PC1328-i.docx Descargar original ↓ Ver en SUTRA ↗

GOBIERNO DE PUERTO RICO

20ma. Asamblea 4ta. Sesión

Legislativa Ordinaria

CÁMARA DE REPRESENTANTES

P. de la C. 1328

Informe Positivo

9 de octubre de 2026

A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE PUERTO RICO:

La Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico, tiene el honor de recomendar a este Honorable Cuerpo la aprobación del Proyecto de la Cámara 1328 con las enmiendas incluidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

ALCANCE DE LA MEDIDA

El Proyecto de la Cámara Número 1328, según radicado tiene el propósito de enmendar la Sección 2023.01 de la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico”, a los fines de aumentar la aportación mínima anual requerida a los Individuos Residentes Inversionistas de diez mil dólares ($10,000.00) a veinte mil dólares ($20,000.00); disponer que diez mil dólares ($10,000.00) de dicha aportación se destinen obligatoriamente al Fondo Legislativo para Impacto Comunitario; y para otros fines relacionados.

Según se desprende de la exposición de motivos, la Ley 60‑2019 consolidó varios incentivos económicos, incluyendo los dirigidos a Individuos Residentes Inversionistas, quienes actualmente deben realizar una aportación anual mínima de diez mil dólares a entidades sin fines de lucro. Ante las crecientes necesidades fiscales y sociales del país, y el aumento en beneficiarios de estos decretos, se reconoce la importancia de fortalecer esa contribución social vinculada al incentivo.

El Fondo Legislativo para Impacto Comunitario y la Comisión Especial Conjunta que lo administra constituyen mecanismos ya probados para canalizar recursos hacia proyectos y organizaciones con impacto social. Esta legislación crea un nuevo Fondo Legislativo para Desarrollo Comunitario, separado del fondo existente, con el fin de dirigir específicamente las aportaciones requeridas a los Individuos Residentes Inversionistas hacia entidades y proyectos de bienestar social y desarrollo comunitario.

La medida aumenta la aportación anual mínima a veinte mil dólares, de los cuales al menos diez mil deberán destinarse obligatoriamente al nuevo Fondo Legislativo para Desarrollo Comunitario. Con ello, se busca asegurar una contribución social proporcional al beneficio otorgado, promover una asignación más estratégica y transparente de los recursos, y fortalecer la política pública dirigida al desarrollo comunitario y al bienestar social en Puerto Rico.

ANÁLISIS DE LA MEDIDA

Asociación de Bancos

La Asociación de Bancos de Puerto Rico presentó sus comentarios en torno al P. de la C. 1328, medida que propone enmendar la Sección 2023.01 de la Ley 60-2018, según enmendada, conocida como el Código de Incentivos de Puerto Rico. El proyecto establece un aumento de la aportación mínima anual requerida a los Individuos Residentes Inversionistas de $10,000 a $20,000, destinando $10,000 de dicha aportación al Fondo Legislativo para Impacto Comunitario. La Asociación reconoció que la medida responde a un objetivo de política pública y expresó deferencia a la determinación que corresponda a la Asamblea Legislativa.

En términos generales, el memorial destaca que el proyecto puede contribuir al fortalecimiento de mecanismos de transparencia, documentación y verificación relacionados con las aportaciones requeridas. Asimismo, se señala que la utilización del sistema financiero local puede facilitar la existencia de evidencia documental sobre las transacciones y permitir una mayor trazabilidad respecto al origen y movimiento de los fondos. Esto, a su vez, puede contribuir a los procesos de cumplimiento y fiscalización de los requisitos establecidos por la legislación.

La Asociación también resalta que la medida guarda relación con los objetivos de promover la participación económica de los Individuos Residentes Inversionistas en Puerto Rico. La vinculación de estos beneficiarios con instituciones financieras locales puede fomentar una mayor integración al sistema financiero de la Isla y fortalecer la conexión de los inversionistas con la actividad económica local.

Finalmente, el memorial reconoce que los mecanismos de evidencia bancaria pueden facilitar la administración y comprobación del cumplimiento con las aportaciones anuales requeridas, al proveer documentación verificable sobre los fondos utilizados. En ese sentido, la Asociación identifica como elementos positivos la transparencia, la trazabilidad, la eficiencia en los procesos de verificación y una mayor vinculación de los beneficiarios de los incentivos con el sistema financiero de Puerto Rico.

IMPACTO FISCAL

El P. de la C. 1328 no genera impacto fiscal negativo para el erario público. La medida no crea nuevas asignaciones ni gastos adicionales, sino que aumenta y redistribuye aportaciones privadas ya existentes, destinando una porción específica a fines comunitarios. Este cambio fortalece la política pública de responsabilidad social sin requerir fondos del Fondo General, ni afectar el presupuesto vigente. Por tal razón, su implementación es fiscalmente neutral y administrativamente viable.

CONCLUSIÓN

En conclusión, la Comisión de Hacienda reconoce que el P. de la C. 1328 fortalece la política pública dirigida al desarrollo comunitario al aumentar la aportación anual mínima requerida a los Individuos Residentes Inversionistas y asegurar que una parte sustancial de dicha aportación se dirija a iniciativas de impacto social. La medida promueve mayor transparencia, trazabilidad y eficiencia en la verificación de las aportaciones, a la vez que refuerza la integración de los beneficiarios del decreto contributivo con el sistema financiero local. Asimismo, se confirma que el proyecto no genera impacto fiscal negativo, dado que no crea nuevas asignaciones públicas y se nutre exclusivamente de aportaciones privadas ya existentes.

Por los fundamentos antes expuestos, la Comisión de Hacienda recomienda a este Honorable Cuerpo la aprobación del P. de la C. 1328 con las enmiendas incluidas en el entirillado electrónico que se acompaña.

Respetuosamente sometido,

Eddie Charbonier Chinea

Presidente

Comisión de Hacienda

Documento oficial de SUTRA convertido a texto para facilitar la lectura. El formato puede variar respecto al original; para la versión exacta usa “Descargar original”.