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GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 4ta. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

R. DE LA C. 569

INFORME POSITIVO

16 de octubre de 2026

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión de Asuntos Internos de la Cámara de Representantes, previo estudio y consideración de la R. de la C. 569, tiene a bien someter su informe recomendando la aprobación de la medida con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña este informe, cuyo título lee:

“Para enmendar la Sección 5 de la Resolución de la Cámara 11, aprobada el 31 de marzo de 2025, a los fines de extender hasta el final de la Vigésima Asamblea Legislativa, el término otorgado a las Comisiones de la Región Este; y de la Región Metro de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, para rendir el informe final de la investigación sobre el servicio y mantenimiento de la infraestructura eléctrica en los municipios de Canóvanas, Carolina y Trujillo Alto.”

ALCANCE Y ANÁLISIS DE LA MEDIDA

La Resolución de la Cámara Núm. 569 persigue enmendar la Sección 5 de la Resolución de la Cámara 11, aprobada el 31 de marzo de 2025, a los fines de extender hasta el final de la Vigésima Asamblea Legislativa, el término otorgado a las Comisiones de la Región Este; y de la Región Metro de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, para rendir el informe final de la investigación sobre el servicio y mantenimiento de la infraestructura eléctrica en los municipios de Canóvanas, Carolina y Trujillo Alto.

Según se expone en la Exposición de Motivos, la Resolución de la Cámara 11 requirió a las Comisiones presentar su informe final, con sus hallazgos, conclusiones y recomendaciones, dentro del plazo de ciento ochenta (180) días siguientes a su aprobación. No obstante, debido al volumen de trabajo de ambas Comisiones y a la espera de los memoriales explicativos solicitados, entre otros asuntos, no fue posible rendir el informe final dentro del plazo concedido. Por consiguiente, la aprobación de esta Resolución viabilizará que las Comisiones cuenten con el tiempo necesario para culminar la investigación, pues se estima meritorio extender el término para que rindan su informe final en o antes de que culmine la Vigésima Asamblea Legislativa.

Como comisión cameral, entendemos que la Resolución objeto de análisis cuenta con todo lo requerido constitucional, estatutaria y jurisprudencialmente, para permitir que las Comisiones de la Región Este; y de la Región Metro concluyan la investigación ordenada.

Finalmente, recomendamos a las Comisiones de la Región Este; y de la Región Metro tramitar la investigación conforme al reglamento y con apego al plazo concedido para rendir su informe final.

CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN

Considerando los elementos analizados, esta Comisión concluye que la medida examinada responde a un interés legislativo legítimo y debidamente fundamentado. En consecuencia, se recomienda la aprobación de la Resolución de la Cámara 569, con las enmiendas que obran en el entirillado electrónico que acompaña este informe.

Respetuosamente sometido,

PEDRO JULIO SANTIAGO GUZMÁN

Presidente

Comisión de Asuntos Internos

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