmiendas dirigidas a atender dichos planteamientos, incluyendo la actualización de referencias institucionales conforme al ordenamiento vigente, la delimitación adecuada de roles entre agencias, la integración del programa piloto de forma complementaria a servicios existentes y la consideración de criterios de viabilidad administrativa y disponibilidad de recursos.
Estas enmiendas, según surge del informe del Senado, no alteran el propósito fundamental de la medida, sino que fortalecen su estructura normativa, su coherencia institucional y su aplicabilidad práctica, permitiendo que el programa piloto pueda desarrollarse de manera coordinada, evaluable y conforme a las capacidades del Estado.
A la luz de lo anterior, esta Comisión evaluó la medida considerando el análisis previamente realizado por el Senado, así como el contenido del texto enmendado, concluyendo que la pieza legislativa, en su versión actual, responde adecuadamente a los objetivos de política pública que persigue y atiende de forma razonable los planteamientos presentados durante el proceso legislativo.
En ese sentido, la medida constituye una herramienta viable para promover la creación de un modelo piloto de servicios dirigidos a adultos con neurodivergencia, mediante un enfoque estructurado, coordinado y sujeto a evaluación continua.
ALCANDE DEL INFORME
Para la preparación del presente informe, esta Comisión evaluó el texto de la Resolución Conjunta del Senado 125, así como el expediente legislativo correspondiente, incluyendo el informe positivo emitido por el Senado de Puerto Rico y los memoriales explicativos considerados durante dicho proceso.
El análisis realizado se centró en examinar la medida en su versión enmendada, a la luz de los planteamientos atendidos en la otra Cámara, con el propósito de determinar su viabilidad, coherencia institucional y conformidad con la política pública vigente.
RECOMENDACIONES Y CONCLUSIONES
Luego de evaluar el texto de la Resolución Conjunta del Senado 125, así como el expediente legislativo correspondiente, esta Comisión concluye que la medida, en su versión enmendada, atiende adecuadamente los objetivos de política pública que persigue y refleja un proceso legislativo en el cual fueron considerados y atendidos los planteamientos sometidos por las entidades concernidas.
Asimismo, la Comisión reconoce que el Senado de Puerto Rico realizó un análisis abarcador de la medida e incorporó enmiendas dirigidas a fortalecer su estructura normativa, su viabilidad operacional y su coherencia con el ordenamiento jurídico vigente.
En ese sentido, esta Comisión determina que la medida, según aprobada por el Senado, constituye un mecanismo adecuado para adelantar la política pública dirigida a promover el bienestar, la inclusión y el acceso a servicios para adultos con neurodivergencia, mediante la implantación de un programa piloto sujeto a evaluación.
POR TODO LO ANTES EXPUESTO, la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, previo estudio y consideración, recomienda la aprobación de la R. C. del S. 125, sin enmiendas.
RESPETUOSAMENTE SOMETIDO,
Hon. Ricardo R. Ocasio Ramos
Presidente
Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social
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