GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 3ra. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
P. de la C. 1302
5 DE JUNIO DE 2026
Presentado por el representante López Román
Referido a la Comisión de Turismo
LEY
Para declarar Patrimonio Cultural y Lugar de Valor Histórico el Jardín Botánico y Cultural de Caguas, localizado en el barrio Cañabón del Municipio de Caguas.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La identidad del pueblo de Puerto Rico se fundamenta en la riqueza de su memoria histórica, la diversidad de sus orígenes étnicos y la conservación de su entorno natural. A través de los años, el Gobierno de Puerto Rico ha establecido una política pública firme dirigida a la identificación, protección y salvaguarda de aquellos espacios geográficos que custodian hallazgos arqueológicos, históricos y ecológicos de valor incalculable para las futuras generaciones.
Dentro del corazón de la región centro-oriental de la Isla se encuentra el Jardín Botánico y Cultural William Miranda Marín, ubicado en el Municipio Autónomo de Caguas. Este espacio de aproximadamente 60 cuerdas de terreno no representa únicamente un pulmón verde de gran importancia etnoecológica, sino que constituye un auténtico "museo viviente". En sus terrenos convergen las tres vertientes principales que dieron origen a la cultura puertorriqueña y al criollismo: la indígena (taína), la española y la africana.
Desde el punto de vista arqueológico y precolombino, el área que hoy ocupa el Jardín posee una relevancia monumental. Investigaciones e importantes hallazgos arqueológicos han revelado la presencia de material aborigen, petroglifos y restos humanos pertenecientes a la cultura taína que habitaban el Valle del Turabo. Los expertos señalan una alta probabilidad de que esta zona fuera el asentamiento de la antigua aldea indígena del Cacique Caguax antes de la colonización europea, consolidando el espacio como un epicentro de nuestra herencia ancestral.
En lo que respecta al periodo colonial e histórico de los siglos XIX y XX, el Jardín Botánico custodia las ruinas del antiguo Ingenio Azucarero San José, fundado hace más de dos siglos. Estas estructuras coloniales, junto a los restos del Barracón donde residieron seres humanos sometidos a la esclavitud africana, permanecen como testimonios silentes del desarrollo agrícola, la explotación azucarera y las complejas dinámicas sociales que forjaron la historia socioeconómica de Puerto Rico.
A esta riqueza histórica se añade su incuestionable valor botánico, educativo y ecológico. El Jardín funciona como un centro para el estudio de la agricultura tropical tradicional y moderna, la conservación de flora nativa y el fomento de la conciencia ambiental en el país. Elementos temáticos como la Arboleda Ancestral Taína, la Huerta Frutal y el Bosque del Patrimonio integran la naturaleza con la pedagogía histórica y cultural.
Por todo lo anterior, el Jardín Botánico y Cultural de Caguas trasciende el concepto de un parque recreativo municipal; es un patrimonio cultural que requiere la máxima protección jurídica del Estado. Declarar formalmente este espacio como Patrimonio Cultural y Lugar de Valor Histórico de Puerto Rico garantiza la preservación de sus yacimientos arqueológicos, la integridad de sus estructuras coloniales y la continuidad de su gestión ecológica, protegiéndolo de desarrollos desmedidos que puedan poner en riesgo su valor etnohistórico.
Esta Asamblea Legislativa, en cumplimiento con su deber ministerial de proteger los recursos culturales e históricos de nuestro pueblo y como representantes del interés público, entiende meritorio y declara Patrimonio Cultural y Lugar de Valor Histórico el Jardín Botánico y Cultural- William Miranda Marín del Municipio de Caguas.
DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1. – Se declara Patrimonio Cultural y Lugar de Valor Histórico de Puerto Rico el Jardín Botánico y Cultural William Miranda Marín, localizado en el barrio Cañabón del Municipio Autónomo de Caguas, al amparo de la Ley Núm. 374 de 14 de mayo de 1949, según enmendada”.
Artículo 2. – La Junta de Planificación, en coordinación con el Instituto de Cultura Puertorriqueña y la Oficina de Preservación Histórica, y con el endoso del Municipio Autónomo de Caguas, realizará todas las gestiones administrativas, técnicas y registrales necesarias para formalizar la declaración del Jardín Botánico y Cultural William Miranda Marín como Patrimonio Cultural y Lugar de Valor Histórico, asegurando la protección, conservación y preservación del espacio para el disfrute de las presentes y futuras generaciones, sin que esto altere la titularidad, propiedad o administración actual de dichos predios.
Artículo 3. – Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
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