GOBIERNO DE PUERTO RICO
20ma. Asamblea 4ta. Sesión
Legislativa Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. DE LA C. 721
INFORME POSITIVO
27 de agosto de 2026
A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:
La Comisión de Asuntos Internos de la Cámara de Representantes, previo estudio y consideración de la R. de la C. 721, presentada por la representante Medina Calderón, tiene a bien someter su informe recomendando la aprobación de la medida con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que acompaña este informe, cuyo título lee:
“Para ordenar a las comisiones de Transportación e Infraestructura; y de Recursos Naturales de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el estatus, titularidad y condiciones de las embarcaciones denominadas “Amelia” y “Covadonga”, ubicadas en un muelle en el Canal Martín Peña, en las inmediaciones del complejo comercial frente al Coliseo de Puerto Rico, en el sector de Hato Rey, Municipio de San Juan; las gestiones realizadas en torno a su titularidad, custodia y disposición; así como los riesgos ambientales y de seguridad pública, y el impacto en el desarrollo urbano y la calidad de vida de la comunidad asociados a su permanencia prolongada en el lugar; y para otros fines relacionados.”
ALCANCE Y ANÁLISIS DE LA MEDIDA
La Resolución de la Cámara Núm. 721 tiene el propósito de ordenar a las Comisiones de Transportación e Infraestructura; y de Recursos Naturales realizar una investigación exhaustiva sobre el estatus, la titularidad y las condiciones de las embarcaciones denominadas “Amelia” y “Covadonga”, ubicadas en un muelle en el Canal Martín Peña, en las inmediaciones del complejo comercial frente al Coliseo de Puerto Rico, en el sector de Hato Rey, Municipio de San Juan. La medida responde a la conveniencia de propiciar mayor claridad en torno a la titularidad, custodia y disposición de dichas embarcaciones, ante la falta de información precisa sobre su estatus actual y sobre las gestiones realizadas hasta el momento para su remoción, disposición o reutilización.
La investigación comprenderá, además, la evaluación de los riesgos ambientales y de seguridad pública asociados a la permanencia prolongada de las embarcaciones en el lugar, así como su impacto en el desarrollo urbano y la calidad de vida de la comunidad del sector de Hato Rey, uno de los principales centros financieros de Puerto Rico. Las embarcaciones aparentan haber formado parte de la flota de transporte marítimo público de Puerto Rico, presumiblemente adscritas en su momento a la Autoridad de Transporte Marítimo o a alguna otra entidad gubernamental con jurisdicción sobre dicho sistema, sin que exista al presente claridad sobre su titularidad, custodia o disposición.
La Sección 9 del Artículo III de la Constitución de Puerto Rico faculta a cada Cámara Legislativa a adoptar las reglas propias de cuerpos legislativos para sus procedimientos y gobierno interno, lo cual incluye la facultad investigativa como instrumento indispensable para el ejercicio de la función fiscalizadora. Asimismo, la Regla 16 y la Sección 16.3 del Reglamento de la Cámara de Representantes autorizan la realización de estudios e investigaciones sobre asuntos de interés público mediante Resolución de la Cámara, según se dispone en la medida objeto de este informe.
Una vez aprobada la medida, corresponderá a las Comisiones de Transportación e Infraestructura y de Recursos Naturales realizar la investigación conforme al Reglamento de la Cámara de Representantes y dentro del término dispuesto en la Resolución.
CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN
Considerando los elementos analizados, esta Comisión concluye que la medida examinada responde a un interés legislativo legítimo y debidamente fundamentado. En consecuencia, se recomienda la aprobación de la Resolución de la Cámara 721, con las enmiendas que obran en el entirillado electrónico que acompaña este informe.
Respetuosamente sometido,
PEDRO JULIO SANTIAGO GUZMÁN
Presidente
Comisión de Asuntos Internos
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